El Ayuntamiento de Toledo cuenta ya con el informe técnico que resuelve las veinte alegaciones presentadas por particulares y entidades a la futura ordenanza para regular el turismo masivo en la ciudad, un asunto que se va debatir mañana lunes en la Comisión de Transparencia del Ayuntamiento de Toledo. El documento mantiene el espíritu inicial de la norma, cuyo objetivo estratégico consiste en compatibilizar la actividad turística con la calidad de vida del vecindario, limitando la saturación en zonas concretas del Casco Histórico. La ordenanza está prevista para entrar en vigor el 1 de enero de 2026.El grueso de las alegaciones ha sido desestimado. Se mantiene así la restricción de grupos superiores a 30 personas en puntos como la calle Hombre de Palo, la plaza del Consistorio o el pasaje de Balaguer, la prohibición del uso de megáfonos, la obligatoriedad de emplear auriculares en grupos numerosos y la creación de rutas alternativas para descongestionar espacios especialmente sensibles.Noticia Relacionada estandar No Los guías turísticos de Toledo: «Lo único que pedimos es trabajar y que no se nos demonice» J. A. PérezLas empresas de free tour plantearon la eliminación de cualquier referencia específica a su modelo, defendiendo que solo debían quedar sujetas a las normas comunes aplicables al conjunto de la actividad turística. En su informe, los técnicos municipales justifican la necesidad de citar de forma expresa esta práctica. Argumentan que el modelo de free tour presenta características propias en la prestación de servicios turísticos, con efectos particulares en el espacio público que requieren medidas específicas orientadas a garantizar la convivencia, el orden y la protección patrimonial . Estas alegaciones fueron rechazadas en su totalidad.Sin embargo, sí se ha aceptado una modificación solicitada por Fedeto CEOE-Cepyme, respaldada por la Asociación de Guías Turísticos y la Cámara de Comercio. Y, finalmente, se ha aprobado la eliminación del término «free tour» de la denominación y el contenido del artículo 9, aunque las medidas regulatorias asociadas permanecen vigentes. La referencia quedará sustituida por una formulación más general que no mencione explícitamente esta modalidad.Altavoces ProhibidosEntre las propuestas rechazadas figura la solicitud de permitir el uso de altavoces dentro de un horario determinado. En sus alegaciones pedían establecer horarios para su uso 10.00 a 14.00 y de 17.00 a 19.00. Los técnicos sostienen que la prohibición absoluta se fundamenta en la protección del patrimonio, la convivencia, la prevención de la contaminación acústica y los derechos al descanso y tranquilidad del vecindario. El informe recuerda que estas medidas respetan los principios constitucionales de proporcionalidad, igualdad, libertad de empresa y seguridad jurídica.Ordenanza Turística ListaEl dictamen se apoya en las competencias municipales recogidas en el artículo 4.2 de la futura ordenanza: protección del patrimonio y del medio ambiente, preservación de la convivencia y del descanso, uso cívico del espacio público, regulación del dominio público en función de su intensidad, correcta movilidad y seguridad ciudadana.La resolución de las alegaciones será debatida este lunes en la Comisión de Transparencia y deberá ser posteriormente elevada de nuevo al Pleno, donde también se resolverán las alegaciones de los grupos políticos a los cambios introducidos.Una vez aprobada definitivamente, la ordenanza establecerá, entre otras medidas destacadas, la prohibición de megáfonos y grandes paraguas identificativos, la restricción del uso de altavoces, la limitación de grupos en áreas de alta saturación y la exigencia de itinerarios alternativos en determinadas circunstancias. El concejal de Turismo, José Manuel Velasco, ha defendido que la finalidad principal consiste en ordenar el flujo de visitantes y mitigar el impacto del turismo en zonas residenciales.El guía tendrá que informar a los grupos sobre cómo circular El Ayuntamiento ha accedido a otras propuestas, entre ellas, una modificación del artículo 8 para adaptar la prohibición de venta y promoción de servicios turísticos a lo establecido en la normativa sectorial correspondiente. Se ha accedido también a la petición de Fedeto relativa al calendario de aplicación: la ordenanza regirá desde el 1 de enero de 2026, aunque los artículos 7 y 8 se aplicarán al día siguiente de su aprobación definitiva. También a la incorporación de un representante de la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería al Consejo Local de Turismo. Y se admiten de forma parcial una solicitud de Iniciativa Ciudadana del Casco Histórico para que figuren dos representantes de la Federación de Asociaciones Vecinales en el citado órgano. Y también dos alegaciones de Sumar, referidas a cuestiones de numeración y a incorporar entre las obligaciones del personal guía la de informar a los grupos sobre las directrices de desplazamiento. El Ayuntamiento de Toledo cuenta ya con el informe técnico que resuelve las veinte alegaciones presentadas por particulares y entidades a la futura ordenanza para regular el turismo masivo en la ciudad, un asunto que se va debatir mañana lunes en la Comisión de Transparencia del Ayuntamiento de Toledo. El documento mantiene el espíritu inicial de la norma, cuyo objetivo estratégico consiste en compatibilizar la actividad turística con la calidad de vida del vecindario, limitando la saturación en zonas concretas del Casco Histórico. La ordenanza está prevista para entrar en vigor el 1 de enero de 2026.El grueso de las alegaciones ha sido desestimado. Se mantiene así la restricción de grupos superiores a 30 personas en puntos como la calle Hombre de Palo, la plaza del Consistorio o el pasaje de Balaguer, la prohibición del uso de megáfonos, la obligatoriedad de emplear auriculares en grupos numerosos y la creación de rutas alternativas para descongestionar espacios especialmente sensibles.Noticia Relacionada estandar No Los guías turísticos de Toledo: «Lo único que pedimos es trabajar y que no se nos demonice» J. A. PérezLas empresas de free tour plantearon la eliminación de cualquier referencia específica a su modelo, defendiendo que solo debían quedar sujetas a las normas comunes aplicables al conjunto de la actividad turística. En su informe, los técnicos municipales justifican la necesidad de citar de forma expresa esta práctica. Argumentan que el modelo de free tour presenta características propias en la prestación de servicios turísticos, con efectos particulares en el espacio público que requieren medidas específicas orientadas a garantizar la convivencia, el orden y la protección patrimonial . Estas alegaciones fueron rechazadas en su totalidad.Sin embargo, sí se ha aceptado una modificación solicitada por Fedeto CEOE-Cepyme, respaldada por la Asociación de Guías Turísticos y la Cámara de Comercio. Y, finalmente, se ha aprobado la eliminación del término «free tour» de la denominación y el contenido del artículo 9, aunque las medidas regulatorias asociadas permanecen vigentes. La referencia quedará sustituida por una formulación más general que no mencione explícitamente esta modalidad.Altavoces ProhibidosEntre las propuestas rechazadas figura la solicitud de permitir el uso de altavoces dentro de un horario determinado. En sus alegaciones pedían establecer horarios para su uso 10.00 a 14.00 y de 17.00 a 19.00. Los técnicos sostienen que la prohibición absoluta se fundamenta en la protección del patrimonio, la convivencia, la prevención de la contaminación acústica y los derechos al descanso y tranquilidad del vecindario. El informe recuerda que estas medidas respetan los principios constitucionales de proporcionalidad, igualdad, libertad de empresa y seguridad jurídica.Ordenanza Turística ListaEl dictamen se apoya en las competencias municipales recogidas en el artículo 4.2 de la futura ordenanza: protección del patrimonio y del medio ambiente, preservación de la convivencia y del descanso, uso cívico del espacio público, regulación del dominio público en función de su intensidad, correcta movilidad y seguridad ciudadana.La resolución de las alegaciones será debatida este lunes en la Comisión de Transparencia y deberá ser posteriormente elevada de nuevo al Pleno, donde también se resolverán las alegaciones de los grupos políticos a los cambios introducidos.Una vez aprobada definitivamente, la ordenanza establecerá, entre otras medidas destacadas, la prohibición de megáfonos y grandes paraguas identificativos, la restricción del uso de altavoces, la limitación de grupos en áreas de alta saturación y la exigencia de itinerarios alternativos en determinadas circunstancias. El concejal de Turismo, José Manuel Velasco, ha defendido que la finalidad principal consiste en ordenar el flujo de visitantes y mitigar el impacto del turismo en zonas residenciales.El guía tendrá que informar a los grupos sobre cómo circular El Ayuntamiento ha accedido a otras propuestas, entre ellas, una modificación del artículo 8 para adaptar la prohibición de venta y promoción de servicios turísticos a lo establecido en la normativa sectorial correspondiente. Se ha accedido también a la petición de Fedeto relativa al calendario de aplicación: la ordenanza regirá desde el 1 de enero de 2026, aunque los artículos 7 y 8 se aplicarán al día siguiente de su aprobación definitiva. También a la incorporación de un representante de la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería al Consejo Local de Turismo. Y se admiten de forma parcial una solicitud de Iniciativa Ciudadana del Casco Histórico para que figuren dos representantes de la Federación de Asociaciones Vecinales en el citado órgano. Y también dos alegaciones de Sumar, referidas a cuestiones de numeración y a incorporar entre las obligaciones del personal guía la de informar a los grupos sobre las directrices de desplazamiento.
El Ayuntamiento de Toledo cuenta ya con el informe técnico que resuelve las veinte alegaciones presentadas por particulares y entidades a la futura ordenanza para regular el turismo masivo en la ciudad, un asunto que se va debatir mañana lunes en la Comisión de Transparencia … del Ayuntamiento de Toledo. El documento mantiene el espíritu inicial de la norma, cuyo objetivo estratégico consiste en compatibilizar la actividad turística con la calidad de vida del vecindario, limitando la saturación en zonas concretas del Casco Histórico. La ordenanza está prevista para entrar en vigor el 1 de enero de 2026.
El grueso de las alegaciones ha sido desestimado. Se mantiene así la restricción de grupos superiores a 30 personas en puntos como la calle Hombre de Palo, la plaza del Consistorio o el pasaje de Balaguer, la prohibición del uso de megáfonos, la obligatoriedad de emplear auriculares en grupos numerosos y la creación de rutas alternativas para descongestionar espacios especialmente sensibles.
Las empresas de free tour plantearon la eliminación de cualquier referencia específica a su modelo, defendiendo que solo debían quedar sujetas a las normas comunes aplicables al conjunto de la actividad turística. En su informe, los técnicos municipales justifican la necesidad de citar de forma expresa esta práctica. Argumentan que el modelo de free tour presenta características propias en la prestación de servicios turísticos, con efectos particulares en el espacio público que requieren medidas específicas orientadas a garantizar la convivencia, el orden y la protección patrimonial. Estas alegaciones fueron rechazadas en su totalidad.
Sin embargo, sí se ha aceptado una modificación solicitada por Fedeto CEOE-Cepyme, respaldada por la Asociación de Guías Turísticos y la Cámara de Comercio. Y, finalmente, se ha aprobado la eliminación del término «free tour» de la denominación y el contenido del artículo 9, aunque las medidas regulatorias asociadas permanecen vigentes. La referencia quedará sustituida por una formulación más general que no mencione explícitamente esta modalidad.
Altavoces Prohibidos
Entre las propuestas rechazadas figura la solicitud de permitir el uso de altavoces dentro de un horario determinado. En sus alegaciones pedían establecer horarios para su uso 10.00 a 14.00 y de 17.00 a 19.00. Los técnicos sostienen que la prohibición absoluta se fundamenta en la protección del patrimonio, la convivencia, la prevención de la contaminación acústica y los derechos al descanso y tranquilidad del vecindario. El informe recuerda que estas medidas respetan los principios constitucionales de proporcionalidad, igualdad, libertad de empresa y seguridad jurídica.
Ordenanza Turística Lista
El dictamen se apoya en las competencias municipales recogidas en el artículo 4.2 de la futura ordenanza: protección del patrimonio y del medio ambiente, preservación de la convivencia y del descanso, uso cívico del espacio público, regulación del dominio público en función de su intensidad, correcta movilidad y seguridad ciudadana.
La resolución de las alegaciones será debatida este lunes en la Comisión de Transparencia y deberá ser posteriormente elevada de nuevo al Pleno, donde también se resolverán las alegaciones de los grupos políticos a los cambios introducidos.
Una vez aprobada definitivamente, la ordenanza establecerá, entre otras medidas destacadas, la prohibición de megáfonos y grandes paraguas identificativos, la restricción del uso de altavoces, la limitación de grupos en áreas de alta saturación y la exigencia de itinerarios alternativos en determinadas circunstancias. El concejal de Turismo, José Manuel Velasco, ha defendido que la finalidad principal consiste en ordenar el flujo de visitantes y mitigar el impacto del turismo en zonas residenciales.
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