Este domingo 17 de mayo se celebran las elecciones al Parlamento de Andalucía, una cita clave en la que más de seis millones y medio de ciudadanos están llamados a las urnas para elegir a sus representantes autonómicos . Como ocurre en cualquier proceso electoral, las mesas electorales desempeñan un papel esencial para garantizar que la votación se desarrolla con normalidad, transparencia y conforme a la legalidad. Asimismo, como en todos los comicios, cada mesa está formada por un presidente y dos vocales, además de sus correspondientes suplentes , todos ellos designados previamente para velar por el correcto funcionamiento de la jornada.Al hilo de lo anterior, la constitución de las mesas electorales es uno de los primeros pasos imprescindibles del día de las elecciones. Tal y como expone la Junta Electoral Central , a las 08.00 horas de este domingo , una hora antes de la apertura de los colegios electorales, deben estar presentes el presidente, los vocales y sus suplentes para comprobar todo el material necesario (urnas, cabinas, sobres, papeletas y demás documentación), revisar las condiciones del local y recibir las credenciales de los interventores de los partidos. Solo entonces puede constituirse oficialmente la mesa electoral y arrancar la votación. Ahora bien, ¿qué ocurre si una mesa no puede constituirse?¿Por qué no se constituiría una mesa electoral y qué pasaría?Aunque pueda parecer que la ausencia de alguno de los miembros designados impediría abrir una mesa electoral este domingo, lo cierto es que la normativa prevé distintos mecanismos para evitarlo .Si el presidente no comparece a primera hora: su puesto puede ser ocupado por los suplentes previstos y, en última instancia, por alguno de los vocales presentes siguiendo el orden establecido. Si faltan uno o ambos vocales (o estos deben asumir la presidencia): los suplentes correspondientes pasarán a ocupar esos puestos para garantizar que la mesa pueda constituirse y la votación arranque con normalidad.El problema surge cuando, pese a todas esas sustituciones, no es posible reunir el mínimo necesario para formar la mesa electoral. En ese caso, las personas presentes tienen la obligación de comunicar inmediatamente la incidencia a la Junta Electoral de Zona , ya sea por teléfono o por otros medios, y posteriormente remitir una explicación por escrito de lo sucedido. Si nadie lo hace, será la autoridad competente quien deba informar de la situación. A partir de ahí, la Junta puede designar a otras personas para completar la mesa, incluso entre los propios electores que ya se encuentren en el colegio electoral esperando para votar, por lo que los primeros que lleguen para participar en estos comicios autonómicos el domingo podrían acabar formando parte de ella. Además, los Secretarios de los Ayuntamientos actúan como delegados de la Junta Electoral de Zona y pueden intervenir para colaborar en la resolución de este tipo de incidencias.Si aun así la mesa no logra constituirse antes de las 10.00 horas , deberá volver a comunicarse la situación a la Junta Electoral de Zona. En ese supuesto, se convocará una nueva votación en los dos días siguientes , se anunciará públicamente en el propio colegio electoral y se procederá al nombramiento de nuevos integrantes para formar la mesa. Este domingo 17 de mayo se celebran las elecciones al Parlamento de Andalucía, una cita clave en la que más de seis millones y medio de ciudadanos están llamados a las urnas para elegir a sus representantes autonómicos . Como ocurre en cualquier proceso electoral, las mesas electorales desempeñan un papel esencial para garantizar que la votación se desarrolla con normalidad, transparencia y conforme a la legalidad. Asimismo, como en todos los comicios, cada mesa está formada por un presidente y dos vocales, además de sus correspondientes suplentes , todos ellos designados previamente para velar por el correcto funcionamiento de la jornada.Al hilo de lo anterior, la constitución de las mesas electorales es uno de los primeros pasos imprescindibles del día de las elecciones. Tal y como expone la Junta Electoral Central , a las 08.00 horas de este domingo , una hora antes de la apertura de los colegios electorales, deben estar presentes el presidente, los vocales y sus suplentes para comprobar todo el material necesario (urnas, cabinas, sobres, papeletas y demás documentación), revisar las condiciones del local y recibir las credenciales de los interventores de los partidos. Solo entonces puede constituirse oficialmente la mesa electoral y arrancar la votación. Ahora bien, ¿qué ocurre si una mesa no puede constituirse?¿Por qué no se constituiría una mesa electoral y qué pasaría?Aunque pueda parecer que la ausencia de alguno de los miembros designados impediría abrir una mesa electoral este domingo, lo cierto es que la normativa prevé distintos mecanismos para evitarlo .Si el presidente no comparece a primera hora: su puesto puede ser ocupado por los suplentes previstos y, en última instancia, por alguno de los vocales presentes siguiendo el orden establecido. Si faltan uno o ambos vocales (o estos deben asumir la presidencia): los suplentes correspondientes pasarán a ocupar esos puestos para garantizar que la mesa pueda constituirse y la votación arranque con normalidad.El problema surge cuando, pese a todas esas sustituciones, no es posible reunir el mínimo necesario para formar la mesa electoral. En ese caso, las personas presentes tienen la obligación de comunicar inmediatamente la incidencia a la Junta Electoral de Zona , ya sea por teléfono o por otros medios, y posteriormente remitir una explicación por escrito de lo sucedido. Si nadie lo hace, será la autoridad competente quien deba informar de la situación. A partir de ahí, la Junta puede designar a otras personas para completar la mesa, incluso entre los propios electores que ya se encuentren en el colegio electoral esperando para votar, por lo que los primeros que lleguen para participar en estos comicios autonómicos el domingo podrían acabar formando parte de ella. Además, los Secretarios de los Ayuntamientos actúan como delegados de la Junta Electoral de Zona y pueden intervenir para colaborar en la resolución de este tipo de incidencias.Si aun así la mesa no logra constituirse antes de las 10.00 horas , deberá volver a comunicarse la situación a la Junta Electoral de Zona. En ese supuesto, se convocará una nueva votación en los dos días siguientes , se anunciará públicamente en el propio colegio electoral y se procederá al nombramiento de nuevos integrantes para formar la mesa.
Este domingo 17 de mayo se celebran las elecciones al Parlamento de Andalucía, una cita clave en la que más de seis millones y medio de ciudadanos están llamados a las urnas para elegir a sus representantes autonómicos. Como ocurre en cualquier proceso electoral, … las mesas electorales desempeñan un papel esencial para garantizar que la votación se desarrolla con normalidad, transparencia y conforme a la legalidad. Asimismo, como en todos los comicios, cada mesa está formada por un presidente y dos vocales, además de sus correspondientes suplentes, todos ellos designados previamente para velar por el correcto funcionamiento de la jornada.
Al hilo de lo anterior, la constitución de las mesas electorales es uno de los primeros pasos imprescindibles del día de las elecciones. Tal y como expone la Junta Electoral Central, a las 08.00 horas de este domingo, una hora antes de la apertura de los colegios electorales, deben estar presentes el presidente, los vocales y sus suplentes para comprobar todo el material necesario (urnas, cabinas, sobres, papeletas y demás documentación), revisar las condiciones del local y recibir las credenciales de los interventores de los partidos. Solo entonces puede constituirse oficialmente la mesa electoral y arrancar la votación. Ahora bien, ¿qué ocurre si una mesa no puede constituirse?
¿Por qué no se constituiría una mesa electoral y qué pasaría?
Aunque pueda parecer que la ausencia de alguno de los miembros designados impediría abrir una mesa electoral este domingo, lo cierto es que la normativa prevé distintos mecanismos para evitarlo.
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Si el presidente no comparece a primera hora: su puesto puede ser ocupado por los suplentes previstos y, en última instancia, por alguno de los vocales presentes siguiendo el orden establecido.
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Si faltan uno o ambos vocales (o estos deben asumir la presidencia): los suplentes correspondientes pasarán a ocupar esos puestos para garantizar que la mesa pueda constituirse y la votación arranque con normalidad.
El problema surge cuando, pese a todas esas sustituciones, no es posible reunir el mínimo necesario para formar la mesa electoral. En ese caso, las personas presentes tienen la obligación de comunicar inmediatamente la incidencia a la Junta Electoral de Zona, ya sea por teléfono o por otros medios, y posteriormente remitir una explicación por escrito de lo sucedido. Si nadie lo hace, será la autoridad competente quien deba informar de la situación. A partir de ahí, la Junta puede designar a otras personas para completar la mesa, incluso entre los propios electores que ya se encuentren en el colegio electoral esperando para votar, por lo que los primeros que lleguen para participar en estos comicios autonómicos el domingo podrían acabar formando parte de ella. Además, los Secretarios de los Ayuntamientos actúan como delegados de la Junta Electoral de Zona y pueden intervenir para colaborar en la resolución de este tipo de incidencias.
Si aun así la mesa no logra constituirse antes de las 10.00 horas, deberá volver a comunicarse la situación a la Junta Electoral de Zona. En ese supuesto, se convocará una nueva votación en los dos días siguientes, se anunciará públicamente en el propio colegio electoral y se procederá al nombramiento de nuevos integrantes para formar la mesa.
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