La entidad Irídia ha llevado el caso de presuntas torturas franquistas a los hermanos Ferrándiz ante el Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Se trata de la primera demanda interpuesta ante este organismo después de la aprobación de la Ley de Memoria Democrática de 2022, que establece la obligación de investigar los crímenes contra la humanidad cometidos durante la dictadura franquista y reconoce expresamente que «no prescriben ni pueden ser amnistiados». Una decisión de la entidad después de un juzgado de Barcelona, y después la Audiencia Provincial, desestimasen la querella interpuesta por Maribel Ferrándiz y José Pablo Ferrándiz por delitos de torturas y lesa humanidad en la comisaría de Vía Layetana durante el franquismo. La Sección Segunda confirmó así lo que ya manifestó el instructor, que los supuestos delitos estarían amparados por la ley de amnistía de 1977, o, en todo caso, al haberse perpetrado hace más de medio siglo, habrían prescrito.Aunque los de lesa humanidad no prescriben, los magistrados aludieron a la amnistía del 77 que, «junto a la Constitución», fueron «importantísimos hitos» para lograr la Transición. Respecto al olvido penal, subrayaron que «constituyó un pilar esencial, insustituible y necesario para superar el franquismo» y que «también supuso un importante indicador a los diversos actores sociales, para que aceptaran determinados pasos que habrían de darse en la instauración del nuevo régimen, de forma pacífica, evitando una revolución violenta y una vuelta al enfrentamiento».Entonces desde Irídia recurrieron ante el Tribunal Constitucional que inadmitió la petición de amparo, por eso ahora formalizan su petición ante la ONU, al entender que el instructor rechazó la citada querella «sin practicar ninguna diligencia de investigación», basándose en la prescripción del delito, el principio de legalidad y a la amnistía de 1977.En su querella, los hermanos Ferrándiz relataron que fueron detenidos cuando tenían 17 años, y trasladados a la Jefatura de Vía Layetana que, durante el franquismo, fue la sede de la Brigada Político-Social. Allí, durante más de un mes, estuvieron totalmente incomunicados y fueron sometidos a «torturas físicas y psicológicas», únicamente por razón de su militancia. La entidad Irídia ha llevado el caso de presuntas torturas franquistas a los hermanos Ferrándiz ante el Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Se trata de la primera demanda interpuesta ante este organismo después de la aprobación de la Ley de Memoria Democrática de 2022, que establece la obligación de investigar los crímenes contra la humanidad cometidos durante la dictadura franquista y reconoce expresamente que «no prescriben ni pueden ser amnistiados». Una decisión de la entidad después de un juzgado de Barcelona, y después la Audiencia Provincial, desestimasen la querella interpuesta por Maribel Ferrándiz y José Pablo Ferrándiz por delitos de torturas y lesa humanidad en la comisaría de Vía Layetana durante el franquismo. La Sección Segunda confirmó así lo que ya manifestó el instructor, que los supuestos delitos estarían amparados por la ley de amnistía de 1977, o, en todo caso, al haberse perpetrado hace más de medio siglo, habrían prescrito.Aunque los de lesa humanidad no prescriben, los magistrados aludieron a la amnistía del 77 que, «junto a la Constitución», fueron «importantísimos hitos» para lograr la Transición. Respecto al olvido penal, subrayaron que «constituyó un pilar esencial, insustituible y necesario para superar el franquismo» y que «también supuso un importante indicador a los diversos actores sociales, para que aceptaran determinados pasos que habrían de darse en la instauración del nuevo régimen, de forma pacífica, evitando una revolución violenta y una vuelta al enfrentamiento».Entonces desde Irídia recurrieron ante el Tribunal Constitucional que inadmitió la petición de amparo, por eso ahora formalizan su petición ante la ONU, al entender que el instructor rechazó la citada querella «sin practicar ninguna diligencia de investigación», basándose en la prescripción del delito, el principio de legalidad y a la amnistía de 1977.En su querella, los hermanos Ferrándiz relataron que fueron detenidos cuando tenían 17 años, y trasladados a la Jefatura de Vía Layetana que, durante el franquismo, fue la sede de la Brigada Político-Social. Allí, durante más de un mes, estuvieron totalmente incomunicados y fueron sometidos a «torturas físicas y psicológicas», únicamente por razón de su militancia.
La entidad Irídia ha llevado el caso de presuntas torturas franquistas a los hermanos Ferrándiz ante el Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Se trata de la primera demanda interpuesta ante este organismo después de la aprobación de la … Ley de Memoria Democrática de 2022, que establece la obligación de investigar los crímenes contra la humanidad cometidos durante la dictadura franquista y reconoce expresamente que «no prescriben ni pueden ser amnistiados».
Una decisión de la entidad después de un juzgado de Barcelona, y después la Audiencia Provincial, desestimasen la querella interpuesta por Maribel Ferrándiz y José Pablo Ferrándiz por delitos de torturas y lesa humanidad en la comisaría de Vía Layetana durante el franquismo. La Sección Segunda confirmó así lo que ya manifestó el instructor, que los supuestos delitos estarían amparados por la ley de amnistía de 1977, o, en todo caso, al haberse perpetrado hace más de medio siglo, habrían prescrito.
Aunque los de lesa humanidad no prescriben, los magistrados aludieron a la amnistía del 77 que, «junto a la Constitución», fueron «importantísimos hitos» para lograr la Transición. Respecto al olvido penal, subrayaron que «constituyó un pilar esencial, insustituible y necesario para superar el franquismo» y que «también supuso un importante indicador a los diversos actores sociales, para que aceptaran determinados pasos que habrían de darse en la instauración del nuevo régimen, de forma pacífica, evitando una revolución violenta y una vuelta al enfrentamiento».
Entonces desde Irídia recurrieron ante el Tribunal Constitucional que inadmitió la petición de amparo, por eso ahora formalizan su petición ante la ONU, al entender que el instructor rechazó la citada querella «sin practicar ninguna diligencia de investigación», basándose en la prescripción del delito, el principio de legalidad y a la amnistía de 1977.
En su querella, los hermanos Ferrándiz relataron que fueron detenidos cuando tenían 17 años, y trasladados a la Jefatura de Vía Layetana que, durante el franquismo, fue la sede de la Brigada Político-Social. Allí, durante más de un mes, estuvieron totalmente incomunicados y fueron sometidos a «torturas físicas y psicológicas», únicamente por razón de su militancia.
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