Una trabajadora diganosticada de cáncer de mama fue despedida tres meses y medio después de comenzar su baja. Los hechos ocurrieron en el año 2019 cuando se le diagnosticó la enfermedad y fue operada al día siguiente de comenzar su incapacidad temporal. La mujer trabajaba en una lavandería ubicada en un supermercado de la localidad de Barañáin, en Navarra.Para justificar tal decisión, la empresa aludió motivos económicos. El caso pasó a manos de la justicia y se solicitó la nulidad del despido .El sindicato LAB y sus abogados que llevaron el caso defendieron desde el primer momento que no había motivos económicos detrás del despido sino que detrás de la decisión había un ánimo discriminatorio . Como se explica en una nota de prensa del sindicato publicada entonces, la misma empresa reconoció en el juicio que detrás del despido no había razones económicas. Sin embargo, el juez de primera instancia desestimó los argumentos de los abogados del sindicato LAB.El TSJN falló a favor de la trabajadora en 2022Desde la organización recurrieron la sentencia del juez y llevaron el caso al Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) . Fue este tribunal el que, en 2022 , estableció que detrás del despido de esta empleada había una discriminación por su enfermedad.Por ello, el juez del TSJN consideró que había «indicios suficientes» para considerar que hbaía razones discrimitorias y obligó a la empresa a readmitir a la trabajadora y a abonar los 27 salarios correspondientes desde su despido , una cantidad que ascendió hasta unos 30.000 euros . Asimismo, en esa nota el sindicato informó que tras un año y medio de baja, la mujer que entonces tenía 51 años superó el cáncer.Noticias relacionadas estandar No Despedida una empleada del hogar sin papeles en Vizcaya por faltar al trabajo tras someterse a una operación Marina Ortiz estandar No Indemnizan con 30.000 euros a una médica que se contagió de covid al comienzo del estado de alarma David MarotoComo señala el medio ‘NoticiasTrabajo’ en el momento de la sentencia, la ley 15/2022 de igualdad en el trato todavía no había entrado en vigor por lo que el tribunal se apoyó en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo. Una trabajadora diganosticada de cáncer de mama fue despedida tres meses y medio después de comenzar su baja. Los hechos ocurrieron en el año 2019 cuando se le diagnosticó la enfermedad y fue operada al día siguiente de comenzar su incapacidad temporal. La mujer trabajaba en una lavandería ubicada en un supermercado de la localidad de Barañáin, en Navarra.Para justificar tal decisión, la empresa aludió motivos económicos. El caso pasó a manos de la justicia y se solicitó la nulidad del despido .El sindicato LAB y sus abogados que llevaron el caso defendieron desde el primer momento que no había motivos económicos detrás del despido sino que detrás de la decisión había un ánimo discriminatorio . Como se explica en una nota de prensa del sindicato publicada entonces, la misma empresa reconoció en el juicio que detrás del despido no había razones económicas. Sin embargo, el juez de primera instancia desestimó los argumentos de los abogados del sindicato LAB.El TSJN falló a favor de la trabajadora en 2022Desde la organización recurrieron la sentencia del juez y llevaron el caso al Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) . Fue este tribunal el que, en 2022 , estableció que detrás del despido de esta empleada había una discriminación por su enfermedad.Por ello, el juez del TSJN consideró que había «indicios suficientes» para considerar que hbaía razones discrimitorias y obligó a la empresa a readmitir a la trabajadora y a abonar los 27 salarios correspondientes desde su despido , una cantidad que ascendió hasta unos 30.000 euros . Asimismo, en esa nota el sindicato informó que tras un año y medio de baja, la mujer que entonces tenía 51 años superó el cáncer.Noticias relacionadas estandar No Despedida una empleada del hogar sin papeles en Vizcaya por faltar al trabajo tras someterse a una operación Marina Ortiz estandar No Indemnizan con 30.000 euros a una médica que se contagió de covid al comienzo del estado de alarma David MarotoComo señala el medio ‘NoticiasTrabajo’ en el momento de la sentencia, la ley 15/2022 de igualdad en el trato todavía no había entrado en vigor por lo que el tribunal se apoyó en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.
En su sentencia de 2022, el TSJN vio razones discriminatorias en esta decisión apoyándose en la jurisprudencia
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