Después de largos años de disputa legal, el Tribunal Constitucional alemán ha reforzado en última instancia el derecho de las iglesias cristianas a contratar personal de su misma confesión. La sentencia hecha pública a primera hora de este jueves desestima que se trate de un caso de discriminación por motivos de religión y establece que los empleadores de las iglesias tienen un margen de maniobra considerable en la toma de este tipo de decisiones de carácter laboral, debido a su «derecho religioso a la autodeterminación» garantizado por la Ley Fundamental alemana .En el origen de este caso judicial está el caso de una pedagoga social de Berlín que había solicitado en 2012 un puesto de profesor anunciado por la Diakonie , la organización evangélica paralela a Caritas. El trabajo temporal consistía en participar en la elaboración de un informe de organizaciones no gubernamentales sobre la aplicación en Alemania de la Convención de Naciones Unidas contra el racismo. Noticia Relacionada estandar No Trump vuelve a señalar a España por el gasto en defensa: «No juega en equipo» David Alandete La Casa Blanca estudia represalias selectivas contra sectores españoles con fuerte exposición en el mercado estadounidense, replicando el modelo aplicado a Brasil por el juicio a Jair BolsonaroEn la licitación, la asociación exigía la membresía a la iglesia protestante, pero la aspirante se declaró en su solicitud «no confesional». De los 38 solicitantes, cuatro fueron invitados a una entrevista de selección y terminó seleccionado un candidato de origen germano-ghanés que se describió a sí mismo como «cristiano protestante». La demandante, Vera Egenberger , que tenía ya experiencia directa en el área del puesto, al contrario que el candidato seleccionado, consideró que su rechazo constituía una discriminación por motivos religiosos y demandó una indemnización. El caso, que terminó implicando también a la Iglesia Católica, ha estado ocupando tribunales laborales y tribunales superiores durante más de una década. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, mientras tanto, dictaminó en 2018 que las iglesias no pueden invocar su derecho a la autodeterminación en todos los ámbitos al cubrir vacantes, y se refirió a la Directiva contra la discriminación de la Unión Europea. El Tribunal Federal de Trabajo de Erfurt concedió entonces una indemnización a la demandante, tras lo cual Diakonie presentó un recurso de inconstitucionalidad en Karlsruhe, en 2019, que se ha resuelto finalmente ahora.Autodeterminación religiosaEl Segundo Senado del Tribunal Constitucional ha aceptado finalmente el recurso contra la sentencia dictada por Tribunal Federal de Trabajo, que obligaba a la indemnización, porque «viola el derecho del demandante a la autodeterminación religiosa en virtud de los artículos 4.1 y 4.2 en relación con el artículo 140 de la Ley Fundamental (GG) y el artículo 137.3 frase 1 de la Constitución de Weimar» y afirma que «no tiene en cuenta el derecho del demandante a la autodeterminación religiosa en la medida en que lo exige el derecho constitucional». Añade que «la primacía del Derecho de la Unión Europea no deja de aplicarse en el presente asunto, ya que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea no constituye un acto ultra vires».La sentencia es de gran alcance para el mercado laboral alemán, en el que las dos grandes iglesias cristianas emplean a un total de 1,3 millones de trabajadores y constituyen juntas el segundo mayor empleador de Alemania, después del Estado. Según sus propios datos, la Iglesia Protestante tiene alrededor de 240.000 empleados , además de las 687.000 personas que trabajan en Diakonie. La Iglesia Católica, por su parte, emplea a alrededor de 180.000 trabajadores en Alemania, además de los 740.000 empleados de Cáritas. «Guía de cooperación de la iglesia»«Lo que queda ahora claro es que la Ley Fundamental garantiza que la Iglesia pueda moldear su autoimagen cristiana, porque las personas que buscan nuestro apoyo confían en nosotros para trabajar desde nuestras convicciones cristianas, de manera que donde en la puerta dice Iglesia o Diakonie, también debe haber Iglesia o Diakonie dentro, en la forma de trabajar y en los principios que rigen el trabajo», ha explicado tras publicarse la sentencia una portavoz de Diakonie, que recuerda además que el requisito general de membresía de la iglesia protestante se eliminó de la llamada «Guía de Cooperación de la iglesia» a principios de 2024. Desde entonces, solo ha sido un requisito previo si es «necesario e importante» para el puesto que se está cubriendo. «El tribunal reconoce que, aunque Cáritas realiza tareas sociales, su identidad está profundamente ligada a su carácter confesional católico y que eso se traslada a los criterios de contratación. Y la decisión también subraya que la neutralidad del Estado no implica que deba interferir en la definición interna de valores de las comunidades religiosas», ha declarado por su parte la presidenta de Caritas, Eva Maria Welskop-Deffaa . Después de largos años de disputa legal, el Tribunal Constitucional alemán ha reforzado en última instancia el derecho de las iglesias cristianas a contratar personal de su misma confesión. La sentencia hecha pública a primera hora de este jueves desestima que se trate de un caso de discriminación por motivos de religión y establece que los empleadores de las iglesias tienen un margen de maniobra considerable en la toma de este tipo de decisiones de carácter laboral, debido a su «derecho religioso a la autodeterminación» garantizado por la Ley Fundamental alemana .En el origen de este caso judicial está el caso de una pedagoga social de Berlín que había solicitado en 2012 un puesto de profesor anunciado por la Diakonie , la organización evangélica paralela a Caritas. El trabajo temporal consistía en participar en la elaboración de un informe de organizaciones no gubernamentales sobre la aplicación en Alemania de la Convención de Naciones Unidas contra el racismo. Noticia Relacionada estandar No Trump vuelve a señalar a España por el gasto en defensa: «No juega en equipo» David Alandete La Casa Blanca estudia represalias selectivas contra sectores españoles con fuerte exposición en el mercado estadounidense, replicando el modelo aplicado a Brasil por el juicio a Jair BolsonaroEn la licitación, la asociación exigía la membresía a la iglesia protestante, pero la aspirante se declaró en su solicitud «no confesional». De los 38 solicitantes, cuatro fueron invitados a una entrevista de selección y terminó seleccionado un candidato de origen germano-ghanés que se describió a sí mismo como «cristiano protestante». La demandante, Vera Egenberger , que tenía ya experiencia directa en el área del puesto, al contrario que el candidato seleccionado, consideró que su rechazo constituía una discriminación por motivos religiosos y demandó una indemnización. El caso, que terminó implicando también a la Iglesia Católica, ha estado ocupando tribunales laborales y tribunales superiores durante más de una década. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, mientras tanto, dictaminó en 2018 que las iglesias no pueden invocar su derecho a la autodeterminación en todos los ámbitos al cubrir vacantes, y se refirió a la Directiva contra la discriminación de la Unión Europea. El Tribunal Federal de Trabajo de Erfurt concedió entonces una indemnización a la demandante, tras lo cual Diakonie presentó un recurso de inconstitucionalidad en Karlsruhe, en 2019, que se ha resuelto finalmente ahora.Autodeterminación religiosaEl Segundo Senado del Tribunal Constitucional ha aceptado finalmente el recurso contra la sentencia dictada por Tribunal Federal de Trabajo, que obligaba a la indemnización, porque «viola el derecho del demandante a la autodeterminación religiosa en virtud de los artículos 4.1 y 4.2 en relación con el artículo 140 de la Ley Fundamental (GG) y el artículo 137.3 frase 1 de la Constitución de Weimar» y afirma que «no tiene en cuenta el derecho del demandante a la autodeterminación religiosa en la medida en que lo exige el derecho constitucional». Añade que «la primacía del Derecho de la Unión Europea no deja de aplicarse en el presente asunto, ya que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea no constituye un acto ultra vires».La sentencia es de gran alcance para el mercado laboral alemán, en el que las dos grandes iglesias cristianas emplean a un total de 1,3 millones de trabajadores y constituyen juntas el segundo mayor empleador de Alemania, después del Estado. Según sus propios datos, la Iglesia Protestante tiene alrededor de 240.000 empleados , además de las 687.000 personas que trabajan en Diakonie. La Iglesia Católica, por su parte, emplea a alrededor de 180.000 trabajadores en Alemania, además de los 740.000 empleados de Cáritas. «Guía de cooperación de la iglesia»«Lo que queda ahora claro es que la Ley Fundamental garantiza que la Iglesia pueda moldear su autoimagen cristiana, porque las personas que buscan nuestro apoyo confían en nosotros para trabajar desde nuestras convicciones cristianas, de manera que donde en la puerta dice Iglesia o Diakonie, también debe haber Iglesia o Diakonie dentro, en la forma de trabajar y en los principios que rigen el trabajo», ha explicado tras publicarse la sentencia una portavoz de Diakonie, que recuerda además que el requisito general de membresía de la iglesia protestante se eliminó de la llamada «Guía de Cooperación de la iglesia» a principios de 2024. Desde entonces, solo ha sido un requisito previo si es «necesario e importante» para el puesto que se está cubriendo. «El tribunal reconoce que, aunque Cáritas realiza tareas sociales, su identidad está profundamente ligada a su carácter confesional católico y que eso se traslada a los criterios de contratación. Y la decisión también subraya que la neutralidad del Estado no implica que deba interferir en la definición interna de valores de las comunidades religiosas», ha declarado por su parte la presidenta de Caritas, Eva Maria Welskop-Deffaa .
Después de largos años de disputa legal, el Tribunal Constitucional alemán ha reforzado en última instancia el derecho de las iglesias cristianas a contratar personal de su misma confesión. La sentencia hecha pública a primera hora de este jueves desestima que se trate de un … caso de discriminación por motivos de religión y establece que los empleadores de las iglesias tienen un margen de maniobra considerable en la toma de este tipo de decisiones de carácter laboral, debido a su «derecho religioso a la autodeterminación» garantizado por la Ley Fundamental alemana.
En el origen de este caso judicial está el caso de una pedagoga social de Berlín que había solicitado en 2012 un puesto de profesor anunciado por la Diakonie, la organización evangélica paralela a Caritas. El trabajo temporal consistía en participar en la elaboración de un informe de organizaciones no gubernamentales sobre la aplicación en Alemania de la Convención de Naciones Unidas contra el racismo.
En la licitación, la asociación exigía la membresía a la iglesia protestante, pero la aspirante se declaró en su solicitud «no confesional». De los 38 solicitantes, cuatro fueron invitados a una entrevista de selección y terminó seleccionado un candidato de origen germano-ghanés que se describió a sí mismo como «cristiano protestante».
La demandante, Vera Egenberger, que tenía ya experiencia directa en el área del puesto, al contrario que el candidato seleccionado, consideró que su rechazo constituía una discriminación por motivos religiosos y demandó una indemnización. El caso, que terminó implicando también a la Iglesia Católica, ha estado ocupando tribunales laborales y tribunales superiores durante más de una década. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, mientras tanto, dictaminó en 2018 que las iglesias no pueden invocar su derecho a la autodeterminación en todos los ámbitos al cubrir vacantes, y se refirió a la Directiva contra la discriminación de la Unión Europea. El Tribunal Federal de Trabajo de Erfurt concedió entonces una indemnización a la demandante, tras lo cual Diakonie presentó un recurso de inconstitucionalidad en Karlsruhe, en 2019, que se ha resuelto finalmente ahora.
Autodeterminación religiosa
El Segundo Senado del Tribunal Constitucional ha aceptado finalmente el recurso contra la sentencia dictada por Tribunal Federal de Trabajo, que obligaba a la indemnización, porque «viola el derecho del demandante a la autodeterminación religiosa en virtud de los artículos 4.1 y 4.2 en relación con el artículo 140 de la Ley Fundamental (GG) y el artículo 137.3 frase 1 de la Constitución de Weimar» y afirma que «no tiene en cuenta el derecho del demandante a la autodeterminación religiosa en la medida en que lo exige el derecho constitucional». Añade que «la primacía del Derecho de la Unión Europea no deja de aplicarse en el presente asunto, ya que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea no constituye un acto ultra vires».
La sentencia es de gran alcance para el mercado laboral alemán, en el que las dos grandes iglesias cristianas emplean a un total de 1,3 millones de trabajadores y constituyen juntas el segundo mayor empleador de Alemania, después del Estado. Según sus propios datos, la Iglesia Protestante tiene alrededor de 240.000 empleados, además de las 687.000 personas que trabajan en Diakonie. La Iglesia Católica, por su parte, emplea a alrededor de 180.000 trabajadores en Alemania, además de los 740.000 empleados de Cáritas.
«Guía de cooperación de la iglesia»
«Lo que queda ahora claro es que la Ley Fundamental garantiza que la Iglesia pueda moldear su autoimagen cristiana, porque las personas que buscan nuestro apoyo confían en nosotros para trabajar desde nuestras convicciones cristianas, de manera que donde en la puerta dice Iglesia o Diakonie, también debe haber Iglesia o Diakonie dentro, en la forma de trabajar y en los principios que rigen el trabajo», ha explicado tras publicarse la sentencia una portavoz de Diakonie, que recuerda además que el requisito general de membresía de la iglesia protestante se eliminó de la llamada «Guía de Cooperación de la iglesia» a principios de 2024. Desde entonces, solo ha sido un requisito previo si es «necesario e importante» para el puesto que se está cubriendo.
«El tribunal reconoce que, aunque Cáritas realiza tareas sociales, su identidad está profundamente ligada a su carácter confesional católico y que eso se traslada a los criterios de contratación. Y la decisión también subraya que la neutralidad del Estado no implica que deba interferir en la definición interna de valores de las comunidades religiosas», ha declarado por su parte la presidenta de Caritas, Eva Maria Welskop-Deffaa.
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