La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha rechazado suspender con la urgencia que le pedían el censo de la ‘ley de nietos’ para que la medida cautelar de paralización del CERA que hoy afecta a más de 163.000 personas tos’ se extienda los hijos de estos nietos contemplados en el anexo III de la ley de memoria democrática. Iustitia Europa, que pidió a los magistrados la adopción de esta medida cautelarísima, sostiene que si se ha considerado necesario suspender cautelarmente los efectos electorales del anexo I mientras se comprueba su situación, debe examinarse con el mismo rigor la cadena de nacionalidad que sustenta las inscripciones de ese anexo III.En lugar de acordar esta medida sin oír a las partes, la Sala Tercera ha abierto el incidente cautelar dejando un plazo de tres días para que formulen alegaciones y ha habilitado todos los días de noviembre y de octubre como hábiles dada la proximidad de las elecciones. El partido de Luis María Pardo volverá a defender así en este trámite de alegaciones que las medidas cautelares se extiendan a los electores incorporados al CERA que adquirieron la nacionalidad española conforme al Anexo III de la Ley de Memoria Democrática.De momento, la Sala ha acordado sólo la suspensión de los efectos electorales de los nacionalizados incluidos en el Anexo I de la ley mientras se comprueba individualmente su situación y la regularidad de su incorporación al censo. Para ello requirió bajo apercibimiento de multa a los ministros de Exteriores y Justicia a presentar la relación nominal de los 163.000 beneficiados de la ‘ley de nietos’ para sacarlos del censo dejando la puerta abierta a que lo integren quienes cuenten con un certificado consular que acredite que se nacionalizaron cumpliendo los requisitos de la ley. El plazo que les dio venció a las tres de la tarde de miércoles y tanto Albares como Bolaños lo cumplieron. Iustitia Europa sostiene que el mismo criterio de prudencia, trazabilidad y pulcritud electoral debe aplicarse a los nacionalizados del Anexo III, cuyo derecho deriva de la previa adquisición de nacionalidad de sus progenitores. La petición persigue que esos votos puedan ser recibidos y custodiados, pero que no se incorporen al escrutinio hasta que la Administración complete la comprobación individual correspondiente.Escrito a la JECA lo que el Supremo no ha accedido es a extender las restricciones a quienes, después de adquirir la nacionalidad española y figurar inscritos como residentes en el extranjero, trasladaron su domicilio a España y pasaron a formar parte del censo electoral nacional (CER) . La Sala considera que esta petición excede el objeto del recurso actualmente en tramitación, por lo que Iustitia Europa ha decidido acudir a la Junta Electoral Central. En un escrito urgente ante la JEC, Pardo pide a este órgano que actúe sobre las inscripciones en el CER vinculadas a la ley de nietos. En concreto, solicita la identificación y revisión de las personas que, estando inicialmente comprendidas en el colectivo sometido a comprobación en el CERA, hayan pasado posteriormente al CER, así como de las inscripciones del Anexo III actualmente incorporadas a dicho censo.Iustitia Europa pide que, mientras se completa esa comprobación, se adopten las medidas necesarias para preservar la exactitud, trazabilidad y pulcritud del censo electoral de cara a las elecciones generales del 29 de noviembre. La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha rechazado suspender con la urgencia que le pedían el censo de la ‘ley de nietos’ para que la medida cautelar de paralización del CERA que hoy afecta a más de 163.000 personas tos’ se extienda los hijos de estos nietos contemplados en el anexo III de la ley de memoria democrática. Iustitia Europa, que pidió a los magistrados la adopción de esta medida cautelarísima, sostiene que si se ha considerado necesario suspender cautelarmente los efectos electorales del anexo I mientras se comprueba su situación, debe examinarse con el mismo rigor la cadena de nacionalidad que sustenta las inscripciones de ese anexo III.En lugar de acordar esta medida sin oír a las partes, la Sala Tercera ha abierto el incidente cautelar dejando un plazo de tres días para que formulen alegaciones y ha habilitado todos los días de noviembre y de octubre como hábiles dada la proximidad de las elecciones. El partido de Luis María Pardo volverá a defender así en este trámite de alegaciones que las medidas cautelares se extiendan a los electores incorporados al CERA que adquirieron la nacionalidad española conforme al Anexo III de la Ley de Memoria Democrática.De momento, la Sala ha acordado sólo la suspensión de los efectos electorales de los nacionalizados incluidos en el Anexo I de la ley mientras se comprueba individualmente su situación y la regularidad de su incorporación al censo. Para ello requirió bajo apercibimiento de multa a los ministros de Exteriores y Justicia a presentar la relación nominal de los 163.000 beneficiados de la ‘ley de nietos’ para sacarlos del censo dejando la puerta abierta a que lo integren quienes cuenten con un certificado consular que acredite que se nacionalizaron cumpliendo los requisitos de la ley. El plazo que les dio venció a las tres de la tarde de miércoles y tanto Albares como Bolaños lo cumplieron. Iustitia Europa sostiene que el mismo criterio de prudencia, trazabilidad y pulcritud electoral debe aplicarse a los nacionalizados del Anexo III, cuyo derecho deriva de la previa adquisición de nacionalidad de sus progenitores. La petición persigue que esos votos puedan ser recibidos y custodiados, pero que no se incorporen al escrutinio hasta que la Administración complete la comprobación individual correspondiente.Escrito a la JECA lo que el Supremo no ha accedido es a extender las restricciones a quienes, después de adquirir la nacionalidad española y figurar inscritos como residentes en el extranjero, trasladaron su domicilio a España y pasaron a formar parte del censo electoral nacional (CER) . La Sala considera que esta petición excede el objeto del recurso actualmente en tramitación, por lo que Iustitia Europa ha decidido acudir a la Junta Electoral Central. En un escrito urgente ante la JEC, Pardo pide a este órgano que actúe sobre las inscripciones en el CER vinculadas a la ley de nietos. En concreto, solicita la identificación y revisión de las personas que, estando inicialmente comprendidas en el colectivo sometido a comprobación en el CERA, hayan pasado posteriormente al CER, así como de las inscripciones del Anexo III actualmente incorporadas a dicho censo.Iustitia Europa pide que, mientras se completa esa comprobación, se adopten las medidas necesarias para preservar la exactitud, trazabilidad y pulcritud del censo electoral de cara a las elecciones generales del 29 de noviembre.
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha rechazado suspender con urgencia el censo de la ‘ley de nietos’ para que la medida cautelar de paralización del CERA que afecta a más de 163.000 beneficiados por la ‘ley de nietos’ se extienda los hijos … de estos contemplados en el anexo III de la ley de memoria democrática. Iustitia Europa, que pidió a los magistrados la adopción de esta medida cautelarísima, sostiene que si se ha considerado necesario suspender cautelarmente los efectos electorales del Anexo I mientras se comprueba su situación, debe examinarse con el mismo rigor la cadena de nacionalidad que sustenta las inscripciones de ese Anexo III.
En lugar de acordar esta medida sin oír a las partes, la Sala Tercera ha abierto el incidente cautelar dejando un plazo de tres días para que las partes formulen alegaciones y ha habilitado todos los días de noviembre y de octubre como hábiles dada la proximidad de las elecciones.
Noticia relacionada
El partido de Luis Pardo presentará así alegaciones ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo para defender la extensión de las medidas cautelares a los electores incorporados al CERA que adquirieron la nacionalidad española conforme al Anexo III de la Ley de Memoria Democrática.
La Sala ya ha acordado la suspensión de los efectos electorales de los nacionalizados incluidos en el Anexo I mientras se comprueba individualmente su situación y la regularidad de su incorporación al censo. Para ello requirió bajo apercibimiento de multa a los ministros de Exteriores y Justicia para que presentaran la relación nominal de los 163.000 beneficiados de la ‘ley de nietos’ para sacarlos del censo dejando la puerta abierta a que lo integraran quienes cuenten con un certificado consular que acredite que se nacionalizaron cumpliendo los requisitos de la ley. El plazo que les dio venció a las tres de la tarde de miércoles y tanto Albares como Bolaños lo cumplieron.
Iustitia Europa sostiene que el mismo criterio de prudencia, trazabilidad y pulcritud electoral debe aplicarse a los nacionalizados del Anexo III, cuyo derecho deriva de la previa adquisición de nacionalidad de sus progenitores. La petición persigue que esos votos puedan ser recibidos y custodiados, pero que no se incorporen al escrutinio hasta que la Administración complete la comprobación individual correspondiente.
RSS de noticias de espana

-U206738294977KH-U10740220862CZV-366x256@diario_abc.jpg)