El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado este miércoles plantear en este momento una cuestión prejudicial sobre la amnistía al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), «sin perjuicio de lo que pueda decidirse en la deliberación del Pleno de este tribunal» prevista para la última semana de junio.El auto explica que el promotor de una cuestión prejudicial es el órgano judicial, no las partes. De ahí que el hecho de que las partes lo soliciten, en ese caso el PP en el marco de su recurso de inconstitucionalidad, «no conlleve, como exigencia inherente, la apertura de un trámite formal» dirigido a plantearla. Será, por tanto, apunta la mayoría progresista, el Pleno del órgano el que evalúe esta cuestión, aunque la resolución ya desliza que la tramitación del recurso ya está concluida solo a la espera del dictado de sentencia. La misma respuesta dan a la petición de suspensión de este debate hasta que el TJUE resuelva las cuestiones prejudiciales formuladas por órganos españoles. De hecho, como ha informado ABC, la Comisión Europea ya ha emitido sus observaciones sobre la cuestión prejudicial del Tribunal de Cuentas, la más avanzada, y en ellas la ley no sale muy bien parada. sea resuelta en unas semanas. Noticia Relacionada estandar Si La ponencia del Constitucional avala la ley de Amnistía Nati VillanuevaEl auto insiste en que tiene que ser el Pleno el que, cuando se aborde el fondo del recurso del PP, valore la posible concurrencia de una razón jurídica que determine, en su caso, la necesidad de posponer el dictado de sentencia. Deniega al mismo tiempo a los populares tener acceso al escrito en el que tres magistrados del TC pedían al presidente la inclusión en el orden del día de un posible planteamiento de cuestiones prejudiciales ante el TJUE. Según la resolución acordada, la decisión de incluir un determinado asunto en el orden del día del Pleno constituye una potestad del presidente, tiene un carácter estrictamente interno y no forma parte de expediente jurisdiccional alguno.«Ello significa que no ha lugar a dar traslado a las partes ni de los escritos en los que los magistrados expresan su parecer o realizan peticiones en relación con la convocatoria y orden del día de los plenos, ni tampoco de los documentos, anexos o informes que puedan acompañar a dichos escritos. Los informes tienen carácter estrictamente interno», apostilla.Han anunciado voto particular los magistrados Enrique Arnaldo y César Tolosa, Concepción Espejel, precisamente los tres magistrados que hicieron esa solicitud. El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado este miércoles plantear en este momento una cuestión prejudicial sobre la amnistía al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), «sin perjuicio de lo que pueda decidirse en la deliberación del Pleno de este tribunal» prevista para la última semana de junio.El auto explica que el promotor de una cuestión prejudicial es el órgano judicial, no las partes. De ahí que el hecho de que las partes lo soliciten, en ese caso el PP en el marco de su recurso de inconstitucionalidad, «no conlleve, como exigencia inherente, la apertura de un trámite formal» dirigido a plantearla. Será, por tanto, apunta la mayoría progresista, el Pleno del órgano el que evalúe esta cuestión, aunque la resolución ya desliza que la tramitación del recurso ya está concluida solo a la espera del dictado de sentencia. La misma respuesta dan a la petición de suspensión de este debate hasta que el TJUE resuelva las cuestiones prejudiciales formuladas por órganos españoles. De hecho, como ha informado ABC, la Comisión Europea ya ha emitido sus observaciones sobre la cuestión prejudicial del Tribunal de Cuentas, la más avanzada, y en ellas la ley no sale muy bien parada. sea resuelta en unas semanas. Noticia Relacionada estandar Si La ponencia del Constitucional avala la ley de Amnistía Nati VillanuevaEl auto insiste en que tiene que ser el Pleno el que, cuando se aborde el fondo del recurso del PP, valore la posible concurrencia de una razón jurídica que determine, en su caso, la necesidad de posponer el dictado de sentencia. Deniega al mismo tiempo a los populares tener acceso al escrito en el que tres magistrados del TC pedían al presidente la inclusión en el orden del día de un posible planteamiento de cuestiones prejudiciales ante el TJUE. Según la resolución acordada, la decisión de incluir un determinado asunto en el orden del día del Pleno constituye una potestad del presidente, tiene un carácter estrictamente interno y no forma parte de expediente jurisdiccional alguno.«Ello significa que no ha lugar a dar traslado a las partes ni de los escritos en los que los magistrados expresan su parecer o realizan peticiones en relación con la convocatoria y orden del día de los plenos, ni tampoco de los documentos, anexos o informes que puedan acompañar a dichos escritos. Los informes tienen carácter estrictamente interno», apostilla.Han anunciado voto particular los magistrados Enrique Arnaldo y César Tolosa, Concepción Espejel, precisamente los tres magistrados que hicieron esa solicitud.
No abordará la petición del PP hasta que meta de lleno en el fondo del recurso, que Conde-Pumpido pretende resolver este mismo mes
El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado este miércoles plantear en este momento una cuestión prejudicial sobre la amnistía al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), «sin perjuicio de lo que pueda decidirse en la deliberación del Pleno de este tribunal» prevista para … la última semana de junio.
El auto explica que el promotor de una cuestión prejudicial es el órgano judicial, no las partes. De ahí que el hecho de que las partes lo soliciten, en ese caso el PP en el marco de su recurso de inconstitucionalidad, «no conlleve, como exigencia inherente, la apertura de un trámite formal» dirigido a plantearla. Será, por tanto, apunta la mayoría progresista, el Pleno del órgano el que evalúe esta cuestión, aunque la resolución ya desliza que la tramitación del recurso ya está concluida solo a la espera del dictado de sentencia.
La misma respuesta dan a la petición de suspensión de este debate hasta que el TJUE resuelva las cuestiones prejudiciales formuladas por órganos españoles. De hecho, como ha informado ABC, la Comisión Europea ya ha emitido sus observaciones sobre la cuestión prejudicial del Tribunal de Cuentas, la más avanzada, y en ellas la ley no sale muy bien parada. sea resuelta en unas semanas.
El auto insiste en que tiene que ser el Pleno el que, cuando se aborde el fondo del recurso del PP, valore la posible concurrencia de una razón jurídica que determine, en su caso, la necesidad de posponer el dictado de sentencia. Deniega al mismo tiempo a los populares tener acceso al escrito en el que tres magistrados del TC pedían al presidente la inclusión en el orden del día de un posible planteamiento de cuestiones prejudiciales ante el TJUE. Según la resolución acordada, la decisión de incluir un determinado asunto en el orden del día del Pleno constituye una potestad del presidente, tiene un carácter estrictamente interno y no forma parte de expediente jurisdiccional alguno.
«Ello significa que no ha lugar a dar traslado a las partes ni de los escritos en los que los magistrados expresan su parecer o realizan peticiones en relación con la convocatoria y orden del día de los plenos, ni tampoco de los documentos, anexos o informes que puedan acompañar a dichos escritos. Los informes tienen carácter estrictamente interno», apostilla.
Han anunciado voto particular los magistrados Enrique Arnaldo y César Tolosa, Concepción Espejel, precisamente los tres magistrados que hicieron esa solicitud.
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