Por fin, parece que se quiere poner coto a la masificación turística, la llamada ‘turistificación’ por las calles de Toledo, visitantes que deben convivir con los vecinos y no causarles mucho perjuicio ni molestias en su transitar diario por la ciudad en la que viven. Con este objetivo pronto verá la luz una normativa local que llevará por título ‘Ordenanza Municipal para la Regulación de la Actividad Turística y Convivencia Ciudadana en la Ciudad de Toledo’. Hasta el próximo 8 de julio se ha abierto un plazo de alegaciones para presentar modificaciones y mejoras a un texto que operará en una ciudad Patrimonio de la Humanidad como es Toledo y que, por ello, recibe la afluencia de numerosos turistas procedentes de todo el mundo.Según ha señalado a ABC el concejal de Turismo, José Manuel Velasco , en virtud de esta ordenanza, por primera vez el Ayuntamiento de Toledo tendrá potestad para iniciar un procedimiento sancionador en el ámbito turístico, que hasta ahora era competencia única de la Administración autonómica.Noticia Relacionada opinion No Por una tasa turística que dignifique la visita a Toledo Luis Peñalver Alhambra La industria del turismo para una ciudad como Toledo es tan importante como peligrosa: es preciso actuar ya si no queremos que se devore a sí mismaComo consta en la exposición de motivos del borrador de la ordenanza, hay lugares y momentos en Toledo en los que la fluencia de visitantes puede dar lugar a «problemas de masificación de personas o de contaminación acústica » que terminan repercutiendo en la ciudadanía. Por ello, el Ayuntamiento de Toledo quiere garantizar «un adecuado clima en el ámbito compartido del espacio público mediante mediante el libre ejercicio de los derechos y libertades constitucionales».Precisamente, en el Capítulo II destacan las normas para garantizar el respeto al civismo y la convivencia ; las medidas y restricciones que deben cumplir los visitantes de la ciudad, ya sea de manera individual, o mediante guías turísticos, así como el régimen de sanciones a aplicar en caso de incumplimiento.En materia de circulación peatonal en la vía pública, los grupos turísticos deberán seguir una serie de directrices durante su desplazamiento: Evitar calles y plazas de alta afluencia en horas punta; en calles estrechas , los grupos deberán desplazarse en fila para minimizar la ocupación de las mismas; facilitar siempre el paso a personas con movilidad reducida para que no se vean bloqueadas por el grupo; no dificultar el tránsito de vehículos autorizados, y facilitar el paso a peatones que porten carros de compra, sillas de bebé u otros elementos de apoyo.La Ordenanza dispone que el guía turístico deberá informar a su grupo de la obligación de mantener limpio el entorno urbano , instando a los visitantes a no arrojar residuos, restos de comida, envases u otros deshechos en la vía pública o mobiliario urbano distinto de una papelera o contenedor habilitado.En cuanto al tamaño de los grupos turísticos se establecen unas disposiciones que también van en beneficio de la calidad de vida de los residentes. Así, a partir de la entrada en vigor de la Ordenanza, se establece que por las calles Hombre de Palo, Plaza del Consistorio y Pasadizo de la calle Consistorio que une la plaza con la calle Ciudad ( Pasadizo de Balaguer ) no podrán transitar grupos de turistas compuestos por más de 30 personas , y queda expresamente prohibido que los grupos obstruyan los cruces de vías públicas, las zonas de paso peatonal y las entradas y salidas de comercios, viviendas y edificios públicos.Sobre los guías , la nueva normativa dispone que deberán llevar visible el carnet oficial habilitador del ejercicio de su profesión; no se les permite la utilización de altavoces o megáfonos , y se establece la obligación de utilizar sistemas de audio individualizados siempre que el grupo sea superior a 30 personas, o si la actividad se realiza pasadas las once de la noche.La actividad de ‘Free Tours’, los que utilizan paraguas para atraer la atención, se regulará con la norma autonómica, y queda prohibida la utilización de objetos que utilicen como vehículo transmisor del mensaje «cualquier medio material o soporte susceptible de atraer la atención de cuantas personas se encuentren en espacios abiertos o transiten por la vía pública»… « no pudiendo utilizarse soportes publicitarios de marcas comerciales o productos ».Sobre el transporte turístico , la Ordenanza regula los ‘hop on-hop off’, trenes y autobuses turísticos.En el capítulo de sanciones, constituirán infracción de carácter grave la comisión de tres faltas leves en el plazo de un año; y muy grave, con tres faltas graves en el plazo de un año. La multa más alta será de 3.000 euros por una infracción grave. Por fin, parece que se quiere poner coto a la masificación turística, la llamada ‘turistificación’ por las calles de Toledo, visitantes que deben convivir con los vecinos y no causarles mucho perjuicio ni molestias en su transitar diario por la ciudad en la que viven. Con este objetivo pronto verá la luz una normativa local que llevará por título ‘Ordenanza Municipal para la Regulación de la Actividad Turística y Convivencia Ciudadana en la Ciudad de Toledo’. Hasta el próximo 8 de julio se ha abierto un plazo de alegaciones para presentar modificaciones y mejoras a un texto que operará en una ciudad Patrimonio de la Humanidad como es Toledo y que, por ello, recibe la afluencia de numerosos turistas procedentes de todo el mundo.Según ha señalado a ABC el concejal de Turismo, José Manuel Velasco , en virtud de esta ordenanza, por primera vez el Ayuntamiento de Toledo tendrá potestad para iniciar un procedimiento sancionador en el ámbito turístico, que hasta ahora era competencia única de la Administración autonómica.Noticia Relacionada opinion No Por una tasa turística que dignifique la visita a Toledo Luis Peñalver Alhambra La industria del turismo para una ciudad como Toledo es tan importante como peligrosa: es preciso actuar ya si no queremos que se devore a sí mismaComo consta en la exposición de motivos del borrador de la ordenanza, hay lugares y momentos en Toledo en los que la fluencia de visitantes puede dar lugar a «problemas de masificación de personas o de contaminación acústica » que terminan repercutiendo en la ciudadanía. Por ello, el Ayuntamiento de Toledo quiere garantizar «un adecuado clima en el ámbito compartido del espacio público mediante mediante el libre ejercicio de los derechos y libertades constitucionales».Precisamente, en el Capítulo II destacan las normas para garantizar el respeto al civismo y la convivencia ; las medidas y restricciones que deben cumplir los visitantes de la ciudad, ya sea de manera individual, o mediante guías turísticos, así como el régimen de sanciones a aplicar en caso de incumplimiento.En materia de circulación peatonal en la vía pública, los grupos turísticos deberán seguir una serie de directrices durante su desplazamiento: Evitar calles y plazas de alta afluencia en horas punta; en calles estrechas , los grupos deberán desplazarse en fila para minimizar la ocupación de las mismas; facilitar siempre el paso a personas con movilidad reducida para que no se vean bloqueadas por el grupo; no dificultar el tránsito de vehículos autorizados, y facilitar el paso a peatones que porten carros de compra, sillas de bebé u otros elementos de apoyo.La Ordenanza dispone que el guía turístico deberá informar a su grupo de la obligación de mantener limpio el entorno urbano , instando a los visitantes a no arrojar residuos, restos de comida, envases u otros deshechos en la vía pública o mobiliario urbano distinto de una papelera o contenedor habilitado.En cuanto al tamaño de los grupos turísticos se establecen unas disposiciones que también van en beneficio de la calidad de vida de los residentes. Así, a partir de la entrada en vigor de la Ordenanza, se establece que por las calles Hombre de Palo, Plaza del Consistorio y Pasadizo de la calle Consistorio que une la plaza con la calle Ciudad ( Pasadizo de Balaguer ) no podrán transitar grupos de turistas compuestos por más de 30 personas , y queda expresamente prohibido que los grupos obstruyan los cruces de vías públicas, las zonas de paso peatonal y las entradas y salidas de comercios, viviendas y edificios públicos.Sobre los guías , la nueva normativa dispone que deberán llevar visible el carnet oficial habilitador del ejercicio de su profesión; no se les permite la utilización de altavoces o megáfonos , y se establece la obligación de utilizar sistemas de audio individualizados siempre que el grupo sea superior a 30 personas, o si la actividad se realiza pasadas las once de la noche.La actividad de ‘Free Tours’, los que utilizan paraguas para atraer la atención, se regulará con la norma autonómica, y queda prohibida la utilización de objetos que utilicen como vehículo transmisor del mensaje «cualquier medio material o soporte susceptible de atraer la atención de cuantas personas se encuentren en espacios abiertos o transiten por la vía pública»… « no pudiendo utilizarse soportes publicitarios de marcas comerciales o productos ».Sobre el transporte turístico , la Ordenanza regula los ‘hop on-hop off’, trenes y autobuses turísticos.En el capítulo de sanciones, constituirán infracción de carácter grave la comisión de tres faltas leves en el plazo de un año; y muy grave, con tres faltas graves en el plazo de un año. La multa más alta será de 3.000 euros por una infracción grave.
Una nueva Ordenanza, que busca la calidad de vida de los vecinos, contempla restricciones, prohibiciones y un régimen de sanciones
Por fin, parece que se quiere poner coto a lamasificación turística por las calles de Toledo, visitantes que deben convivir con los vecinos y no causarles mucho perjuicio ni molestias en su transitar diario por la ciudad en la que viven.
Con este objetivo pronto verá la luz una normativa local que llevará por título ‘Ordenanza Municipal para la Regulación de la Actividad Turística y Convivencia Ciudadana en la Ciudad de Toledo’. Hasta el próximo 8 de julio se ha abierto un plazo de alegaciones para presentar modificaciones y mejoras a un texto que operará en una ciudad Patrimonio de la Humanidad como es Toledo y que, por ello, recibe la afluencia de numerosos turistas procedentes de todo el mundo.
Como consta en la exposición de motivos del borrador de la ordenanza, hay lugares y momentos en Toledo en los que la fluencia de visitantes puede dar lugar a «problemas de masificación de personas o de contaminación acústica» que terminan repercutiendo en la ciudadanía. Por ello, el Ayuntamiento de Toledo quiere garantizar «un adecuado clima en el ámbito compartido del espacio público mediante mediante el libre ejercicio de los derechos y libertades constitucionales».
Precisamente, en el Capítulo II destacan las normas para garantizar el respeto al civismo y la convivencia; las medidas y restricciones que deben cumplir los visitantes de la ciudad, ya sea de manera individual, o mediante guías turísticos, así como el régimen de sanciones a aplicar en caso de incumplimiento.
En materia de circulación peatonal en la vía pública, los grupos turísticos deberán seguir una serie de directrices durante su desplazamiento: Evitar calles y plazas de alta afluencia en horas punta; en calles estrechas, los grupos deberán desplazarse en fila para minimizar la ocupación de las mismas; facilitar siempre el paso a personas con movilidad reducida para que no se vean bloqueadas por el grupo; no dificultar el tránsito de vehículos autorizados, y facilitar el paso a peatones que porten carros de compra, sillas de bebé u otros elementos de apoyo.
La Ordenanza dispone que el guía turístico deberá informar a su grupo de la obligación de mantener limpio el entorno urbano, instando a los visitantes a no arrojar residuos, restos de comida, envases u otros deshechos en la vía pública o mobiliario urbano distinto de una papelera o contenedor habilitado.
En cuanto al tamaño de los grupos turísticos se establecen unas disposiciones que también van en beneficio de la calidad de vida de los residentes. Así, a partir de la entrada en vigor de la Ordenanza, se establece que por las calles Hombre de Palo, Plaza del Consistorio y Pasadizo de la calle Consistorio que une la plaza con la calle Ciudad (Pasadizo de Balaguer) no podrán transitar grupos de turistas compuestos por más de 30 personas, y queda expresamente prohibido que los grupos obstruyan los cruces de vías públicas, las zonas de paso peatonal y las entradas y salidas de comercios, viviendas y edificios públicos.
Sobre los guías, la nueva normativa dispone que deberán llevar visible el carnet oficial habilitador del ejercicio de su profesión; no se les permite la utilización de altavoces o megáfonos, y se establece la obligación de utilizar sistemas de audio individualizados siempre que el grupo sea superior a 30 personas, o si la actividad se realiza pasadas las once de la noche.
La actividad de ‘Free Tours’, los que utilizan paraguas para atraer la atención, se regulará con la norma autonómica, y queda prohibida la utilización de objetos que utilicen como vehículo transmisor del mensaje «cualquier medio material o soporte susceptible de atraer la atención de cuantas personas se encuentren en espacios abiertos o transiten por la vía pública»… «no pudiendo utilizarse soportes publicitarios de marcas comerciales o productos».
Sobre el transporte turístico, la Ordenanza regula los ‘hop on-hop off’, trenes y autobuses turísticos.
En el capítulo de sanciones, constituirán infracción de carácter grave la comisión de tres faltas leves en el plazo de un año; y muy grave, con tres faltas graves en el plazo de un año.
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