Grabar a un profesional sanitario durante una consulta sin su consentimiento será sancionado en Galicia. Se entenderá como una quiebra de la relación de confianza, de forma que el facultativo podrá suspender la cita y dejar constancia del motivo en el historial clínico del usuario al que, en cualquier caso, se le garantizará la asistencia. Es una de las medidas para reforzar la protección del personal de la sanidad gallega, tanto público como privado, que incluye la reforma de la Ley de Salud de Galicia aprobada este martes por el Parlamento autonómico.En la exposición de motivos de la norma se recogen los datos que revelan que en 2024 el número de profesionales del Servizo Galego de Saúde (Sergas) que comunicó algún tipo de violencia ascendió a un total de 856 personas, de las cuales 516 sufrieron agresiones verbales o gestuales y 340 experimentaron violencia física. La mayoría de estos episodios violentos -511- se registraron en la atención primaria y extrahospitalaria, mientras los 345 restantes se produjeron en hospitales.Para atajar estas cifras, con esta reforma se amplía la definición de violencia en el ámbito sanitario con la intención de abarcar todas sus manifestaciones, ya sea física, psíquica, verbal o digital , y la ejerzan los pacientes o los familiares y acompañantes de estos dentro o fuera de los muros de un centro de salud o de un hospital, incluidas las redes sociales.De forma pionera en España, se incluye entre los profesionales protegidos no solo al personal médico y de enfermería, sino a cualquier persona que realice una actividad de carácter asistencial, de administración, de admisión, de traslado de pacientes o de inspección en el ámbito sanitario, que puede ser también el domicilio de un usuario, una ambulancia , el lugar donde se ofrecen primeros auxilios tras un accidente o una llamada telefónica.Se contemplan multas de entre 300 y 15.000 euros y el cambio de médico y de centro sanitarioA partir de ahí, se tipifican una serie de infracciones leves, graves o muy graves. Entre las leves, que pueden conllevar multas desde los 300 hasta los 1.500 euros, se encuentran las faltas de respeto o los insultos, las conductas que alteren o perturben el desarrollo normal de la actividad asistencial o la destrucción, menoscabo o deterioro de las instalaciones y equipamientos que no afecten al funcionamiento ordinario del centro. También se incluye en este nivel la mencionada quiebra de confianza por la grabación de imágenes en una consulta, sean difundidas después o no. En caso de reiterarse esta práctica más de una vez en el plazo de un año, la infracción pasaría a ser grave y podría acarrear como sanción accesoria la asignación de otro profesional sanitario distinto y el traslado a un centro sanitario diferente en la misma localidad por un período máximo de cinco años. También se facilitará la movilidad del profesional afectado si así lo desea.Infracciones graves, con multas de hasta 3.000 euros, son también la resistencia, las amenazas, la coacción, el acoso digital o ciberacoso, el acoso psicológico, las represalias y cualquier otra forma de presión al personal sanitario, así como la destrucción de material que afecte al funcionamiento normal. Mientras, las agresiones físicas serán consideradas infracciones muy graves, sancionadas con hasta 15.000 euros de multa, junto a la reincidencia en la comisión de infracciones graves en los últimos cinco años. En todos los casos, el infractor deberá hacerse cargo del coste de reparar lo que haya dañado o del tratamiento que necesite el profesional agredido.El infractor deberá costear la reparación de lo que haya dañado o de la asistencia que necesite el agredidoLa reforma también prevé la prestación de apoyo psicológico y jurídico al personal que sufra violencia en el ámbito sanitario, así como la puesta en marcha de un plan de prevención, un registro de actos de violencia, formación para que los profesionales sepan manejar recursos y habilidades frente a estas situaciones y campañas de sensibilización social.El conselleiro de Sanidade, Antonio Gómez Caamaño, que ha seguido el debate y la votación de la ley desde el hemiciclo, ha intervenido brevemente para destacar estas novedades y defender que «toda agresión a un profesional de la sanidad es un hecho inaceptable » y «como responsables públicos tenemos la obligación de actuar, de prevenir y de garantizar que puedan desarrollar su labor con seguridad, con respeto y con dignidad». Grabar a un profesional sanitario durante una consulta sin su consentimiento será sancionado en Galicia. Se entenderá como una quiebra de la relación de confianza, de forma que el facultativo podrá suspender la cita y dejar constancia del motivo en el historial clínico del usuario al que, en cualquier caso, se le garantizará la asistencia. Es una de las medidas para reforzar la protección del personal de la sanidad gallega, tanto público como privado, que incluye la reforma de la Ley de Salud de Galicia aprobada este martes por el Parlamento autonómico.En la exposición de motivos de la norma se recogen los datos que revelan que en 2024 el número de profesionales del Servizo Galego de Saúde (Sergas) que comunicó algún tipo de violencia ascendió a un total de 856 personas, de las cuales 516 sufrieron agresiones verbales o gestuales y 340 experimentaron violencia física. La mayoría de estos episodios violentos -511- se registraron en la atención primaria y extrahospitalaria, mientras los 345 restantes se produjeron en hospitales.Para atajar estas cifras, con esta reforma se amplía la definición de violencia en el ámbito sanitario con la intención de abarcar todas sus manifestaciones, ya sea física, psíquica, verbal o digital , y la ejerzan los pacientes o los familiares y acompañantes de estos dentro o fuera de los muros de un centro de salud o de un hospital, incluidas las redes sociales.De forma pionera en España, se incluye entre los profesionales protegidos no solo al personal médico y de enfermería, sino a cualquier persona que realice una actividad de carácter asistencial, de administración, de admisión, de traslado de pacientes o de inspección en el ámbito sanitario, que puede ser también el domicilio de un usuario, una ambulancia , el lugar donde se ofrecen primeros auxilios tras un accidente o una llamada telefónica.Se contemplan multas de entre 300 y 15.000 euros y el cambio de médico y de centro sanitarioA partir de ahí, se tipifican una serie de infracciones leves, graves o muy graves. Entre las leves, que pueden conllevar multas desde los 300 hasta los 1.500 euros, se encuentran las faltas de respeto o los insultos, las conductas que alteren o perturben el desarrollo normal de la actividad asistencial o la destrucción, menoscabo o deterioro de las instalaciones y equipamientos que no afecten al funcionamiento ordinario del centro. También se incluye en este nivel la mencionada quiebra de confianza por la grabación de imágenes en una consulta, sean difundidas después o no. En caso de reiterarse esta práctica más de una vez en el plazo de un año, la infracción pasaría a ser grave y podría acarrear como sanción accesoria la asignación de otro profesional sanitario distinto y el traslado a un centro sanitario diferente en la misma localidad por un período máximo de cinco años. También se facilitará la movilidad del profesional afectado si así lo desea.Infracciones graves, con multas de hasta 3.000 euros, son también la resistencia, las amenazas, la coacción, el acoso digital o ciberacoso, el acoso psicológico, las represalias y cualquier otra forma de presión al personal sanitario, así como la destrucción de material que afecte al funcionamiento normal. Mientras, las agresiones físicas serán consideradas infracciones muy graves, sancionadas con hasta 15.000 euros de multa, junto a la reincidencia en la comisión de infracciones graves en los últimos cinco años. En todos los casos, el infractor deberá hacerse cargo del coste de reparar lo que haya dañado o del tratamiento que necesite el profesional agredido.El infractor deberá costear la reparación de lo que haya dañado o de la asistencia que necesite el agredidoLa reforma también prevé la prestación de apoyo psicológico y jurídico al personal que sufra violencia en el ámbito sanitario, así como la puesta en marcha de un plan de prevención, un registro de actos de violencia, formación para que los profesionales sepan manejar recursos y habilidades frente a estas situaciones y campañas de sensibilización social.El conselleiro de Sanidade, Antonio Gómez Caamaño, que ha seguido el debate y la votación de la ley desde el hemiciclo, ha intervenido brevemente para destacar estas novedades y defender que «toda agresión a un profesional de la sanidad es un hecho inaceptable » y «como responsables públicos tenemos la obligación de actuar, de prevenir y de garantizar que puedan desarrollar su labor con seguridad, con respeto y con dignidad».
Grabar a un profesional sanitario durante una consulta sin su consentimiento será sancionado en Galicia. Se entenderá como una quiebra de la relación de confianza, de forma que el facultativo podrá suspender la cita y dejar constancia del motivo en el historial clínico del usuario … al que, en cualquier caso, se le garantizará la asistencia. Es una de las medidas para reforzar la protección del personal de la sanidad gallega, tanto público como privado, que incluye la reforma de la Ley de Salud de Galicia aprobada este martes por el Parlamento autonómico.
En la exposición de motivos de la norma se recogen los datos que revelan que en 2024 el número de profesionales del Servizo Galego de Saúde (Sergas) que comunicó algún tipo de violencia ascendió a un total de 856 personas, de las cuales 516 sufrieron agresiones verbales o gestuales y 340 experimentaron violencia física. La mayoría de estos episodios violentos -511- se registraron en la atención primaria y extrahospitalaria, mientras los 345 restantes se produjeron en hospitales.
Para atajar estas cifras, con esta reforma se amplía la definición de violencia en el ámbito sanitario con la intención de abarcar todas sus manifestaciones, ya sea física, psíquica, verbal o digital, y la ejerzan los pacientes o los familiares y acompañantes de estos dentro o fuera de los muros de un centro de salud o de un hospital, incluidas las redes sociales.
De forma pionera en España, se incluye entre los profesionales protegidos no solo al personal médico y de enfermería, sino a cualquier persona que realice una actividad de carácter asistencial, de administración, de admisión, de traslado de pacientes o de inspección en el ámbito sanitario, que puede ser también el domicilio de un usuario, una ambulancia, el lugar donde se ofrecen primeros auxilios tras un accidente o una llamada telefónica.
Se contemplan multas de entre 300 y 15.000 euros y el cambio de médico y de centro sanitario
A partir de ahí, se tipifican una serie de infracciones leves, graves o muy graves. Entre las leves, que pueden conllevar multas desde los 300 hasta los 1.500 euros, se encuentran las faltas de respeto o los insultos, las conductas que alteren o perturben el desarrollo normal de la actividad asistencial o la destrucción, menoscabo o deterioro de las instalaciones y equipamientos que no afecten al funcionamiento ordinario del centro.
También se incluye en este nivel la mencionada quiebra de confianza por la grabación de imágenes en una consulta, sean difundidas después o no. En caso de reiterarse esta práctica más de una vez en el plazo de un año, la infracción pasaría a ser grave y podría acarrear como sanción accesoria la asignación de otro profesional sanitario distinto y el traslado a un centro sanitario diferente en la misma localidad por un período máximo de cinco años. También se facilitará la movilidad del profesional afectado si así lo desea.
Infracciones graves, con multas de hasta 3.000 euros, son también la resistencia, las amenazas, la coacción, el acoso digital o ciberacoso, el acoso psicológico, las represalias y cualquier otra forma de presión al personal sanitario, así como la destrucción de material que afecte al funcionamiento normal. Mientras, las agresiones físicas serán consideradas infracciones muy graves, sancionadas con hasta 15.000 euros de multa, junto a la reincidencia en la comisión de infracciones graves en los últimos cinco años. En todos los casos, el infractor deberá hacerse cargo del coste de reparar lo que haya dañado o del tratamiento que necesite el profesional agredido.
El infractor deberá costear la reparación de lo que haya dañado o de la asistencia que necesite el agredido
La reforma también prevé la prestación de apoyo psicológico y jurídico al personal que sufra violencia en el ámbito sanitario, así como la puesta en marcha de un plan de prevención, un registro de actos de violencia, formación para que los profesionales sepan manejar recursos y habilidades frente a estas situaciones y campañas de sensibilización social.
El conselleiro de Sanidade, Antonio Gómez Caamaño, que ha seguido el debate y la votación de la ley desde el hemiciclo, ha intervenido brevemente para destacar estas novedades y defender que «toda agresión a un profesional de la sanidad es un hecho inaceptable» y «como responsables públicos tenemos la obligación de actuar, de prevenir y de garantizar que puedan desarrollar su labor con seguridad, con respeto y con dignidad».
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