La defensa de Koldo García, exasesor del exministro José Luis Ábalos e investigado por el Tribunal Supremo, ha solicitado a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo el archivo de la causa al entender que es nula porque el magistrado Leopoldo Puente ha extendido la investigación más allá de lo que permitió el Congreso de los Diputados al aceptar el suplicatorio en enero de 2025. Así consta en un escrito al que ha tenido acceso ABC que llega justo cuando tanto Ábalos como Koldo García han sido citado como investigados. La defensa apunta que se ha cometido «una infracción de las normas procesales que le han generado indefensión» porque el Supremo tras tener luz verde del Congreso amplió la investigación a hechos nuevos , como las posibles mordidas que habría recibido la supuesta trama a cambio de amañar adjudicaciones de obra pública. «Cualquier diligencia que se dirija a la investigación de hechos nuevos o de nueva noticia que no fueran expresamente incluidos en la solicitud de suplicatorio original, constituye una extralimitación del ámbito material autorizado por la Cámara, lo cual podría implicar inviolabilidad parlamentaria, y en su caso, la vulneración del derecho al Juez predeterminado por la Ley, justificando la nulidad de las actuaciones», explica.Noticia Relacionada estandar Si Ábalos se pasó cinco años de lujo sin sacar ni un euro del banco Carmen Lucas-Torres Está citado a las 10 horas en el Supremo para explicar el origen de 95.000 euros que manejó con su asesorAsí, la letrada de Koldo García enumera los hechos por los que el Supremo solicitó a la cámara baja investigar a Ábalos (el único aforado en la causa al ser diputado) y en esa lista incluye la adjudicación de varios contratos para adquirir material sanitario en el marco de la situación de emergencia determinada por la pandemia del Covid-19; los alquileres de la vivienda en la que residía Jésica Rodríguez, quien fuera pareja sentimental de Ábalos; el alquiler con opción a compra de un chalet en La Alcaidesa; y el alquiler con opción de compra de un piso de unos 250 metros cuadrados en el Paseo de la Castellana. La defensa indica, acto seguido, que en el auto de Puente de 23 de septiembre de 2025 por el que acordaba formar pieza separada, el magistrado hace una relación de todos los asuntos investigados, «la mayoría de los cuales no cuentan con la autorización del Congreso». En ese saco de incluye las pesquisas para analizar el papel del ministro en el rescate de Air Europa; las gestiones realizadas en favor de Villafuel para que sus representantes lograran la licencia de operador de hidrocarburos; las gestiones del presunto conseguidor de la trama Víctor de Aldama con el jefe de gabinete del Ministerio de Hacienda, Carlos Moreno, para la obtención de aplazamientos tributarios; la colocación en empresas públicas de Jésica Rodríguez García y Claudia Montes; y las posibles comisiones irregulares en las adjudicaciones de obras públicas. «Extralimitación»Entiende que estos hechos «nuevos» no tienen conexión material con el objeto delimitado en el suplicatorio cursado al Congreso, por lo que se trata de una «extralimitación». Añade que esto vicia el procedimiento porque hay una falta de autorización y por tanto se ha infringido «la garantía constitucional de la inmunidad parlamentaria», lo que lleva el asunto a una «consecuencia ineludible, la nulidad de pleno derecho de todas las actuaciones». Tras esto, la defensa cita varias sentencias, como la del Constitucional de 4 junio de 2001, en la que, apunta, «se aborda directamente la inmunidad parlamentaria y el procedimiento de suplicatorio, resaltando la importancia de que la investigación se limite a los hechos autorizados, por lo que la autorización parlamentaria debe circunscribirse a los hechos y no a la calificación jurídica». La defensa de Koldo García, exasesor del exministro José Luis Ábalos e investigado por el Tribunal Supremo, ha solicitado a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo el archivo de la causa al entender que es nula porque el magistrado Leopoldo Puente ha extendido la investigación más allá de lo que permitió el Congreso de los Diputados al aceptar el suplicatorio en enero de 2025. Así consta en un escrito al que ha tenido acceso ABC que llega justo cuando tanto Ábalos como Koldo García han sido citado como investigados. La defensa apunta que se ha cometido «una infracción de las normas procesales que le han generado indefensión» porque el Supremo tras tener luz verde del Congreso amplió la investigación a hechos nuevos , como las posibles mordidas que habría recibido la supuesta trama a cambio de amañar adjudicaciones de obra pública. «Cualquier diligencia que se dirija a la investigación de hechos nuevos o de nueva noticia que no fueran expresamente incluidos en la solicitud de suplicatorio original, constituye una extralimitación del ámbito material autorizado por la Cámara, lo cual podría implicar inviolabilidad parlamentaria, y en su caso, la vulneración del derecho al Juez predeterminado por la Ley, justificando la nulidad de las actuaciones», explica.Noticia Relacionada estandar Si Ábalos se pasó cinco años de lujo sin sacar ni un euro del banco Carmen Lucas-Torres Está citado a las 10 horas en el Supremo para explicar el origen de 95.000 euros que manejó con su asesorAsí, la letrada de Koldo García enumera los hechos por los que el Supremo solicitó a la cámara baja investigar a Ábalos (el único aforado en la causa al ser diputado) y en esa lista incluye la adjudicación de varios contratos para adquirir material sanitario en el marco de la situación de emergencia determinada por la pandemia del Covid-19; los alquileres de la vivienda en la que residía Jésica Rodríguez, quien fuera pareja sentimental de Ábalos; el alquiler con opción a compra de un chalet en La Alcaidesa; y el alquiler con opción de compra de un piso de unos 250 metros cuadrados en el Paseo de la Castellana. La defensa indica, acto seguido, que en el auto de Puente de 23 de septiembre de 2025 por el que acordaba formar pieza separada, el magistrado hace una relación de todos los asuntos investigados, «la mayoría de los cuales no cuentan con la autorización del Congreso». En ese saco de incluye las pesquisas para analizar el papel del ministro en el rescate de Air Europa; las gestiones realizadas en favor de Villafuel para que sus representantes lograran la licencia de operador de hidrocarburos; las gestiones del presunto conseguidor de la trama Víctor de Aldama con el jefe de gabinete del Ministerio de Hacienda, Carlos Moreno, para la obtención de aplazamientos tributarios; la colocación en empresas públicas de Jésica Rodríguez García y Claudia Montes; y las posibles comisiones irregulares en las adjudicaciones de obras públicas. «Extralimitación»Entiende que estos hechos «nuevos» no tienen conexión material con el objeto delimitado en el suplicatorio cursado al Congreso, por lo que se trata de una «extralimitación». Añade que esto vicia el procedimiento porque hay una falta de autorización y por tanto se ha infringido «la garantía constitucional de la inmunidad parlamentaria», lo que lleva el asunto a una «consecuencia ineludible, la nulidad de pleno derecho de todas las actuaciones». Tras esto, la defensa cita varias sentencias, como la del Constitucional de 4 junio de 2001, en la que, apunta, «se aborda directamente la inmunidad parlamentaria y el procedimiento de suplicatorio, resaltando la importancia de que la investigación se limite a los hechos autorizados, por lo que la autorización parlamentaria debe circunscribirse a los hechos y no a la calificación jurídica».
Considera que el juez del Supremo se ha extralimitado y ha vulnerado la inmunidad parlamentaria de Ábalos
RSS de noticias de espana