La acusación popular que ejerce el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) en la causa abierta al fiscal general del Estado en el Tribunal Supremo solicita cuatro años de prisión para Álvaro García Ortiz y tres para su subordinada, la fiscal jefa provincial Pilar Rodríguez, por revelación de secretos en relación con la difusión de datos reservados de Alberto González Amador, pareja de la presidenta autonómica Isabel Díaz Ayuso. Noticia Relacionada Juan Antonio Frago, abogado Apif estandar Si «El fiscal general se ha reído de todos nosotros y del Supremo» Nati Villanueva El letrado de los fiscales que piden 6 años para García Ortiz y fiscal en excedencia cree que la institución «ha tocado fondo» con élNoticia Relacionada Juan Antonio Frago, abogado Apif estandar Si «El fiscal general se ha reído de todos nosotros y del Supremo» Nati Villanueva El letrado de los fiscales que piden 6 años para García Ortiz y fiscal en excedencia cree que la institución «ha tocado fondo» con élEn su escrito de acusación, al que ha tenido acceso ABC, el ICAM sostiene, como el instructor, que el fiscal general siguió instrucciones del Gobierno cuando presuntamente filtró el correo en el que, en el marco de un acuerdo de conformidad, el letrado del novio de Ayuso reconocía que su cliente había cometido dos delitos fiscales. «Los acusados, con pleno desprecio a los principios de legalidad e imparcialidad, y con el fin de contribuir a un rédito político por razón subjetiva del justiciable y su vínculo afectivo, conocedores de una información reservada por razón de sus respectivos cargos, en aras de ‘ganar el relato’ en términos periodísticos, eran conscientes de que con los datos ofrecidos en la nota informativa, así como con la difusión del correo de 2 de febrero de 2024, estaban trascendiendo a la opinión pública elementos confidenciales sobre responsabilidad penal y autoría -conocidos por razón de sus respectivos cargos- que afectaban del pleno al derecho de defensa del afectado«, apunta el ICAM.La Abogacía madrileña denuncia que García Ortiz y Rodríguez se amparándose en el deber de informar a la opinión pública, «y con el argumento sofista de que estaban saliendo al paso de un bulo, eran conscientes que se estaba lacerando el secreto profesional, la guarda del debido secreto de los asuntos reservados conocidos por razón de su cargo y los derechos del justiciable». Añade que la filtración de ese correo de 2 de febrero de 2024 que el letrado de la pareja de Ayuso envió al fiscal e delitos económicos Julián Salto y la nota informativa difundida el 14 de marzo (un día después de la filtración) por parte de la Fiscalía «amén de perjuicios reputacionales de índole social y económica, han supuesto una merma del derecho al proceso con todas las garantías de Alberto González Amador, entre otros, el derecho a la confidencialidad derivada del secreto profesional entre abogado y cliente y con el Ministerio Fiscal en los trámites de conformidad; a un juicio justo y al derecho a la presunción de inocencia y a no autoincriminarse en el procedimiento penal seguido por presunta defraudación tributaria». Una cosa, dice, es el inicio de contactos entre la defensa y la fiscalía con el ánimo de acogerse eventualmente al instituto de la conformidad penal, conversaciones protegidas por la obligación de sigilo y reserva, y otra muy distinta es que este cauce se utilice para desdibujar tales derechos. «Resulta indudable que el conocimiento por divulgación ‘erga omnes’ de una autoinculpación conlleva la contaminación del órgano judicial en la ulterior fase de enjuiciamiento; pues tal reconocimiento pasa a tener carácter de hecho notorio. Es más, igualmente condiciona la posible conformidad en estadios más avanzados del proceso penal». El ICAM recuerda que los acusados «tenían deber de guardar secreto, no revelando información sensible – como es la atinente a hechos punibles y participación- de la que tenían conocimiento por razón de sus respectivos cargos, y que no deberían haber divulgado».Testigos propuestos En consonancia con otras acusaciones que han presentado ya sus escritos de acusación (la particular de González Amador y las populares de Manos Limpias y la asociación de fiscales APIF), la Abogacía de Madrid pide la declaración testifical en el juicio del propio querellante (González Amador) y su abogado (Carlos Neira); de los fiscales Julián Salto (delitos económicos), Almudena Lastra (fiscal superior de Madrid) y Diego Villafañe (teniente fiscal de la Secretaría Técnica; de los jefes de comunicación de la Fiscalía General y la de Madrid; así como la de cargo políticos como el exportavoz socialista en la Asamblea de Madrid Juan Lobato, la ex número dos de Óscar López en Presidencia del Gobierno Pilar Sánchez Acera, o el ex secretario de Comunicación del Gobierno Francesc Vallés. La acusación popular que ejerce el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) en la causa abierta al fiscal general del Estado en el Tribunal Supremo solicita cuatro años de prisión para Álvaro García Ortiz y tres para su subordinada, la fiscal jefa provincial Pilar Rodríguez, por revelación de secretos en relación con la difusión de datos reservados de Alberto González Amador, pareja de la presidenta autonómica Isabel Díaz Ayuso. Noticia Relacionada Juan Antonio Frago, abogado Apif estandar Si «El fiscal general se ha reído de todos nosotros y del Supremo» Nati Villanueva El letrado de los fiscales que piden 6 años para García Ortiz y fiscal en excedencia cree que la institución «ha tocado fondo» con élNoticia Relacionada Juan Antonio Frago, abogado Apif estandar Si «El fiscal general se ha reído de todos nosotros y del Supremo» Nati Villanueva El letrado de los fiscales que piden 6 años para García Ortiz y fiscal en excedencia cree que la institución «ha tocado fondo» con élEn su escrito de acusación, al que ha tenido acceso ABC, el ICAM sostiene, como el instructor, que el fiscal general siguió instrucciones del Gobierno cuando presuntamente filtró el correo en el que, en el marco de un acuerdo de conformidad, el letrado del novio de Ayuso reconocía que su cliente había cometido dos delitos fiscales. «Los acusados, con pleno desprecio a los principios de legalidad e imparcialidad, y con el fin de contribuir a un rédito político por razón subjetiva del justiciable y su vínculo afectivo, conocedores de una información reservada por razón de sus respectivos cargos, en aras de ‘ganar el relato’ en términos periodísticos, eran conscientes de que con los datos ofrecidos en la nota informativa, así como con la difusión del correo de 2 de febrero de 2024, estaban trascendiendo a la opinión pública elementos confidenciales sobre responsabilidad penal y autoría -conocidos por razón de sus respectivos cargos- que afectaban del pleno al derecho de defensa del afectado«, apunta el ICAM.La Abogacía madrileña denuncia que García Ortiz y Rodríguez se amparándose en el deber de informar a la opinión pública, «y con el argumento sofista de que estaban saliendo al paso de un bulo, eran conscientes que se estaba lacerando el secreto profesional, la guarda del debido secreto de los asuntos reservados conocidos por razón de su cargo y los derechos del justiciable». Añade que la filtración de ese correo de 2 de febrero de 2024 que el letrado de la pareja de Ayuso envió al fiscal e delitos económicos Julián Salto y la nota informativa difundida el 14 de marzo (un día después de la filtración) por parte de la Fiscalía «amén de perjuicios reputacionales de índole social y económica, han supuesto una merma del derecho al proceso con todas las garantías de Alberto González Amador, entre otros, el derecho a la confidencialidad derivada del secreto profesional entre abogado y cliente y con el Ministerio Fiscal en los trámites de conformidad; a un juicio justo y al derecho a la presunción de inocencia y a no autoincriminarse en el procedimiento penal seguido por presunta defraudación tributaria». Una cosa, dice, es el inicio de contactos entre la defensa y la fiscalía con el ánimo de acogerse eventualmente al instituto de la conformidad penal, conversaciones protegidas por la obligación de sigilo y reserva, y otra muy distinta es que este cauce se utilice para desdibujar tales derechos. «Resulta indudable que el conocimiento por divulgación ‘erga omnes’ de una autoinculpación conlleva la contaminación del órgano judicial en la ulterior fase de enjuiciamiento; pues tal reconocimiento pasa a tener carácter de hecho notorio. Es más, igualmente condiciona la posible conformidad en estadios más avanzados del proceso penal». El ICAM recuerda que los acusados «tenían deber de guardar secreto, no revelando información sensible – como es la atinente a hechos punibles y participación- de la que tenían conocimiento por razón de sus respectivos cargos, y que no deberían haber divulgado».Testigos propuestos En consonancia con otras acusaciones que han presentado ya sus escritos de acusación (la particular de González Amador y las populares de Manos Limpias y la asociación de fiscales APIF), la Abogacía de Madrid pide la declaración testifical en el juicio del propio querellante (González Amador) y su abogado (Carlos Neira); de los fiscales Julián Salto (delitos económicos), Almudena Lastra (fiscal superior de Madrid) y Diego Villafañe (teniente fiscal de la Secretaría Técnica; de los jefes de comunicación de la Fiscalía General y la de Madrid; así como la de cargo políticos como el exportavoz socialista en la Asamblea de Madrid Juan Lobato, la ex número dos de Óscar López en Presidencia del Gobierno Pilar Sánchez Acera, o el ex secretario de Comunicación del Gobierno Francesc Vallés.
La acusación popular que ejerce el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) en la causa abierta al fiscal general del Estado en el Tribunal Supremo solicita cuatro años de prisión para Álvaro García Ortiz y tres para su subordinada, la fiscal jefa provincial Pilar … Rodríguez, por revelación de secretos en relación con la difusión de datos reservados de Alberto González Amador, pareja de la presidenta autonómica Isabel Díaz Ayuso.
En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso ABC, el ICAM sostiene, como el instructor, que el fiscal general siguió instrucciones del Gobierno cuando presuntamente filtró el correo en el que, en el marco de un acuerdo de conformidad, el letrado del novio de Ayuso reconocía que su cliente había cometido dos delitos fiscales. «Los acusados, con pleno desprecio a los principios de legalidad e imparcialidad, y con el fin de contribuir a un rédito político por razón subjetiva del justiciable y su vínculo afectivo, conocedores de una información reservada por razón de sus respectivos cargos, en aras de ‘ganar el relato’ en términos periodísticos, eran conscientes de que con los datos ofrecidos en la nota informativa, así como con la difusión del correo de 2 de febrero de 2024, estaban trascendiendo a la opinión pública elementos confidenciales sobre responsabilidad penal y autoría -conocidos por razón de sus respectivos cargos- que afectaban del pleno al derecho de defensa del afectado«, apunta el ICAM.
La Abogacía madrileña denuncia que García Ortiz y Rodríguez se amparándose en el deber de informar a la opinión pública, «y con el argumento sofista de que estaban saliendo al paso de un bulo, eran conscientes que se estaba lacerando el secreto profesional, la guarda del debido secreto de los asuntos reservados conocidos por razón de su cargo y los derechos del justiciable».
Añade que la filtración de ese correo de 2 de febrero de 2024 que el letrado de la pareja de Ayuso envió al fiscal e delitos económicos Julián Salto y la nota informativa difundida el 14 de marzo (un día después de la filtración) por parte de la Fiscalía «amén de perjuicios reputacionales de índole social y económica, han supuesto una merma del derecho al proceso con todas las garantías de Alberto González Amador, entre otros, el derecho a la confidencialidad derivada del secreto profesional entre abogado y cliente y con el Ministerio Fiscal en los trámites de conformidad; a un juicio justo y al derecho a la presunción de inocencia y a no autoincriminarse en el procedimiento penal seguido por presunta defraudación tributaria».
Una cosa, dice, es el inicio de contactos entre la defensa y la fiscalía con el ánimo de acogerse eventualmente al instituto de la conformidad penal, conversaciones protegidas por la obligación de sigilo y reserva, y otra muy distinta es que este cauce se utilice para desdibujar tales derechos. «Resulta indudable que el conocimiento por divulgación ‘erga omnes’ de una autoinculpación conlleva la contaminación del órgano judicial en la ulterior fase de enjuiciamiento; pues tal reconocimiento pasa a tener carácter de hecho notorio. Es más, igualmente condiciona la posible conformidad en estadios más avanzados del proceso penal».
El ICAM recuerda que los acusados «tenían deber de guardar secreto, no revelando información sensible – como es la atinente a hechos punibles y participación- de la que tenían conocimiento por razón de sus respectivos cargos, y que no deberían haber divulgado».
Testigos propuestos
En consonancia con otras acusaciones que han presentado ya sus escritos de acusación (la particular de González Amador y las populares de Manos Limpias y la asociación de fiscales APIF), la Abogacía de Madrid pide la declaración testifical en el juicio del propio querellante (González Amador) y su abogado (Carlos Neira); de los fiscales Julián Salto (delitos económicos), Almudena Lastra (fiscal superior de Madrid) y Diego Villafañe (teniente fiscal de la Secretaría Técnica; de los jefes de comunicación de la Fiscalía General y la de Madrid; así como la de cargo políticos como el exportavoz socialista en la Asamblea de Madrid Juan Lobato, la ex número dos de Óscar López en Presidencia del Gobierno Pilar Sánchez Acera, o el ex secretario de Comunicación del Gobierno Francesc Vallés.
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