La Audiencia de Valencia ha ordenado a la Plaza 15 de Instrucción del Tribunal de Instancia abrir juicio oral contra la exvicepresidenta de la Generalitat Mónica Oltra y otros doce investigados por la gestión que hicieron de los abusos sexuales a una menor tutelada de 14 años cometidos por el exmarido de la entonces dirigente de Compromís. El órgano superior corrige de nuevo al juez, a la magistrada que le sustituyó y al fiscal que investigaron durante más de dos años el caso que llevó a dimitir a Oltra y que abogaron por archivar el procedimiento alegando que no había indicios de delito. Este paso supone la confirmación de que, a la espera de la apertura formal de la vista oral y de que se fije fecha, los trece imputados deberán sentarse en el banquillo.«Si existe probabilidad de que los hechos puedan ser apreciados como subsumibles en una conducta, por acción u omisión, valorable razonablemente por las partes acusadoras como delictiva, aun cuando el magistrado instructor no comparta tal valoración, no puede negar a las acusaciones, que han formulado escrito de acusación (…) la apertura del juicio oral, porque es lo que procede en derecho», precisa la Sección Cuarta de la Audiencia en un auto firme de setenta páginas, fechado el 23 de febrero y consultado por ABC.MÁS INFORMACIÓN noticia Si Ratifican el archivo de la causa contra Oltra y la decisión de abrir juicio queda en manos de la Audiencia de ValenciaEl escrito vuelve a desestimar el archivo de las actuaciones al estimar parcialmente los recursos presentados por las acusaciones populares de Vox y Gobierna-te y por la particular que ejerce la víctima. Al mismo tiempo, el tribunal confirme el sobreseimiento para otras cinco personas, ya que no se ha dirigido acusación contra ellas.Los tres magistrados concluyen que los hechos indiciariamente acreditados por el instructor en su auto de 21 de junio de 2024, que reproduce, «son incompatibles con el sobreseimiento provisional, y además incongruentes con la denegación de apertura de juicio oral». Se refieren a la resolución en la que el juez procesó a los investigados -«por imperativo legal», como único fundamento jurídico- justo un día después de que la Audiencia le obligara a reabrir la causa que había decidido archivar.Los abusos se produjeron entre 2016 y 2017 cuando el marido de Oltra, que cumple una peña de cinco años de cárcel, trabajaba como educador en un centro concertado de Valencia. Así, por ejemplo, señala el hecho de que la Conselleria no comunicara los presuntos abusos a la Fiscalía de Menores, lo que la Audiencia califica como «silencio» y «omisión» muy importantes. «La Conselleria, como ‘tutora’ de la menor, tenía, como tal, las obligaciones de garante de la menor que tal tutela le confería, y la obligación de haber puesto los hechos en conocimiento de la Fiscalía de Menores, sin perjuicio de alegar ante ella su valoración de la inocuidad de los mismos. Solo la Fiscal de Menores estaba llamada a valorarlo. No se hizo», afirman los magistrados.En este sentido, relatan en la resolución que fue «por orden de la Fiscalía de Menores», que la niña «fuese sacada» del centro de acogida dependiente de la Conselleria donde se encontraba, «donde aún trabajaba en horario nocturno el educador denunciado».A juicio de la Audiencia, el propio relato de hechos consignado en su auto de sobreseimiento provisional por el magistrado instructor «lo que declara acreditada es la efectiva dilación de las labores de investigación de la Fiscalía por el cumplimiento torpe e inefectivo por los encausados de los requerimientos emitidos por ésta». «Desatención reiterada y repetida a ordenes directas de la Fiscalía de Menores, principal y último garante, según la ley, de los derechos de los menores», abunda la Sala.La Audiencia señala que la causa se ve abocada a juicio por el «informe reservado» de la Conselleria «paralelo» a la investigación judicialSegún el Tribunal, cuando esos requerimientos se atendieron, «era ya imposible silenciar las denuncias de la menor», por lo que «no es irracional que dichas conductas omisivas o renuentes puedan ser valoradas por las acusaciones como un ilícito penal». Otro de los indicios que destaca la Audiencia Provincial para entender que la causa debe verse abocada a juicio es la decisión de la Conselleria de realizar un «expediente paralelo» a la investigación judicial, «un informe reservado».En definitiva, para los magistrados, «los hechos objeto de las acusaciones en este caso, que son a su vez básicamente los descritos por el propio magistrado instructor en su inmediatamente anterior auto de PA, ni constituyen una criminalización aberrante de hechos inocuos, ni se aprecian por este Tribunal como de improsperable sostenimiento en acusación de las personas que, indiciariamente, los verificaron, u omitieron verificarlos».El pasado 18 de diciembre, el Juzgado de Instrucción 15 y la Fiscalía siguieron la línea de la anterior resolución fechada de junio, al señalar que «no existe absolutamente ningún indicio de que cualquiera de los acusados haya llevado a cabo hechos penalmente relevantes». Se basó entonces la decisión en que las acusaciones «se basan en meras conjeturas o sospechas, no susceptibles de convertirse en prueba de cargo alguna». «Estimo que nadie debe ser juzgado sin que exista un solo indicio racional de criminalidad contra el mismo», llegó a aseverar. La acusaciones volvieron a recurrir a la Audiencia y, ahora, el tribunal ordena la apertura de juicio.Mónica Oltra -entonces responsable de la política de menores autonómica- dimitió en junio de 2022 y actualmente ejerce como abogada. El resto de investigados son miembros del gabinete o cargos de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, además de dos trabajadoras del centro Niño Jesús de Valencia en el que ocurrieron los abusos perpetrados por Luis Ramírez Icardi.Las acusaciones les atribuyen los presuntos delitos de encubrimiento, abandono de menores, prevaricación, malversación, contra la integridad moral u omisión del deber de perseguir ilícitos, por los que les reclaman penas de hasta seis años de cárcel y diez de inhabilitación absoluta para Oltra. Al respecto, la Audiencia entiende que algunas de estas «subsunciones jurídicas» pueda resultar «redundante» (…) es un dato que «corresponderá deslindarse, en su caso, por el juez o tribunal que conozca del fondo del asunto y excede del presente momento procesal».Posible regreso a la políticaDurante las últimas semanas, en clave política y al margen de la citada investigación, se ha especulado con la posibilidad del retorno de Oltra a primera línea como candidata de Compromís a la Alcaldía de Valencia, ofrecimiento que hasta este momento no se ha producido de manera oficial. De hecho, en una encuesta interna encargada y facilitada por la formación nacionalista, se rescata la figura de la exvicepresidenta para comparar su percepción ciudadana con la de Joan Baldoví, dándole ventaja al actual síndic en las Cortes Valencianas. También se llegó a vincular su regreso a una eventual lista en Valencia del partido Ens Uneix que encabeza el exsocialista y alcalde de Ontinyent, Jorge Rodríguez.ReaccionesEl síndic de Compromís en Las Cortes Valencianas, Joan Baldoví, ha lamentado que continúe «la cacería política» contra Mónica Oltra, por la que pone «la mano en el fuego». También ha asegurado que siempre tendrá «las puertas abiertas» en la coalición valencianista «al margen de cualquier tipo» de proceso judicial.Asimismo, los dos diputados de Compromís en el Congreso Águeda Micó, adscrita al Grupo Mixto, y Alberto Ibáñez, integrante de Sumar, han unido este martes sus voces para denunciar lo que consideran una «persecución judicial» contra la exvicepresidenta valenciana y han insistido en que «no hay caso».Por su parte, preguntado por si la apertura de juicio deja fuera a una candidata importante para las elecciones autonómicas de 2027, el presidente de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca , ha respondido: «Lo que sí que puedo decir es que en mi partido sí se quedaría fuera. En los partidos de la izquierda nunca se sabe. Fíjese en Extremadura. El candidato que había puesto el Partido Socialista se tenía que sentar en el banquillo de los acusados». La Audiencia de Valencia ha ordenado a la Plaza 15 de Instrucción del Tribunal de Instancia abrir juicio oral contra la exvicepresidenta de la Generalitat Mónica Oltra y otros doce investigados por la gestión que hicieron de los abusos sexuales a una menor tutelada de 14 años cometidos por el exmarido de la entonces dirigente de Compromís. El órgano superior corrige de nuevo al juez, a la magistrada que le sustituyó y al fiscal que investigaron durante más de dos años el caso que llevó a dimitir a Oltra y que abogaron por archivar el procedimiento alegando que no había indicios de delito. Este paso supone la confirmación de que, a la espera de la apertura formal de la vista oral y de que se fije fecha, los trece imputados deberán sentarse en el banquillo.«Si existe probabilidad de que los hechos puedan ser apreciados como subsumibles en una conducta, por acción u omisión, valorable razonablemente por las partes acusadoras como delictiva, aun cuando el magistrado instructor no comparta tal valoración, no puede negar a las acusaciones, que han formulado escrito de acusación (…) la apertura del juicio oral, porque es lo que procede en derecho», precisa la Sección Cuarta de la Audiencia en un auto firme de setenta páginas, fechado el 23 de febrero y consultado por ABC.MÁS INFORMACIÓN noticia Si Ratifican el archivo de la causa contra Oltra y la decisión de abrir juicio queda en manos de la Audiencia de ValenciaEl escrito vuelve a desestimar el archivo de las actuaciones al estimar parcialmente los recursos presentados por las acusaciones populares de Vox y Gobierna-te y por la particular que ejerce la víctima. Al mismo tiempo, el tribunal confirme el sobreseimiento para otras cinco personas, ya que no se ha dirigido acusación contra ellas.Los tres magistrados concluyen que los hechos indiciariamente acreditados por el instructor en su auto de 21 de junio de 2024, que reproduce, «son incompatibles con el sobreseimiento provisional, y además incongruentes con la denegación de apertura de juicio oral». Se refieren a la resolución en la que el juez procesó a los investigados -«por imperativo legal», como único fundamento jurídico- justo un día después de que la Audiencia le obligara a reabrir la causa que había decidido archivar.Los abusos se produjeron entre 2016 y 2017 cuando el marido de Oltra, que cumple una peña de cinco años de cárcel, trabajaba como educador en un centro concertado de Valencia. Así, por ejemplo, señala el hecho de que la Conselleria no comunicara los presuntos abusos a la Fiscalía de Menores, lo que la Audiencia califica como «silencio» y «omisión» muy importantes. «La Conselleria, como ‘tutora’ de la menor, tenía, como tal, las obligaciones de garante de la menor que tal tutela le confería, y la obligación de haber puesto los hechos en conocimiento de la Fiscalía de Menores, sin perjuicio de alegar ante ella su valoración de la inocuidad de los mismos. Solo la Fiscal de Menores estaba llamada a valorarlo. No se hizo», afirman los magistrados.En este sentido, relatan en la resolución que fue «por orden de la Fiscalía de Menores», que la niña «fuese sacada» del centro de acogida dependiente de la Conselleria donde se encontraba, «donde aún trabajaba en horario nocturno el educador denunciado».A juicio de la Audiencia, el propio relato de hechos consignado en su auto de sobreseimiento provisional por el magistrado instructor «lo que declara acreditada es la efectiva dilación de las labores de investigación de la Fiscalía por el cumplimiento torpe e inefectivo por los encausados de los requerimientos emitidos por ésta». «Desatención reiterada y repetida a ordenes directas de la Fiscalía de Menores, principal y último garante, según la ley, de los derechos de los menores», abunda la Sala.La Audiencia señala que la causa se ve abocada a juicio por el «informe reservado» de la Conselleria «paralelo» a la investigación judicialSegún el Tribunal, cuando esos requerimientos se atendieron, «era ya imposible silenciar las denuncias de la menor», por lo que «no es irracional que dichas conductas omisivas o renuentes puedan ser valoradas por las acusaciones como un ilícito penal». Otro de los indicios que destaca la Audiencia Provincial para entender que la causa debe verse abocada a juicio es la decisión de la Conselleria de realizar un «expediente paralelo» a la investigación judicial, «un informe reservado».En definitiva, para los magistrados, «los hechos objeto de las acusaciones en este caso, que son a su vez básicamente los descritos por el propio magistrado instructor en su inmediatamente anterior auto de PA, ni constituyen una criminalización aberrante de hechos inocuos, ni se aprecian por este Tribunal como de improsperable sostenimiento en acusación de las personas que, indiciariamente, los verificaron, u omitieron verificarlos».El pasado 18 de diciembre, el Juzgado de Instrucción 15 y la Fiscalía siguieron la línea de la anterior resolución fechada de junio, al señalar que «no existe absolutamente ningún indicio de que cualquiera de los acusados haya llevado a cabo hechos penalmente relevantes». Se basó entonces la decisión en que las acusaciones «se basan en meras conjeturas o sospechas, no susceptibles de convertirse en prueba de cargo alguna». «Estimo que nadie debe ser juzgado sin que exista un solo indicio racional de criminalidad contra el mismo», llegó a aseverar. La acusaciones volvieron a recurrir a la Audiencia y, ahora, el tribunal ordena la apertura de juicio.Mónica Oltra -entonces responsable de la política de menores autonómica- dimitió en junio de 2022 y actualmente ejerce como abogada. El resto de investigados son miembros del gabinete o cargos de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, además de dos trabajadoras del centro Niño Jesús de Valencia en el que ocurrieron los abusos perpetrados por Luis Ramírez Icardi.Las acusaciones les atribuyen los presuntos delitos de encubrimiento, abandono de menores, prevaricación, malversación, contra la integridad moral u omisión del deber de perseguir ilícitos, por los que les reclaman penas de hasta seis años de cárcel y diez de inhabilitación absoluta para Oltra. Al respecto, la Audiencia entiende que algunas de estas «subsunciones jurídicas» pueda resultar «redundante» (…) es un dato que «corresponderá deslindarse, en su caso, por el juez o tribunal que conozca del fondo del asunto y excede del presente momento procesal».Posible regreso a la políticaDurante las últimas semanas, en clave política y al margen de la citada investigación, se ha especulado con la posibilidad del retorno de Oltra a primera línea como candidata de Compromís a la Alcaldía de Valencia, ofrecimiento que hasta este momento no se ha producido de manera oficial. De hecho, en una encuesta interna encargada y facilitada por la formación nacionalista, se rescata la figura de la exvicepresidenta para comparar su percepción ciudadana con la de Joan Baldoví, dándole ventaja al actual síndic en las Cortes Valencianas. También se llegó a vincular su regreso a una eventual lista en Valencia del partido Ens Uneix que encabeza el exsocialista y alcalde de Ontinyent, Jorge Rodríguez.ReaccionesEl síndic de Compromís en Las Cortes Valencianas, Joan Baldoví, ha lamentado que continúe «la cacería política» contra Mónica Oltra, por la que pone «la mano en el fuego». También ha asegurado que siempre tendrá «las puertas abiertas» en la coalición valencianista «al margen de cualquier tipo» de proceso judicial.Asimismo, los dos diputados de Compromís en el Congreso Águeda Micó, adscrita al Grupo Mixto, y Alberto Ibáñez, integrante de Sumar, han unido este martes sus voces para denunciar lo que consideran una «persecución judicial» contra la exvicepresidenta valenciana y han insistido en que «no hay caso».Por su parte, preguntado por si la apertura de juicio deja fuera a una candidata importante para las elecciones autonómicas de 2027, el presidente de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca , ha respondido: «Lo que sí que puedo decir es que en mi partido sí se quedaría fuera. En los partidos de la izquierda nunca se sabe. Fíjese en Extremadura. El candidato que había puesto el Partido Socialista se tenía que sentar en el banquillo de los acusados».
La Audiencia de Valencia ha ordenado a la Plaza 15 de Instrucción del Tribunal de Instancia abrir juicio oral contra la exvicepresidenta de la Generalitat Mónica Oltra y otros doce investigados por la gestión que hicieron de los abusos sexuales a una menor … tutelada de 14 años cometidos por el exmarido de la entonces dirigente de Compromís.
El órgano superior corrige de nuevo al juez, a la magistrada que le sustituyó y al fiscal que investigaron durante más de dos años el caso que llevó a dimitir a Oltra y que abogaron por archivar el procedimiento alegando que no había indicios de delito. Este paso supone la confirmación de que, a la espera de la apertura formal de la vista oral y de que se fije fecha, los trece imputados deberán sentarse en el banquillo.
«Si existe probabilidad de que los hechos puedan ser apreciados como subsumibles en una conducta, por acción u omisión, valorable razonablemente por las partes acusadoras como delictiva, aun cuando el magistrado instructor no comparta tal valoración, no puede negar a las acusaciones, que han formulado escrito de acusación (…) la apertura del juicio oral, porque es lo que procede en derecho», precisa la Sección Cuarta de la Audiencia en un auto firme de setenta páginas, fechado el 23 de febrero y consultado por ABC.
El escrito vuelve a desestimar el archivo de las actuaciones al estimar parcialmente los recursos presentados por las acusaciones populares de Vox y Gobierna-te y por la particular que ejerce la víctima. Al mismo tiempo, el tribunal confirme el sobreseimiento para otras cinco personas, ya que no se ha dirigido acusación contra ellas.
Los tres magistrados concluyen que los hechos indiciariamente acreditados por el instructor en su auto de 21 de junio de 2024, que reproduce, «son incompatibles con el sobreseimiento provisional, y además incongruentes con la denegación de apertura de juicio oral». Se refieren a la resolución en la que el juez procesó a los investigados -«por imperativo legal», como único fundamento jurídico- justo un día después de que la Audiencia le obligara a reabrir la causa que había decidido archivar.
Los abusos se produjeron entre 2016 y 2017 cuando el marido de Oltra, que cumple una peña de cinco años de cárcel, trabajaba como educador en un centro concertado de Valencia.
Así, por ejemplo, señala el hecho de que la Conselleria no comunicara los presuntos abusos a la Fiscalía de Menores, lo que la Audiencia califica como «silencio» y «omisión» muy importantes. «La Conselleria, como ‘tutora’ de la menor, tenía, como tal, las obligaciones de garante de la menor que tal tutela le confería, y la obligación de haber puesto los hechos en conocimiento de la Fiscalía de Menores, sin perjuicio de alegar ante ella su valoración de la inocuidad de los mismos. Solo la Fiscal de Menores estaba llamada a valorarlo. No se hizo», afirman los magistrados.
En este sentido, relatan en la resolución que fue «por orden de la Fiscalía de Menores», que la niña «fuese sacada» del centro de acogida dependiente de la Conselleria donde se encontraba, «donde aún trabajaba en horario nocturno el educador denunciado».
A juicio de la Audiencia, el propio relato de hechos consignado en su auto de sobreseimiento provisional por el magistrado instructor «lo que declara acreditada es la efectiva dilación de las labores de investigación de la Fiscalía por el cumplimiento torpe e inefectivo por los encausados de los requerimientos emitidos por ésta». «Desatención reiterada y repetida a ordenes directas de la Fiscalía de Menores, principal y último garante, según la ley, de los derechos de los menores», abunda la Sala.
La Audiencia señala que la causa se ve abocada a juicio por el «informe reservado» de la Conselleria «paralelo» a la investigación judicial
Según el Tribunal, cuando esos requerimientos se atendieron, «era ya imposible silenciar las denuncias de la menor», por lo que «no es irracional que dichas conductas omisivas o renuentes puedan ser valoradas por las acusaciones como un ilícito penal». Otro de los indicios que destaca la Audiencia Provincial para entender que la causa debe verse abocada a juicio es la decisión de la Conselleria de realizar un «expediente paralelo» a la investigación judicial, «un informe reservado».
En definitiva, para los magistrados, «los hechos objeto de las acusaciones en este caso, que son a su vez básicamente los descritos por el propio magistrado instructor en su inmediatamente anterior auto de PA, ni constituyen una criminalización aberrante de hechos inocuos, ni se aprecian por este Tribunal como de improsperable sostenimiento en acusación de las personas que, indiciariamente, los verificaron, u omitieron verificarlos».
El pasado 18 de diciembre, el Juzgado de Instrucción 15 y la Fiscalía siguieron la línea de la anterior resolución fechada de junio, al señalar que «no existe absolutamente ningún indicio de que cualquiera de los acusados haya llevado a cabo hechos penalmente relevantes». Se basó entonces la decisión en que las acusaciones «se basan en meras conjeturas o sospechas, no susceptibles de convertirse en prueba de cargo alguna». «Estimo que nadie debe ser juzgado sin que exista un solo indicio racional de criminalidad contra el mismo», llegó a aseverar. La acusaciones volvieron a recurrir a la Audiencia y, ahora, el tribunal ordena la apertura de juicio.
Mónica Oltra -entonces responsable de la política de menores autonómica- dimitió en junio de 2022 y actualmente ejerce como abogada. El resto de investigados son miembros del gabinete o cargos de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, además de dos trabajadoras del centro Niño Jesús de Valencia en el que ocurrieron los abusos perpetrados por Luis Ramírez Icardi.
Las acusaciones les atribuyen los presuntos delitos de encubrimiento, abandono de menores, prevaricación, malversación, contra la integridad moral u omisión del deber de perseguir ilícitos, por los que les reclaman penas de hasta seis años de cárcel y diez de inhabilitación absoluta para Oltra.
Al respecto, la Audiencia entiende que algunas de estas «subsunciones jurídicas» pueda resultar «redundante» (…) es un dato que «corresponderá deslindarse, en su caso, por el juez o tribunal que conozca del fondo del asunto y excede del presente momento procesal».
Posible regreso a la política
Durante las últimas semanas, en clave política y al margen de la citada investigación, se ha especulado con la posibilidad del retorno de Oltra a primera línea como candidata de Compromís a la Alcaldía de Valencia, ofrecimiento que hasta este momento no se ha producido de manera oficial.
De hecho, en una encuesta interna encargada y facilitada por la formación nacionalista, se rescata la figura de la exvicepresidenta para comparar su percepción ciudadana con la de Joan Baldoví, dándole ventaja al actual síndic en las Cortes Valencianas. También se llegó a vincular su regreso a una eventual lista en Valencia del partido Ens Uneix que encabeza el exsocialista y alcalde de Ontinyent, Jorge Rodríguez.
Reacciones
El síndic de Compromís en Las Cortes Valencianas, Joan Baldoví, ha lamentado que continúe «la cacería política» contra Mónica Oltra, por la que pone «la mano en el fuego». También ha asegurado que siempre tendrá «las puertas abiertas» en la coalición valencianista «al margen de cualquier tipo» de proceso judicial.
Asimismo, los dos diputados de Compromís en el Congreso Águeda Micó, adscrita al Grupo Mixto, y Alberto Ibáñez, integrante de Sumar, han unido este martes sus voces para denunciar lo que consideran una «persecución judicial» contra la exvicepresidenta valenciana y han insistido en que «no hay caso».
Por su parte, preguntado por si la apertura de juicio deja fuera a una candidata importante para las elecciones autonómicas de 2027, el presidente de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, ha respondido: «Lo que sí que puedo decir es que en mi partido sí se quedaría fuera. En los partidos de la izquierda nunca se sabe. Fíjese en Extremadura. El candidato que había puesto el Partido Socialista se tenía que sentar en el banquillo de los acusados».
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