La Justicia ha dado la razón a la Comunidad de Madrid en su demanda contra RTVE y su presidente, José Pablo López, al considerar que la televisión pública difundió una información «tendenciosa y no ajustada a la verdad» sobre el Gobierno regional en el programa ‘Mañaneros’, presentado por Javier Ruiz.La sentencia, dictada por el Tribunal de Instancia de Madrid número 72, estima íntegramente la demanda interpuesta por el Ejecutivo autonómico y concluye que los contenidos emitidos el pasado mes de diciembre vulneraron el derecho de rectificación de la Administración madrileña. En consecuencia, el fallo obliga a RTVE a emitir una rectificación completa , «íntegramente sin comentarios ni apostillas», en el mismo espacio televisivo en el que se difundió la información objeto de controversia.El origen del conflicto se sitúa en una pieza informativa emitida en ‘Mañaneros’ en la que se relacionaba la concesión de una subvención anual al Colegio de Abogados de Madrid y su centro universitario, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid, relacionadas ambas en el programa con el juicio en el Tribunal Supremo donde fue condenado el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. «Exigimos la inmediata rectificación de la información publicada por su medio de comunicación por tendenciosa y por no ajustarse a la verdad, reservándonos el derecho a emprender las acciones que pudieran correspondernos en defensa de la institución de la Comunidad de Madrid», advirtió el consejero de Presidencia y portavoz del Gobierno regional, Miguel Ángel García, en una carta que envió al director de ‘Mañaneros’ en ese mismo mes. Noticia relacionada No No Ayuso acusa a Sánchez de «castigar y desprestigiar» a Madrid, «motor económico de España por méritos propios» Mariano Calleja«En relación con la información emitida hoy en su programa relativa al abono de una subvención al Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid en el contexto de la denuncia, juicio y condena al fiscal general del Estado, paso a realizarles las siguientes consideraciones», señaló el consejero en su carta. «La Comunidad de Madrid cumple la obligación legal reflejada en el artículo 119 de la Constitución Español del derecho a la asistencia jurídica gratuita. La propia Ley que regula este mandato constitucional recoge que son las comunidades autónomas quienes asumen en el ejercicio de sus competencias la financiación de este servicio y corresponde a los colegios profesionales de la Abogacía y Procura su organización y prestación».La resolución judicial subraya que la rectificación deberá emitirse en un plazo máximo de tres días desde la notificación de la sentencia, respetando además las condiciones de relevancia y horario de la información original. Es decir, deberá difundirse en el mismo tramo del programa y con una visibilidad equivalente, con el objetivo de garantizar que alcance a una audiencia similar a la que recibió la noticia inicial.En el programa se vinculaba una subvención del Gobierno autonómico al Colegio de Abogados de Madrid Asimismo, el fallo condena a los demandados al pago de las costas procesales, lo que refuerza la contundencia de la decisión judicial y respalda la posición de la Comunidad de Madrid en defensa de su derecho a la rectificación frente a informaciones consideradas inexactas o sesgadas.Este pronunciamiento judicial supone un nuevo episodio en las tensiones entre el Gobierno regional y la televisión pública, en un contexto marcado por el debate sobre la neutralidad informativa y el tratamiento de asuntos políticos en los medios de comunicación públicos. La sentencia incide en la obligación de estos de garantizar la veracidad y el rigor informativo, especialmente cuando se trata de informaciones que afectan a instituciones públicas. La Justicia ha dado la razón a la Comunidad de Madrid en su demanda contra RTVE y su presidente, José Pablo López, al considerar que la televisión pública difundió una información «tendenciosa y no ajustada a la verdad» sobre el Gobierno regional en el programa ‘Mañaneros’, presentado por Javier Ruiz.La sentencia, dictada por el Tribunal de Instancia de Madrid número 72, estima íntegramente la demanda interpuesta por el Ejecutivo autonómico y concluye que los contenidos emitidos el pasado mes de diciembre vulneraron el derecho de rectificación de la Administración madrileña. En consecuencia, el fallo obliga a RTVE a emitir una rectificación completa , «íntegramente sin comentarios ni apostillas», en el mismo espacio televisivo en el que se difundió la información objeto de controversia.El origen del conflicto se sitúa en una pieza informativa emitida en ‘Mañaneros’ en la que se relacionaba la concesión de una subvención anual al Colegio de Abogados de Madrid y su centro universitario, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid, relacionadas ambas en el programa con el juicio en el Tribunal Supremo donde fue condenado el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. «Exigimos la inmediata rectificación de la información publicada por su medio de comunicación por tendenciosa y por no ajustarse a la verdad, reservándonos el derecho a emprender las acciones que pudieran correspondernos en defensa de la institución de la Comunidad de Madrid», advirtió el consejero de Presidencia y portavoz del Gobierno regional, Miguel Ángel García, en una carta que envió al director de ‘Mañaneros’ en ese mismo mes. Noticia relacionada No No Ayuso acusa a Sánchez de «castigar y desprestigiar» a Madrid, «motor económico de España por méritos propios» Mariano Calleja«En relación con la información emitida hoy en su programa relativa al abono de una subvención al Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid en el contexto de la denuncia, juicio y condena al fiscal general del Estado, paso a realizarles las siguientes consideraciones», señaló el consejero en su carta. «La Comunidad de Madrid cumple la obligación legal reflejada en el artículo 119 de la Constitución Español del derecho a la asistencia jurídica gratuita. La propia Ley que regula este mandato constitucional recoge que son las comunidades autónomas quienes asumen en el ejercicio de sus competencias la financiación de este servicio y corresponde a los colegios profesionales de la Abogacía y Procura su organización y prestación».La resolución judicial subraya que la rectificación deberá emitirse en un plazo máximo de tres días desde la notificación de la sentencia, respetando además las condiciones de relevancia y horario de la información original. Es decir, deberá difundirse en el mismo tramo del programa y con una visibilidad equivalente, con el objetivo de garantizar que alcance a una audiencia similar a la que recibió la noticia inicial.En el programa se vinculaba una subvención del Gobierno autonómico al Colegio de Abogados de Madrid Asimismo, el fallo condena a los demandados al pago de las costas procesales, lo que refuerza la contundencia de la decisión judicial y respalda la posición de la Comunidad de Madrid en defensa de su derecho a la rectificación frente a informaciones consideradas inexactas o sesgadas.Este pronunciamiento judicial supone un nuevo episodio en las tensiones entre el Gobierno regional y la televisión pública, en un contexto marcado por el debate sobre la neutralidad informativa y el tratamiento de asuntos políticos en los medios de comunicación públicos. La sentencia incide en la obligación de estos de garantizar la veracidad y el rigor informativo, especialmente cuando se trata de informaciones que afectan a instituciones públicas.
La Justicia ha dado la razón a la Comunidad de Madrid en su demanda contra RTVE y su presidente, José Pablo López, al considerar que la televisión pública difundió una información «tendenciosa y no ajustada a la verdad» sobre el Gobierno regional en el programa … Mañaneros, presentado por Javier Ruiz.
La sentencia, dictada por el Tribunal de Instancia de Madrid número 72, estima íntegramente la demanda interpuesta por el Ejecutivo autonómico y concluye que los contenidos emitidos el pasado mes de diciembre vulneraron el derecho de rectificación de la Administración madrileña. En consecuencia, el fallo obliga a RTVE a emitir una rectificación completa, «íntegramente sin comentarios ni apostillas», en el mismo espacio televisivo en el que se difundió la información objeto de controversia.
El origen del conflicto se sitúa en una pieza informativa emitida en Mañaneros en la que se relacionaba la concesión de una subvención anual al Colegio de Abogados de Madrid y su centro universitario, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid, relacionadas ambas en el programa con el juicio en el Tribunal Supremo donde fue condenado el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. «Exigimos la inmediata rectificación de la información publicada por su medio de comunicación por tendenciosa y por no ajustarse a la verdad, reservándonos el derecho a emprender las acciones que pudieran correspondernos en defensa de la institución de la Comunidad de Madrid», advirtió el consejero de Presidencia y portavoz del Gobierno regional, Miguel Ángel García, en una carta que envió al director de ‘Mañaneros’ en ese mismo mes.
«En relación con la información emitida hoy en su programa relativa al abono de una subvención al Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid en el contexto de la denuncia, juicio y condena al fiscal general del Estado, paso a realizarles las siguientes consideraciones», señaló el consejero en su carta. «La Comunidad de Madrid cumple la obligación legal reflejada en el artículo 119 de la Constitución Español del derecho a la asistencia jurídica gratuita. La propia Ley que regula este mandato constitucional recoge que son las comunidades autónomas quienes asumen en el ejercicio de sus competencias la financiación de este servicio y corresponde a los colegios profesionales de la Abogacía y Procura su organización y prestación».
La resolución judicial subraya que la rectificación deberá emitirse en un plazo máximo de tres días desde la notificación de la sentencia, respetando además las condiciones de relevancia y horario de la información original. Es decir, deberá difundirse en el mismo tramo del programa y con una visibilidad equivalente, con el objetivo de garantizar que alcance a una audiencia similar a la que recibió la noticia inicial.
Asimismo, el fallo condena a los demandados al pago de las costas procesales, lo que refuerza la contundencia de la decisión judicial y respalda la posición de la Comunidad de Madrid en defensa de su derecho a la rectificación frente a informaciones consideradas inexactas o sesgadas.
Este pronunciamiento judicial supone un nuevo episodio en las tensiones entre el Gobierno regional y la televisión pública, en un contexto marcado por el debate sobre la neutralidad informativa y el tratamiento de asuntos políticos en los medios de comunicación públicos. La sentencia incide en la obligación de estos de garantizar la veracidad y el rigor informativo, especialmente cuando se trata de informaciones que afectan a instituciones públicas.
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