La mayoría progresista del Tribunal Constitucional se ha vuelto a alinear este martes con la ponencia de la número dos de Cándido Conde-Pumpido que respalda la aprobación de una ley de amnistía aun cuando la Constitución no la contempla. Lo ha hecho durante la segunda sesión del pleno monográfico que se está celebrando esta semana y que esta mañana ha abordado si la Carta Magna permite una amnistía en abstracto. Fuentes del tribunal aseguran que magistrados del bloque que lidera el presidente, y que en este pleno cuenta con seis magistrados frente a los cuatro del grupo conservador, han defendido que lo que la Constitución no prohíbe de forma explícita es susceptible de ser regulado por el Parlamento, un argumento que no convencía a constitucionalistas consultados en los últimos meses por este diario, pues hay cuestiones que no están prohibidas de forma explícita y no por ello se pueden regular por ley. A ello se suma que la Carta Magna prohíbe los indultos generales, con lo que, con mayor motivo, se entiende que también la amnistía.Lo de «todo lo que no está prohibido está permitido rige para los ciudadanos, pero no para los poderes públicos, para los que rige precisamente el principio contrario. No solo no pueden hacer lo que está prohibido, sino que solo pueden hacer lo que está permitido. Lo que están haciendo es desnormativizar la Constitución, que no opere como un límite al poder. Por eso esa noción de Constitución abierta es un poco peligroso», advertía en estas líneas el catedrático Javier Tajadura. En su ponencia la vicepresidenta Montalbán diferencia precisamente entre el indulto y la amnistía para responder a la expresa prohibición de los indultos generales a la que alude el PP en su recurso. «Al tratarse de instituciones diferentes, la inconstitucionalidad de una ley de amnistía no puede fundamentarse en la prohibición de los indultos generales que contiene el artículo 62 de la Constitución». Sostiene que el hecho de que se rechazara «constitucionalizar» la amnistía «solo puede significar que la Carta Magna quiere guardar silencio al respecto». Y el «silencio constitucional, por si solo, no equivale a la prohibición de una institución», dice. Será el legislador el que, con la libertad de configuración que le es propia, «la incorpore a nuestro ordenamiento jurídico y acometa su regulación sin más límites que los que se derivan de la norma fundamental. De otro modo, se estaría privando a la mayoría parlamentaria de opciones legislativas que no le han sido sustraídas por decisión del constituyente, lo que conllevaría (…) la infracción del principio democrático, eje vertebrador de nuestro sistema constitucional». La mayoría progresista del Tribunal Constitucional se ha vuelto a alinear este martes con la ponencia de la número dos de Cándido Conde-Pumpido que respalda la aprobación de una ley de amnistía aun cuando la Constitución no la contempla. Lo ha hecho durante la segunda sesión del pleno monográfico que se está celebrando esta semana y que esta mañana ha abordado si la Carta Magna permite una amnistía en abstracto. Fuentes del tribunal aseguran que magistrados del bloque que lidera el presidente, y que en este pleno cuenta con seis magistrados frente a los cuatro del grupo conservador, han defendido que lo que la Constitución no prohíbe de forma explícita es susceptible de ser regulado por el Parlamento, un argumento que no convencía a constitucionalistas consultados en los últimos meses por este diario, pues hay cuestiones que no están prohibidas de forma explícita y no por ello se pueden regular por ley. A ello se suma que la Carta Magna prohíbe los indultos generales, con lo que, con mayor motivo, se entiende que también la amnistía.Lo de «todo lo que no está prohibido está permitido rige para los ciudadanos, pero no para los poderes públicos, para los que rige precisamente el principio contrario. No solo no pueden hacer lo que está prohibido, sino que solo pueden hacer lo que está permitido. Lo que están haciendo es desnormativizar la Constitución, que no opere como un límite al poder. Por eso esa noción de Constitución abierta es un poco peligroso», advertía en estas líneas el catedrático Javier Tajadura. En su ponencia la vicepresidenta Montalbán diferencia precisamente entre el indulto y la amnistía para responder a la expresa prohibición de los indultos generales a la que alude el PP en su recurso. «Al tratarse de instituciones diferentes, la inconstitucionalidad de una ley de amnistía no puede fundamentarse en la prohibición de los indultos generales que contiene el artículo 62 de la Constitución». Sostiene que el hecho de que se rechazara «constitucionalizar» la amnistía «solo puede significar que la Carta Magna quiere guardar silencio al respecto». Y el «silencio constitucional, por si solo, no equivale a la prohibición de una institución», dice. Será el legislador el que, con la libertad de configuración que le es propia, «la incorpore a nuestro ordenamiento jurídico y acometa su regulación sin más límites que los que se derivan de la norma fundamental. De otro modo, se estaría privando a la mayoría parlamentaria de opciones legislativas que no le han sido sustraídas por decisión del constituyente, lo que conllevaría (…) la infracción del principio democrático, eje vertebrador de nuestro sistema constitucional».
Los magistrados vuelven a alinearse con la ponencia de Montalbán en la segunda jornada del Pleno monográfico sobre la ley
La mayoría progresista del Tribunal Constitucional se ha vuelto a alinear este martes con la ponencia de la número dos de Cándido Conde-Pumpido que respalda la aprobación de una ley de amnistía aun cuando la Constitución no la contempla. Lo ha hecho durante la … segunda sesión del pleno monográfico que se está celebrando esta semana y que esta mañana ha abordado si la Carta Magna permite una amnistía en abstracto.
Fuentes del tribunal aseguran que magistrados del bloque que lidera el presidente, y que en este pleno cuenta con seis magistrados frente a los cuatro del grupo conservador, han defendido que lo que la Constitución no prohíbe de forma explícita es susceptible de ser regulado por el Parlamento, un argumento que no convencía a constitucionalistas consultados en los últimos meses por este diario, pues hay cuestiones que no están prohibidas de forma explícita y no por ello se pueden regular por ley. A ello se suma que la Carta Magna prohíbe los indultos generales, con lo que, con mayor motivo, se entiende que también la amnistía.
Lo de «todo lo que no está prohibido está permitido rige para los ciudadanos, pero no para los poderes públicos, para los que rige precisamente el principio contrario. No solo no pueden hacer lo que está prohibido, sino que solo pueden hacer lo que está permitido. Lo que están haciendo es desnormativizar la Constitución, que no opere como un límite al poder. Por eso esa noción de Constitución abierta es un poco peligroso», advertía en estas líneas el catedrático Javier Tajadura.
En su ponencia la vicepresidenta Montalbán diferencia precisamente entre el indulto y la amnistía para responder a la expresa prohibición de los indultos generales a la que alude el PP en su recurso. «Al tratarse de instituciones diferentes, la inconstitucionalidad de una ley de amnistía no puede fundamentarse en la prohibición de los indultos generales que contiene el artículo 62 de la Constitución». Sostiene que el hecho de que se rechazara «constitucionalizar» la amnistía «solo puede significar que la Carta Magna quiere guardar silencio al respecto». Y el «silencio constitucional, por si solo, no equivale a la prohibición de una institución», dice.
Será el legislador el que, con la libertad de configuración que le es propia, «la incorpore a nuestro ordenamiento jurídico y acometa su regulación sin más límites que los que se derivan de la norma fundamental. De otro modo, se estaría privando a la mayoría parlamentaria de opciones legislativas que no le han sido sustraídas por decisión del constituyente, lo que conllevaría (…) la infracción del principio democrático, eje vertebrador de nuestro sistema constitucional».
Límite de sesiones alcanzadas
- El acceso al contenido Premium está abierto por cortesía del establecimiento donde te encuentras, pero ahora mismo hay demasiados usuarios conectados a la vez. Por favor, inténtalo pasados unos minutos.
Volver a intentar
Has superado el límite de sesiones
- Sólo puedes tener tres sesiones iniciadas a la vez. Hemos cerrado la sesión más antigua para que sigas navegando sin límites en el resto.
Sigue navegando
Artículo solo para suscriptores
RSS de noticias de espana