«Una vergüenza»; «peligroso, más en un momento como este»; «que miren a lo que hacen otros países»… La alarma se ha desatado en la Policía y la Guardia Civil por la nueva vuelta de tuerca que acaba de dar el Tribunal Constitucional (TC) a su doctrina sobre los límites del secreto de sumario a la hora de informar a los detenidos sobre los delitos que se les imputan. Hasta el momento, bastaba con que se les comunicaran los «hechos esenciales» que había contra ellos; desde ahora hay que ser mucho más concreto y si por ejemplo las pruebas surgen por una intervención telefónica, hay que facilitársela completa a la defensa, lo mismo que los informes en los que se basa la acusación… Con esta nueva interpretación, el siempre delicado equilibrio entre la necesidad de reserva para garantizar el éxito de las investigaciones y el de salvaguardar las garantías constitucionales de todos los ciudadanos se inclina claramente hacia este plato de la balanza, lo que complicará aún más la lucha contra el crimen organizado en todas sus facetas, pero también el combate a las redes terroristas.Tal como adelantó esta semana ‘El País’, el tribunal de garantías establece que el juez «debe concretar las fuentes de prueba de las que indiciariamente se desprende la participación de la persona en los hechos delictivos». No basta con una descripción genérica de los hechos: «Comunicar al afectado que está siendo investigado […] por testigos no identificados […] o sin decir qué hechos dicen conocer; o en virtud del resultado de un informe pericial que se ignora qué persona o entidad lo suscribe […]; o gracias a una grabación telefónica o de otro tipo, pero sin detallar su contenido, en absoluto puede considerarse que satisfaga el derecho de acceso a las actuaciones esenciales».Noticia relacionada No No Narcotráfico 2.0: a la vanguardia del crimen organizado Poly MartínezUn responsable de la seguridad en España consultado por ABC afirma: «La clave está en la correcta aplicación de la directiva europea. También en una correcta interpretación del contenido de los elementos esenciales a los que tienen derecho a conocer los investigados. Hay investigaciones que finalizan, desde un punto de vista operativo, en la desarticulación, más o menos simultánea, de una organización criminal y hay otras que se prolongan en el tiempo, a menudo meses, desde la primera detención».«Lo que realmente causaría un grave perjuicio —añade— es que en estos últimos casos la información de los elementos esenciales facilitada al primer o primeros arrestados pusiera en riesgo la evolución de la investigación policial y, consiguientemente, judicial. No es suficiente con acudir al sentido común de los instructores judiciales. Deben disponer de criterios de aplicación claros y no sujetos a elevados grados de interpretación», concluye.Otro alto mando policial de la docena de consultados por ABC es aún más duro: «Estamos en un momento muy delicado en la lucha contra el crimen organizado, no sólo en España, sino en buena parte de Europa. Que miren lo que sucede en Bélgica, Suecia, Francia y Holanda. No se puede tratar igual un caso de delincuencia común que los de las grandes mafias. Claro que son necesarias reformas legales, pero no en esa dirección», insiste.Las Fuerzas de Seguridad advierten de que se resentirá la eficacia policial y la colaboración internacionalLa identificación de la fuente de prueba, en opinión de los investigadores, va a proporcionar a los detenidos por pertenencia a las grandes mafias u organizaciones terroristas una información muy valiosa que luego van a poder utilizar para dificultar el avance de las pesquisas, destruir pruebas, alertar a terceros o incluso para localizar a posibles confidentes y agentes encubiertos. «Esto nos obliga a replantear nuestras estrategias», explican otros jefes policiales.Ya se han producido más de 20 excarcelaciones de narcos, incluido un guardia civil implicado en el caso del narcotúnel de Ceuta. Y la lista, con toda seguridad, crecerá a medida que se vayan presentado los correspondientes recursos, según admite la propia Fiscalía Antidroga de la Audiencia Nacional.Los mandos consultados ponen ejemplos concretos, como el de una operación contra una organización internacional de traficantes que opera en España y en un segundo país, por lo que se crea un equipo de investigación conjunto entre las dos policías. A nuestros agentes, por las razones que sean, les puede interesar hacer las primeras detenciones aquí, y que luego sus colegas del exterior actúen cuando mejor les convenga a ellos. Muchas veces esa es una de las razones por las que se mantiene el secreto de sumario. Pues bien, si a los arrestados en España hay que darles el contenido de intervenciones telefónicas o los informes que los incriminan de manera casi inmediata, esos datos llegarán a los implicados en ese otro estado. «La colaboración internacional se va a resentir mucho», lamentan fuentes de la lucha contra el narcotráfico.Vidal Quadras explica en rueda de prensa su intento de asesinato. Jaime García El caso de Vidal Quadras y el aumento de riesgo para los agentes encubiertos Las relaciones con los servicios policiales de otros países son esenciales, porque de ellos se recibe mucha información sobre individuos que son investigados en España. Un caso concreto: el intento de asesinato de Alejo Vidal Quadras, perpetrado por elementos del crimen organizado contratados por la inteligencia iraní. Las detenciones se escalonaron durante meses y siempre se mantuvo el secreto de sumario. Si los primeros arrestados hubiesen conocido algún detalle de más de las razones de su detención, como ahora ha decidido el Constitucional, las alertas hubieran saltado de inmediato entre el resto de los implicados. Otro ejemplo, especialmente delicado, es el de los agentes encubiertos, y por extensión el de los confidentes. «Si hay que informar a un detenido de cuál es la fuente de prueba sobre la que se ha basado su detención, y la organización criminal sigue sin ser desarticulada por completo, la revelación de que se ha utilizado una figura de este tipo supone aumentar de forma exponencial el peligro que corre esta gente».«Llevo muchos años en la Policía —reflexiona otro mando policial— y puedo decir que hay un tanto por ciento de derechos que funcionan como una balanza de precisión: si se los das al presunto autor, se los quitas a la presunta víctima. Hoy los malos y sus abogados estarán muy felices». «Una vergüenza»; «peligroso, más en un momento como este»; «que miren a lo que hacen otros países»… La alarma se ha desatado en la Policía y la Guardia Civil por la nueva vuelta de tuerca que acaba de dar el Tribunal Constitucional (TC) a su doctrina sobre los límites del secreto de sumario a la hora de informar a los detenidos sobre los delitos que se les imputan. Hasta el momento, bastaba con que se les comunicaran los «hechos esenciales» que había contra ellos; desde ahora hay que ser mucho más concreto y si por ejemplo las pruebas surgen por una intervención telefónica, hay que facilitársela completa a la defensa, lo mismo que los informes en los que se basa la acusación… Con esta nueva interpretación, el siempre delicado equilibrio entre la necesidad de reserva para garantizar el éxito de las investigaciones y el de salvaguardar las garantías constitucionales de todos los ciudadanos se inclina claramente hacia este plato de la balanza, lo que complicará aún más la lucha contra el crimen organizado en todas sus facetas, pero también el combate a las redes terroristas.Tal como adelantó esta semana ‘El País’, el tribunal de garantías establece que el juez «debe concretar las fuentes de prueba de las que indiciariamente se desprende la participación de la persona en los hechos delictivos». No basta con una descripción genérica de los hechos: «Comunicar al afectado que está siendo investigado […] por testigos no identificados […] o sin decir qué hechos dicen conocer; o en virtud del resultado de un informe pericial que se ignora qué persona o entidad lo suscribe […]; o gracias a una grabación telefónica o de otro tipo, pero sin detallar su contenido, en absoluto puede considerarse que satisfaga el derecho de acceso a las actuaciones esenciales».Noticia relacionada No No Narcotráfico 2.0: a la vanguardia del crimen organizado Poly MartínezUn responsable de la seguridad en España consultado por ABC afirma: «La clave está en la correcta aplicación de la directiva europea. También en una correcta interpretación del contenido de los elementos esenciales a los que tienen derecho a conocer los investigados. Hay investigaciones que finalizan, desde un punto de vista operativo, en la desarticulación, más o menos simultánea, de una organización criminal y hay otras que se prolongan en el tiempo, a menudo meses, desde la primera detención».«Lo que realmente causaría un grave perjuicio —añade— es que en estos últimos casos la información de los elementos esenciales facilitada al primer o primeros arrestados pusiera en riesgo la evolución de la investigación policial y, consiguientemente, judicial. No es suficiente con acudir al sentido común de los instructores judiciales. Deben disponer de criterios de aplicación claros y no sujetos a elevados grados de interpretación», concluye.Otro alto mando policial de la docena de consultados por ABC es aún más duro: «Estamos en un momento muy delicado en la lucha contra el crimen organizado, no sólo en España, sino en buena parte de Europa. Que miren lo que sucede en Bélgica, Suecia, Francia y Holanda. No se puede tratar igual un caso de delincuencia común que los de las grandes mafias. Claro que son necesarias reformas legales, pero no en esa dirección», insiste.Las Fuerzas de Seguridad advierten de que se resentirá la eficacia policial y la colaboración internacionalLa identificación de la fuente de prueba, en opinión de los investigadores, va a proporcionar a los detenidos por pertenencia a las grandes mafias u organizaciones terroristas una información muy valiosa que luego van a poder utilizar para dificultar el avance de las pesquisas, destruir pruebas, alertar a terceros o incluso para localizar a posibles confidentes y agentes encubiertos. «Esto nos obliga a replantear nuestras estrategias», explican otros jefes policiales.Ya se han producido más de 20 excarcelaciones de narcos, incluido un guardia civil implicado en el caso del narcotúnel de Ceuta. Y la lista, con toda seguridad, crecerá a medida que se vayan presentado los correspondientes recursos, según admite la propia Fiscalía Antidroga de la Audiencia Nacional.Los mandos consultados ponen ejemplos concretos, como el de una operación contra una organización internacional de traficantes que opera en España y en un segundo país, por lo que se crea un equipo de investigación conjunto entre las dos policías. A nuestros agentes, por las razones que sean, les puede interesar hacer las primeras detenciones aquí, y que luego sus colegas del exterior actúen cuando mejor les convenga a ellos. Muchas veces esa es una de las razones por las que se mantiene el secreto de sumario. Pues bien, si a los arrestados en España hay que darles el contenido de intervenciones telefónicas o los informes que los incriminan de manera casi inmediata, esos datos llegarán a los implicados en ese otro estado. «La colaboración internacional se va a resentir mucho», lamentan fuentes de la lucha contra el narcotráfico.Vidal Quadras explica en rueda de prensa su intento de asesinato. Jaime García El caso de Vidal Quadras y el aumento de riesgo para los agentes encubiertos Las relaciones con los servicios policiales de otros países son esenciales, porque de ellos se recibe mucha información sobre individuos que son investigados en España. Un caso concreto: el intento de asesinato de Alejo Vidal Quadras, perpetrado por elementos del crimen organizado contratados por la inteligencia iraní. Las detenciones se escalonaron durante meses y siempre se mantuvo el secreto de sumario. Si los primeros arrestados hubiesen conocido algún detalle de más de las razones de su detención, como ahora ha decidido el Constitucional, las alertas hubieran saltado de inmediato entre el resto de los implicados. Otro ejemplo, especialmente delicado, es el de los agentes encubiertos, y por extensión el de los confidentes. «Si hay que informar a un detenido de cuál es la fuente de prueba sobre la que se ha basado su detención, y la organización criminal sigue sin ser desarticulada por completo, la revelación de que se ha utilizado una figura de este tipo supone aumentar de forma exponencial el peligro que corre esta gente».«Llevo muchos años en la Policía —reflexiona otro mando policial— y puedo decir que hay un tanto por ciento de derechos que funcionan como una balanza de precisión: si se los das al presunto autor, se los quitas a la presunta víctima. Hoy los malos y sus abogados estarán muy felices».
«Una vergüenza»; «peligroso, más en un momento como este»; «que miren a lo que hacen otros países»… La alarma se ha desatado en la Policía y la Guardia Civil por la nueva vuelta de tuerca que acaba de dar el Tribunal Constitucional (TC) a … su doctrina sobre los límites del secreto de sumario a la hora de informar a los detenidos sobre los delitos que se les imputan. Hasta el momento, bastaba con que se les comunicaran los «hechos esenciales» que había contra ellos; desde ahora hay que ser mucho más concreto y si por ejemplo las pruebas surgen por una intervención telefónica, hay que facilitársela completa a la defensa, lo mismo que los informes en los que se basa la acusación…
Con esta nueva interpretación, el siempre delicado equilibrio entre la necesidad de reserva para garantizar el éxito de las investigaciones y el de salvaguardar las garantías constitucionales de todos los ciudadanos se inclina claramente hacia este plato de la balanza, lo que complicará aún más la lucha contra el crimen organizado en todas sus facetas, pero también el combate a las redes terroristas.
Tal como adelantó esta semana ‘El País’, el tribunal de garantías establece que el juez «debe concretar las fuentes de prueba de las que indiciariamente se desprende la participación de la persona en los hechos delictivos». No basta con una descripción genérica de los hechos: «Comunicar al afectado que está siendo investigado […] por testigos no identificados […] o sin decir qué hechos dicen conocer; o en virtud del resultado de un informe pericial que se ignora qué persona o entidad lo suscribe […]; o gracias a una grabación telefónica o de otro tipo, pero sin detallar su contenido, en absoluto puede considerarse que satisfaga el derecho de acceso a las actuaciones esenciales».
Un responsable de la seguridad en España consultado por ABC afirma: «La clave está en la correcta aplicación de la directiva europea. También en una correcta interpretación del contenido de los elementos esenciales a los que tienen derecho a conocer los investigados. Hay investigaciones que finalizan, desde un punto de vista operativo, en la desarticulación, más o menos simultánea, de una organización criminal y hay otras que se prolongan en el tiempo, a menudo meses, desde la primera detención».
«Lo que realmente causaría un grave perjuicio —añade— es que en estos últimos casos la información de los elementos esenciales facilitada al primer o primeros arrestados pusiera en riesgo la evolución de la investigación policial y, consiguientemente, judicial. No es suficiente con acudir al sentido común de los instructores judiciales. Deben disponer de criterios de aplicación claros y no sujetos a elevados grados de interpretación», concluye.
Otro alto mando policial de la docena de consultados por ABC es aún más duro: «Estamos en un momento muy delicado en la lucha contra el crimen organizado, no sólo en España, sino en buena parte de Europa. Que miren lo que sucede en Bélgica, Suecia, Francia y Holanda. No se puede tratar igual un caso de delincuencia común que los de las grandes mafias. Claro que son necesarias reformas legales, pero no en esa dirección», insiste.
Las Fuerzas de Seguridad advierten de que se resentirá la eficacia policial y la colaboración internacional
La identificación de la fuente de prueba, en opinión de los investigadores, va a proporcionar a los detenidos por pertenencia a las grandes mafias u organizaciones terroristas una información muy valiosa que luego van a poder utilizar para dificultar el avance de las pesquisas, destruir pruebas, alertar a terceros o incluso para localizar a posibles confidentes y agentes encubiertos. «Esto nos obliga a replantear nuestras estrategias», explican otros jefes policiales.
Ya se han producido más de 20 excarcelaciones de narcos, incluido un guardia civil implicado en el caso del narcotúnel de Ceuta. Y la lista, con toda seguridad, crecerá a medida que se vayan presentado los correspondientes recursos, según admite la propia Fiscalía Antidroga de la Audiencia Nacional.
Los mandos consultados ponen ejemplos concretos, como el de una operación contra una organización internacional de traficantes que opera en España y en un segundo país, por lo que se crea un equipo de investigación conjunto entre las dos policías. A nuestros agentes, por las razones que sean, les puede interesar hacer las primeras detenciones aquí, y que luego sus colegas del exterior actúen cuando mejor les convenga a ellos. Muchas veces esa es una de las razones por las que se mantiene el secreto de sumario. Pues bien, si a los arrestados en España hay que darles el contenido de intervenciones telefónicas o los informes que los incriminan de manera casi inmediata, esos datos llegarán a los implicados en ese otro estado. «La colaboración internacional se va a resentir mucho», lamentan fuentes de la lucha contra el narcotráfico.

(Jaime García)
El caso de Vidal Quadras y el aumento de riesgo para los agentes encubiertos
Las relaciones con los servicios policiales de otros países son esenciales, porque de ellos se recibe mucha información sobre individuos que son investigados en España. Un caso concreto: el intento de asesinato de Alejo Vidal Quadras, perpetrado por elementos del crimen organizado contratados por la inteligencia iraní. Las detenciones se escalonaron durante meses y siempre se mantuvo el secreto de sumario. Si los primeros arrestados hubiesen conocido algún detalle de más de las razones de su detención, como ahora ha decidido el Constitucional, las alertas hubieran saltado de inmediato entre el resto de los implicados. Otro ejemplo, especialmente delicado, es el de los agentes encubiertos, y por extensión el de los confidentes. «Si hay que informar a un detenido de cuál es la fuente de prueba sobre la que se ha basado su detención, y la organización criminal sigue sin ser desarticulada por completo, la revelación de que se ha utilizado una figura de este tipo supone aumentar de forma exponencial el peligro que corre esta gente».
«Llevo muchos años en la Policía —reflexiona otro mando policial— y puedo decir que hay un tanto por ciento de derechos que funcionan como una balanza de precisión: si se los das al presunto autor, se los quitas a la presunta víctima. Hoy los malos y sus abogados estarán muy felices».
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