El año pasado, Sumar presentó en el Congreso una reforma para blindar el aborto en el artículo 43 de la Constitución . El PSOE la rechazó porque dijo que no había apoyos para sacarla adelante. Para cambiar ese punto del capítulo tercero de la Carta Magna, relativo a los principios rectores de la política social y económica, se necesita una reforma ordinaria con mayoría cualificada de tres quintos (210 diputados). Igual que se hizo para el artículo 49 sobre las personas con discapacidad . Es decir, necesitaban un acuerdo con el PP más que improbable. Hoy, ese consenso con el líder de la oposición sigue sin existir. Alberto Núñez Feijóo , líder del PP, fue ayer tajante: no apoyarán una reforma para introducir el aborto en la Constitución. Y, sin embargo, el presidente Pedro Sánchez recuperó la idea hace unos días y el Gobierno ya estudia cómo hacerlo. No han cambiado las mayorías, pero sí el contexto político del PSOE.Noticia Relacionada estandar Si El PP de Ayuso trata de recuperar la iniciativa y presiona por el fiasco de las pulseras antimaltrato Mariano Calleja La izquierda madrileña recrudece su ofensiva contra los populares y la presidenta regional por el abortoLos fallos en el sistema de pulseras antimaltrato del Ministerio de Igualdad -que provocaron sentencias absolutorias a maltratadores-, las sospechas de consumo de prostitución sobre el exministro J osé Luis Ábalos y su asesor Koldo García y las referencias degradantes de ambos hacia las mujeres, así como el sambenito arrastrado con la ley del ‘sí es sí’, no solo son munición para PP y Vox, sino que dañan al PSOE como gestor en materia de Igualdad. Introducir en la conversación pública el blindaje constitucional del aborto es una forma de reafirmar la agenda feminista del Gobierno y retratar al PP en un asunto que históricamente les ha generado tensiones . ABC ha consultado a tres catedráticos en Derecho Constitucional la iniciativa del Gobierno con el aborto. Y, aunque con matices, los tres juristas expertos apuntan a una maniobra «política» y «efectista» que no tiene potencialidad de traslación a lo jurídico. Dos de ellos, además, plantean en el debate que introducir el aborto en los principios rectores de la política social y económica podría degradar el propio derecho según la resolución del TC de 2023.Carlos Flores , catedrático de Derecho Constitucional por la Universidad de Valencia y diputado de Vox, habla de movimiento «partidista» con el que el PSOE se «burla» de la Constitución y de sus votantes. Flores lo explica en que «los partidarios del aborto siempre han dicho que era un derecho fundamental, innegociable, estrechamente ligado al de disposición del propio cuerpo y al genérico de la libertad». Y continúa: «De ser así, su regulación constitucional debería hallarse entre los ‘derechos fuertes’, los que están en la Sección I, del Capítulo II, del Título I de la Constitución, y no donde el PSOE pretende ponerlo [artículo 43]».«Es un elemento político para crear enfrentamiento, prevalece lo político sobre lo jurídico», dice un jurista ante la falta de consensoNo obstante, el Gobierno no puede añadirlo dentro de los derechos fundamentales y libertades públicas de la Constitución porque no tiene consenso para una reforma constitucional agravada, que permita su aprobación por el Congreso antes y después de la disolución de la Cortes y que los españoles se pronuncien. Como lo pretende el Gobierno, dice Flores, «en realidad, desprotege el aborto». Y añade las razones: «El 43 solo requiere de una reforma simplificada, que se podría solventar con un pacto entre los dos grandes partidos. De darse, evitaría el referéndum; y de no darse, permitiría culpar al PP del fracaso». En el mismo sentido se pronuncia Miguel Revenga , catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Cádiz, que recuerda que en la sentencia 44/2023, la mayoría del Tribunal Constitucional fue quien elevó el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo al rango de derecho fundamental integrado en el libre desarrollo de la personalidad de la mujer.«El artículo 43 forma parte de los llamados principios rectores de la política social y económica y está redactado en la forma de mandato a los poderes públicos para que actúen de una determinada manera». Y añade: «Una inclusión del aborto en el mismo, en términos jurídicos podría suponer una especie de degradación del derecho al aborto, en cuanto que quedaría ‘desplazado’ desde los artículos 10 y 15 de la Constitución, que es la sede de los genuinos derechos fundamentales, a la parte de los principios». Y sugiere también que el Gobierno no puede «cumplir los trámites estrictos de la reforma agravada» que es exigida para modificar derechos fundamentales. Por su parte, José Manuel Vera Santos , catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos, señala que la reforma planteada por Sumar y que estudia el PSOE es «jurídicamente inviable» y que «se pone sobre la mesa para crear más divisiones». Y abunda: «Es un elemento político para crear enfrentamiento, donde prevalece lo político sobre lo jurídico». Vera Santos tiene más dudas sobre si introducirlo en el 43 degrada la ubicación del aborto por el TC dentro de los derechos fundamentales: «Tendría que volver a pronunciarse el Tribunal Constitucional». El año pasado, Sumar presentó en el Congreso una reforma para blindar el aborto en el artículo 43 de la Constitución . El PSOE la rechazó porque dijo que no había apoyos para sacarla adelante. Para cambiar ese punto del capítulo tercero de la Carta Magna, relativo a los principios rectores de la política social y económica, se necesita una reforma ordinaria con mayoría cualificada de tres quintos (210 diputados). Igual que se hizo para el artículo 49 sobre las personas con discapacidad . Es decir, necesitaban un acuerdo con el PP más que improbable. Hoy, ese consenso con el líder de la oposición sigue sin existir. Alberto Núñez Feijóo , líder del PP, fue ayer tajante: no apoyarán una reforma para introducir el aborto en la Constitución. Y, sin embargo, el presidente Pedro Sánchez recuperó la idea hace unos días y el Gobierno ya estudia cómo hacerlo. No han cambiado las mayorías, pero sí el contexto político del PSOE.Noticia Relacionada estandar Si El PP de Ayuso trata de recuperar la iniciativa y presiona por el fiasco de las pulseras antimaltrato Mariano Calleja La izquierda madrileña recrudece su ofensiva contra los populares y la presidenta regional por el abortoLos fallos en el sistema de pulseras antimaltrato del Ministerio de Igualdad -que provocaron sentencias absolutorias a maltratadores-, las sospechas de consumo de prostitución sobre el exministro J osé Luis Ábalos y su asesor Koldo García y las referencias degradantes de ambos hacia las mujeres, así como el sambenito arrastrado con la ley del ‘sí es sí’, no solo son munición para PP y Vox, sino que dañan al PSOE como gestor en materia de Igualdad. Introducir en la conversación pública el blindaje constitucional del aborto es una forma de reafirmar la agenda feminista del Gobierno y retratar al PP en un asunto que históricamente les ha generado tensiones . ABC ha consultado a tres catedráticos en Derecho Constitucional la iniciativa del Gobierno con el aborto. Y, aunque con matices, los tres juristas expertos apuntan a una maniobra «política» y «efectista» que no tiene potencialidad de traslación a lo jurídico. Dos de ellos, además, plantean en el debate que introducir el aborto en los principios rectores de la política social y económica podría degradar el propio derecho según la resolución del TC de 2023.Carlos Flores , catedrático de Derecho Constitucional por la Universidad de Valencia y diputado de Vox, habla de movimiento «partidista» con el que el PSOE se «burla» de la Constitución y de sus votantes. Flores lo explica en que «los partidarios del aborto siempre han dicho que era un derecho fundamental, innegociable, estrechamente ligado al de disposición del propio cuerpo y al genérico de la libertad». Y continúa: «De ser así, su regulación constitucional debería hallarse entre los ‘derechos fuertes’, los que están en la Sección I, del Capítulo II, del Título I de la Constitución, y no donde el PSOE pretende ponerlo [artículo 43]».«Es un elemento político para crear enfrentamiento, prevalece lo político sobre lo jurídico», dice un jurista ante la falta de consensoNo obstante, el Gobierno no puede añadirlo dentro de los derechos fundamentales y libertades públicas de la Constitución porque no tiene consenso para una reforma constitucional agravada, que permita su aprobación por el Congreso antes y después de la disolución de la Cortes y que los españoles se pronuncien. Como lo pretende el Gobierno, dice Flores, «en realidad, desprotege el aborto». Y añade las razones: «El 43 solo requiere de una reforma simplificada, que se podría solventar con un pacto entre los dos grandes partidos. De darse, evitaría el referéndum; y de no darse, permitiría culpar al PP del fracaso». En el mismo sentido se pronuncia Miguel Revenga , catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Cádiz, que recuerda que en la sentencia 44/2023, la mayoría del Tribunal Constitucional fue quien elevó el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo al rango de derecho fundamental integrado en el libre desarrollo de la personalidad de la mujer.«El artículo 43 forma parte de los llamados principios rectores de la política social y económica y está redactado en la forma de mandato a los poderes públicos para que actúen de una determinada manera». Y añade: «Una inclusión del aborto en el mismo, en términos jurídicos podría suponer una especie de degradación del derecho al aborto, en cuanto que quedaría ‘desplazado’ desde los artículos 10 y 15 de la Constitución, que es la sede de los genuinos derechos fundamentales, a la parte de los principios». Y sugiere también que el Gobierno no puede «cumplir los trámites estrictos de la reforma agravada» que es exigida para modificar derechos fundamentales. Por su parte, José Manuel Vera Santos , catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos, señala que la reforma planteada por Sumar y que estudia el PSOE es «jurídicamente inviable» y que «se pone sobre la mesa para crear más divisiones». Y abunda: «Es un elemento político para crear enfrentamiento, donde prevalece lo político sobre lo jurídico». Vera Santos tiene más dudas sobre si introducirlo en el 43 degrada la ubicación del aborto por el TC dentro de los derechos fundamentales: «Tendría que volver a pronunciarse el Tribunal Constitucional».
El año pasado, Sumar presentó en el Congreso una reforma para blindar el aborto en el artículo 43 de la Constitución. El PSOE la rechazó porque dijo que no había apoyos para sacarla adelante. Para cambiar ese punto del capítulo tercero de la Carta … Magna, relativo a los principios rectores de la política social y económica, se necesita una reforma ordinaria con mayoría cualificada de tres quintos (210 diputados). Igual que se hizo para el artículo 49 sobre las personas con discapacidad. Es decir, necesitaban un acuerdo con el PP más que improbable.
Hoy, ese consenso con el líder de la oposición sigue sin existir. Alberto Núñez Feijóo, líder del PP, fue ayer tajante: no apoyarán una reforma para introducir el aborto en la Constitución. Y, sin embargo, el presidente Pedro Sánchez recuperó la idea hace unos días y el Gobierno ya estudia cómo hacerlo. No han cambiado las mayorías, pero sí el contexto político del PSOE.
Los fallos en el sistema de pulseras antimaltrato del Ministerio de Igualdad -que provocaron sentencias absolutorias a maltratadores-, las sospechas de consumo de prostitución sobre el exministro José Luis Ábalos y su asesor Koldo García y las referencias degradantes de ambos hacia las mujeres, así como el sambenito arrastrado con la ley del ‘sí es sí’, no solo son munición para PP y Vox, sino que dañan al PSOE como gestor en materia de Igualdad. Introducir en la conversación pública el blindaje constitucional del aborto es una forma de reafirmar la agenda feminista del Gobierno y retratar al PP en un asunto que históricamente les ha generado tensiones.
ABC ha consultado a tres catedráticos en Derecho Constitucional la iniciativa del Gobierno con el aborto. Y, aunque con matices, los tres juristas expertos apuntan a una maniobra «política» y «efectista» que no tiene potencialidad de traslación a lo jurídico. Dos de ellos, además, plantean en el debate que introducir el aborto en los principios rectores de la política social y económica podría degradar el propio derecho según la resolución del TC de 2023.
Carlos Flores, catedrático de Derecho Constitucional por la Universidad de Valencia y diputado de Vox, habla de movimiento «partidista» con el que el PSOE se «burla» de la Constitución y de sus votantes. Flores lo explica en que «los partidarios del aborto siempre han dicho que era un derecho fundamental, innegociable, estrechamente ligado al de disposición del propio cuerpo y al genérico de la libertad». Y continúa: «De ser así, su regulación constitucional debería hallarse entre los ‘derechos fuertes’, los que están en la Sección I, del Capítulo II, del Título I de la Constitución, y no donde el PSOE pretende ponerlo [artículo 43]».
«Es un elemento político para crear enfrentamiento, prevalece lo político sobre lo jurídico», dice un jurista ante la falta de consenso
No obstante, el Gobierno no puede añadirlo dentro de los derechos fundamentales y libertades públicas de la Constitución porque no tiene consenso para una reforma constitucional agravada, que permita su aprobación por el Congreso antes y después de la disolución de la Cortes y que los españoles se pronuncien. Como lo pretende el Gobierno, dice Flores, «en realidad, desprotege el aborto». Y añade las razones: «El 43 solo requiere de una reforma simplificada, que se podría solventar con un pacto entre los dos grandes partidos. De darse, evitaría el referéndum; y de no darse, permitiría culpar al PP del fracaso».
En el mismo sentido se pronuncia Miguel Revenga, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Cádiz, que recuerda que en la sentencia 44/2023, la mayoría del Tribunal Constitucional fue quien elevó el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo al rango de derecho fundamental integrado en el libre desarrollo de la personalidad de la mujer.
«El artículo 43 forma parte de los llamados principios rectores de la política social y económica y está redactado en la forma de mandato a los poderes públicos para que actúen de una determinada manera». Y añade: «Una inclusión del aborto en el mismo, en términos jurídicos podría suponer una especie de degradación del derecho al aborto, en cuanto que quedaría ‘desplazado’ desde los artículos 10 y 15 de la Constitución, que es la sede de los genuinos derechos fundamentales, a la parte de los principios». Y sugiere también que el Gobierno no puede «cumplir los trámites estrictos de la reforma agravada» que es exigida para modificar derechos fundamentales.
Por su parte, José Manuel Vera Santos, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos, señala que la reforma planteada por Sumar y que estudia el PSOE es «jurídicamente inviable» y que «se pone sobre la mesa para crear más divisiones». Y abunda: «Es un elemento político para crear enfrentamiento, donde prevalece lo político sobre lo jurídico». Vera Santos tiene más dudas sobre si introducirlo en el 43 degrada la ubicación del aborto por el TC dentro de los derechos fundamentales: «Tendría que volver a pronunciarse el Tribunal Constitucional».
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