Son (eran) invisibles . O al menos no se reconocían como tal, y representan el 10% en Andalucía. Una de cada diez familias en la comunidad autónoma es monoparental . Es decir, que cuentan con un progenitor o progenitora , en la mayoría de los casos una madre con hijos a su cargo pues existe una notable diferencia de género. Hasta ahora no contaban con ningún documento oficial que las reconociese como tales, un título en posesión y por tanto no existían a efectos administrativos y burocráticos.Para acabar con este limbo, la Junta de Andalucía aprobó el Decreto 78/2026 el pasado 15 de abril. Hoy entra en vigor para otorgar un nuevo estatus a este sector de la población que no se sentía plenamente representada. Este título se podrá solicitar desde hoy mismo y permitirá a las familias monoparentales disponer de un título oficial que las acreditará como tales ante cualquier Administración o entidad pública y privada en esta Comunidad autónoma.Pero, ¿qué es una familia monoparental? El decreto impulsado por la Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad la define como la unidad familiar integrada por un único progenitor del que dependen económicamente uno o varios hijos, bien sean biológicos, adoptados, que estén bajo su tutela o guardia para adoptarlos o en situación de acogimiento familiar. Pero además, el departamento que comenda Loles López da un paso más. Excepciones para ser familia monoparentalPorque hay muchas familias que, aunque estén compuestas por dos progenitores, son, a todos los efectos, monoparentales. Se reconocerán de esta manera con este título oficial pues la nueva norma andaluza recoge cuatro supuestos.Tiene en cuenta a aquella en la que el padre o la madre tenga la guardia o custodia exclusiva de los hijos y no reciba la pensión alimenticia durante cuatro meses consecutivos (o alternos en un periodo de 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud del título). Debe haber una sentencia judicial firme.También podrán tener el título oficial de familia monoparental aquellas en las que un progenitor con personas que dependan de él sufra abandono familiar por parte del otro y lo acredite una sentencia judicial firme.El tercer supuesto responde a una realidad dramática que el Gobierno andaluz ha recogido en este decreto: cuando la madre con personas dependientes a su cargo haya sido víctima de violencia de género por parte del otro progenitor.Y por último, recoge los casos de ausencia temporal forzada de uno de los dos progenitores que le impida asumir sus responsabilidades familiares durante al menos un año, situaciones que se pueden producir, por ejemplo, por un ingreso sanitario o penitenciario. Eso sí, siempre que los ingresos anuales del hogar no superen el 200% del IPREM incluidas las pagas extraordinarias.¿Cómo obtener el título oficial en la Junta?Para obtener el título de familia monoparental, los hijos deben tener menos de 26 años , salvo en los casos en los que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%, los grados II y III de dependencia o estén incapacitados para trabajar. Es obligatorio que convivan con el padre, la madre o el responsable de la unidad familiar, y depender económicamente del mismo.El Gobierno andaluz ha incluido una línea roja en el decreto: nunca otorgará el título de familia monoparental a una persona viuda que haya sido condenada por sentencia firme por haber asesinado a su cónyuge, pareja, excónyuge o expareja. Ante cualquier delegación territorial de la Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad (preferentemente de forma online), que tendrá tres meses para resolver. De no hacerlo, el silencio administrativo es positivo , es decir, favorable a la petición. Cada miembro de la familia tendrá además su carné individual. Además, el título de familia monoparental será compatible con el de familia numerosa.Menos burocracia para las familias numerosas El Gobierno andaluz incluyó en este mismo decreto una disposición para responder a la nueva realidad de las familias numerosas y aliviarlas de la tediosa carga burocrática que ya soportan. Hasta hoy, el título de familia numerosa en Andalucía dependía de la edad del hijo mayor. Cuando éste cumplía los 21 años, los progenitores tenían que renovarlo y, sólo en determinados casos, su vigencia se ampliaba hasta que tuviera 26 años. A partir de hoy, la vigencia del título de familia numerosa se aplica al hijo menor y hasta que éste cumpla los 26 años. Es decir, los trámites para renovar el título se reducen de manera considerable. Una manera de apoyar a estos hogares en tiempos de dificultades económicos y un pronunciado descenso de la natalidad.En las familias monoparentales, los gastos de crianza recaen sobre un solo adulto. Entre sus demandas están revisar las deducciones fiscales, facilitar el acceso a prestaciones y ayudas económicas y corregir desigualdades en el tratamiento del IRPF y otras medidas de apoyo familiar. Son (eran) invisibles . O al menos no se reconocían como tal, y representan el 10% en Andalucía. Una de cada diez familias en la comunidad autónoma es monoparental . Es decir, que cuentan con un progenitor o progenitora , en la mayoría de los casos una madre con hijos a su cargo pues existe una notable diferencia de género. Hasta ahora no contaban con ningún documento oficial que las reconociese como tales, un título en posesión y por tanto no existían a efectos administrativos y burocráticos.Para acabar con este limbo, la Junta de Andalucía aprobó el Decreto 78/2026 el pasado 15 de abril. Hoy entra en vigor para otorgar un nuevo estatus a este sector de la población que no se sentía plenamente representada. Este título se podrá solicitar desde hoy mismo y permitirá a las familias monoparentales disponer de un título oficial que las acreditará como tales ante cualquier Administración o entidad pública y privada en esta Comunidad autónoma.Pero, ¿qué es una familia monoparental? El decreto impulsado por la Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad la define como la unidad familiar integrada por un único progenitor del que dependen económicamente uno o varios hijos, bien sean biológicos, adoptados, que estén bajo su tutela o guardia para adoptarlos o en situación de acogimiento familiar. Pero además, el departamento que comenda Loles López da un paso más. Excepciones para ser familia monoparentalPorque hay muchas familias que, aunque estén compuestas por dos progenitores, son, a todos los efectos, monoparentales. Se reconocerán de esta manera con este título oficial pues la nueva norma andaluza recoge cuatro supuestos.Tiene en cuenta a aquella en la que el padre o la madre tenga la guardia o custodia exclusiva de los hijos y no reciba la pensión alimenticia durante cuatro meses consecutivos (o alternos en un periodo de 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud del título). Debe haber una sentencia judicial firme.También podrán tener el título oficial de familia monoparental aquellas en las que un progenitor con personas que dependan de él sufra abandono familiar por parte del otro y lo acredite una sentencia judicial firme.El tercer supuesto responde a una realidad dramática que el Gobierno andaluz ha recogido en este decreto: cuando la madre con personas dependientes a su cargo haya sido víctima de violencia de género por parte del otro progenitor.Y por último, recoge los casos de ausencia temporal forzada de uno de los dos progenitores que le impida asumir sus responsabilidades familiares durante al menos un año, situaciones que se pueden producir, por ejemplo, por un ingreso sanitario o penitenciario. Eso sí, siempre que los ingresos anuales del hogar no superen el 200% del IPREM incluidas las pagas extraordinarias.¿Cómo obtener el título oficial en la Junta?Para obtener el título de familia monoparental, los hijos deben tener menos de 26 años , salvo en los casos en los que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%, los grados II y III de dependencia o estén incapacitados para trabajar. Es obligatorio que convivan con el padre, la madre o el responsable de la unidad familiar, y depender económicamente del mismo.El Gobierno andaluz ha incluido una línea roja en el decreto: nunca otorgará el título de familia monoparental a una persona viuda que haya sido condenada por sentencia firme por haber asesinado a su cónyuge, pareja, excónyuge o expareja. Ante cualquier delegación territorial de la Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad (preferentemente de forma online), que tendrá tres meses para resolver. De no hacerlo, el silencio administrativo es positivo , es decir, favorable a la petición. Cada miembro de la familia tendrá además su carné individual. Además, el título de familia monoparental será compatible con el de familia numerosa.Menos burocracia para las familias numerosas El Gobierno andaluz incluyó en este mismo decreto una disposición para responder a la nueva realidad de las familias numerosas y aliviarlas de la tediosa carga burocrática que ya soportan. Hasta hoy, el título de familia numerosa en Andalucía dependía de la edad del hijo mayor. Cuando éste cumplía los 21 años, los progenitores tenían que renovarlo y, sólo en determinados casos, su vigencia se ampliaba hasta que tuviera 26 años. A partir de hoy, la vigencia del título de familia numerosa se aplica al hijo menor y hasta que éste cumpla los 26 años. Es decir, los trámites para renovar el título se reducen de manera considerable. Una manera de apoyar a estos hogares en tiempos de dificultades económicos y un pronunciado descenso de la natalidad.En las familias monoparentales, los gastos de crianza recaen sobre un solo adulto. Entre sus demandas están revisar las deducciones fiscales, facilitar el acceso a prestaciones y ayudas económicas y corregir desigualdades en el tratamiento del IRPF y otras medidas de apoyo familiar. Son (eran) invisibles . O al menos no se reconocían como tal, y representan el 10% en Andalucía. Una de cada diez familias en la comunidad autónoma es monoparental . Es decir, que cuentan con un progenitor o progenitora , en la mayoría de los casos una madre con hijos a su cargo pues existe una notable diferencia de género. Hasta ahora no contaban con ningún documento oficial que las reconociese como tales, un título en posesión y por tanto no existían a efectos administrativos y burocráticos.Para acabar con este limbo, la Junta de Andalucía aprobó el Decreto 78/2026 el pasado 15 de abril. Hoy entra en vigor para otorgar un nuevo estatus a este sector de la población que no se sentía plenamente representada. Este título se podrá solicitar desde hoy mismo y permitirá a las familias monoparentales disponer de un título oficial que las acreditará como tales ante cualquier Administración o entidad pública y privada en esta Comunidad autónoma.Pero, ¿qué es una familia monoparental? El decreto impulsado por la Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad la define como la unidad familiar integrada por un único progenitor del que dependen económicamente uno o varios hijos, bien sean biológicos, adoptados, que estén bajo su tutela o guardia para adoptarlos o en situación de acogimiento familiar. Pero además, el departamento que comenda Loles López da un paso más. Excepciones para ser familia monoparentalPorque hay muchas familias que, aunque estén compuestas por dos progenitores, son, a todos los efectos, monoparentales. Se reconocerán de esta manera con este título oficial pues la nueva norma andaluza recoge cuatro supuestos.Tiene en cuenta a aquella en la que el padre o la madre tenga la guardia o custodia exclusiva de los hijos y no reciba la pensión alimenticia durante cuatro meses consecutivos (o alternos en un periodo de 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud del título). Debe haber una sentencia judicial firme.También podrán tener el título oficial de familia monoparental aquellas en las que un progenitor con personas que dependan de él sufra abandono familiar por parte del otro y lo acredite una sentencia judicial firme.El tercer supuesto responde a una realidad dramática que el Gobierno andaluz ha recogido en este decreto: cuando la madre con personas dependientes a su cargo haya sido víctima de violencia de género por parte del otro progenitor.Y por último, recoge los casos de ausencia temporal forzada de uno de los dos progenitores que le impida asumir sus responsabilidades familiares durante al menos un año, situaciones que se pueden producir, por ejemplo, por un ingreso sanitario o penitenciario. Eso sí, siempre que los ingresos anuales del hogar no superen el 200% del IPREM incluidas las pagas extraordinarias.¿Cómo obtener el título oficial en la Junta?Para obtener el título de familia monoparental, los hijos deben tener menos de 26 años , salvo en los casos en los que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%, los grados II y III de dependencia o estén incapacitados para trabajar. Es obligatorio que convivan con el padre, la madre o el responsable de la unidad familiar, y depender económicamente del mismo.El Gobierno andaluz ha incluido una línea roja en el decreto: nunca otorgará el título de familia monoparental a una persona viuda que haya sido condenada por sentencia firme por haber asesinado a su cónyuge, pareja, excónyuge o expareja. Ante cualquier delegación territorial de la Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad (preferentemente de forma online), que tendrá tres meses para resolver. De no hacerlo, el silencio administrativo es positivo , es decir, favorable a la petición. Cada miembro de la familia tendrá además su carné individual. Además, el título de familia monoparental será compatible con el de familia numerosa.Menos burocracia para las familias numerosas El Gobierno andaluz incluyó en este mismo decreto una disposición para responder a la nueva realidad de las familias numerosas y aliviarlas de la tediosa carga burocrática que ya soportan. Hasta hoy, el título de familia numerosa en Andalucía dependía de la edad del hijo mayor. Cuando éste cumplía los 21 años, los progenitores tenían que renovarlo y, sólo en determinados casos, su vigencia se ampliaba hasta que tuviera 26 años. A partir de hoy, la vigencia del título de familia numerosa se aplica al hijo menor y hasta que éste cumpla los 26 años. Es decir, los trámites para renovar el título se reducen de manera considerable. Una manera de apoyar a estos hogares en tiempos de dificultades económicos y un pronunciado descenso de la natalidad.En las familias monoparentales, los gastos de crianza recaen sobre un solo adulto. Entre sus demandas están revisar las deducciones fiscales, facilitar el acceso a prestaciones y ayudas económicas y corregir desigualdades en el tratamiento del IRPF y otras medidas de apoyo familiar. RSS de noticias de espana
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