Una papelina de cocaína de apenas 0,3 gramos y con un valor estimado de 14 euros en el mercado ilícito ha acabado con una condena de un año, seis meses y un día de prisión para un hombre que fue sorprendido por la Policía cuando, según considera probado la Justicia, entregaba la droga a cambio de dinero en Córdoba .La condena, dictada inicialmente por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba, ha sido confirmada en apelación por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), tras desestimar el recurso de apelación presentado por el inculpado.Los hechos se remontan al 14 de septiembre de 2022. Según los hechos probados de la sentencia, el acusado había quedado con otra persona para hacerle entrega de una papelina de cocaína a cambio de dinero. Sobre las dos de la madrugada, en la avenida Almogávares de Córdoba , se acercó a un vehículo estacionado en cuyo asiento del copiloto se encontraba esta persona y le entregó la papelina. Una patrulla de la Policía de paisano los sorprendió inmediatamente después.La droga intervenida tenía un peso neto de 0,3 gramos y una pureza del 34,37%. Su valor aproximado en el mercado ilícito, según el análisis incorporado a la causa, era de 14 euros.La Audiencia Provincial consideró al acusado autor de un delito contra la salud pública de escasa entidad, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Le impuso un año, seis meses y un día de prisión, y una multa de siete euros, con un día de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.La defensa recurrió la sentencia y alegó, entre otros motivos, un error en la valoración de la prueba, la vulneración de la presunción de inocencia, una aplicación indebida del artículo 368 del Código Penal y la desproporción de la pena de prisión impuesta.El recurso fue impugnado por el Ministerio Fiscal y finalmente resuelto por el TSJA, que mantiene la condena . La resolución de apelación acepta íntegramente los hechos probados establecidos por la Audiencia Provincial.El acusado, que en el momento de los hechos residía en Córdoba y que posteriormente aparece vinculado laboralmente a Madrid como taxista, tampoco verá sustituida la pena de prisión por su expulsión del territorio nacional. Una papelina de cocaína de apenas 0,3 gramos y con un valor estimado de 14 euros en el mercado ilícito ha acabado con una condena de un año, seis meses y un día de prisión para un hombre que fue sorprendido por la Policía cuando, según considera probado la Justicia, entregaba la droga a cambio de dinero en Córdoba .La condena, dictada inicialmente por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba, ha sido confirmada en apelación por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), tras desestimar el recurso de apelación presentado por el inculpado.Los hechos se remontan al 14 de septiembre de 2022. Según los hechos probados de la sentencia, el acusado había quedado con otra persona para hacerle entrega de una papelina de cocaína a cambio de dinero. Sobre las dos de la madrugada, en la avenida Almogávares de Córdoba , se acercó a un vehículo estacionado en cuyo asiento del copiloto se encontraba esta persona y le entregó la papelina. Una patrulla de la Policía de paisano los sorprendió inmediatamente después.La droga intervenida tenía un peso neto de 0,3 gramos y una pureza del 34,37%. Su valor aproximado en el mercado ilícito, según el análisis incorporado a la causa, era de 14 euros.La Audiencia Provincial consideró al acusado autor de un delito contra la salud pública de escasa entidad, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Le impuso un año, seis meses y un día de prisión, y una multa de siete euros, con un día de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.La defensa recurrió la sentencia y alegó, entre otros motivos, un error en la valoración de la prueba, la vulneración de la presunción de inocencia, una aplicación indebida del artículo 368 del Código Penal y la desproporción de la pena de prisión impuesta.El recurso fue impugnado por el Ministerio Fiscal y finalmente resuelto por el TSJA, que mantiene la condena . La resolución de apelación acepta íntegramente los hechos probados establecidos por la Audiencia Provincial.El acusado, que en el momento de los hechos residía en Córdoba y que posteriormente aparece vinculado laboralmente a Madrid como taxista, tampoco verá sustituida la pena de prisión por su expulsión del territorio nacional.
Una papelina de cocaína de apenas 0,3 gramos y con un valor estimado de 14 euros en el mercado ilícito ha acabado con una condena de un año, seis meses y un día de prisión para un hombre que fue sorprendido por la Policía … cuando, según considera probado la Justicia, entregaba la droga a cambio de dinero en Córdoba.
La condena, dictada inicialmente por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba, ha sido confirmada en apelación por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), tras desestimar el recurso de apelación presentado por el inculpado.
Los hechos se remontan al 14 de septiembre de 2022. Según los hechos probados de la sentencia, el acusado había quedado con otra persona para hacerle entrega de una papelina de cocaína a cambio de dinero. Sobre las dos de la madrugada, en la avenida Almogávares de Córdoba, se acercó a un vehículo estacionado en cuyo asiento del copiloto se encontraba esta persona y le entregó la papelina. Una patrulla de la Policía de paisano los sorprendió inmediatamente después.
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La droga intervenida tenía un peso neto de 0,3 gramos y una pureza del 34,37%. Su valor aproximado en el mercado ilícito, según el análisis incorporado a la causa, era de 14 euros.
La Audiencia Provincial consideró al acusado autor de un delito contra la salud pública de escasa entidad, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Le impuso un año, seis meses y un día de prisión, y una multa de siete euros, con un día de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.
La defensa recurrió la sentencia y alegó, entre otros motivos, un error en la valoración de la prueba, la vulneración de la presunción de inocencia, una aplicación indebida del artículo 368 del Código Penal y la desproporción de la pena de prisión impuesta.
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El recurso fue impugnado por el Ministerio Fiscal y finalmente resuelto por el TSJA, que mantiene la condena. La resolución de apelación acepta íntegramente los hechos probados establecidos por la Audiencia Provincial.
El acusado, que en el momento de los hechos residía en Córdoba y que posteriormente aparece vinculado laboralmente a Madrid como taxista, tampoco verá sustituida la pena de prisión por su expulsión del territorio nacional.
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