La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dado cinco días a los ministros de Justicia y Exteriores, Félix Bolaños y José Manuel Albares, para que entreguen a la Junta Electoral Central la relación nominal de los 163.000 supuestos beneficiados por la ‘ley de nietos’ cuyo derecho a voto está suspendido.Los magistrados amenazan al Gobierno en caso de imcumplimiento con multas coercitivas o deducción de testimonio por desobediencia, lo que implicaría remitir el asunto a la Sala de lo Penal.Nuestra redacción está trabajando para ampliar la información La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dado cinco días a los ministros de Justicia y Exteriores, Félix Bolaños y José Manuel Albares, para que entreguen a la Junta Electoral Central la relación nominal de los 163.000 supuestos beneficiados por la ‘ley de nietos’ cuyo derecho a voto está suspendido.Los magistrados amenazan al Gobierno en caso de imcumplimiento con multas coercitivas o deducción de testimonio por desobediencia, lo que implicaría remitir el asunto a la Sala de lo Penal.Nuestra redacción está trabajando para ampliar la información
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dado cinco días a los ministros de Justicia y Exteriores, Félix Bolaños y José Manuel Albares, para que entreguen a la Junta Electoral Central la relación nominal de los 163.000 supuestos beneficiados por la ‘ley de nietos’ … cuyo derecho a voto está suspendido.
Los magistrados amenazan al Gobierno en caso de imcumplimiento con la imposición de multas coercitivas o deducción de testimonio por desobediencia, lo que implicaría remitir el asunto a la Sala de lo Penal para su enjuiciamiento.
La Sala toma esta decisión después de la inactividad de Exteriores a raíz del auto del pasado 12 de octubre en el que se instaba a identificar a esas 163.000 personas nacionalizadas tanto bajo el paraguas de la disposición octava de la ley de memoria democrática (conocida como ley de nietos) como aquéllas que lo hicieron con la instrucción de 2022 de Sofía Puente, hermana del ministro de Transportes. El Supremo había ordenado identificar a uno y otro grupo con el objeto de abrir la puerta a que del primer grupo pudieran votar quienes hubieran justificado correctamente el exilio de su ascendiente.
En el auto notificado este viernes, que se dicta tras el plazo de alegaciones que dio a las partes, la Sala se ratifica en que no se opone a que la remisión de la documentación electoral a todas las personas inscritas en el CERA, pero con la advertencia expresa de que quienes hayan adquirido la nacionalidad española bajo los requisitos establecidos en la ley de nietos
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