El magistrado de la Sala Penal del Supremo Pablo Llarena ha dejado sin efecto las órdenes nacionales de busca y captura y detención del expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont y de los exconsellers Antoni Comin y Lluis Puig, también huidos de la Justicia desde octubre de 2017.El juez ha adoptado esta decisión nada más trascender la sentencia del TC que hoy mismo ha estimado el recurso de amparo de la exconsejera de la Generalitat Dolors Bassa frente a la resolución del Supremo que denegó la aplicación de la amnistía al delito de malversación por el que fue condenada.Llarena explica que, aunque todavía no se dispone del texto íntegro de la sentencia referida a Dolors Bassa, cuyo conocimiento será «necesario para determinar su alcance respecto de Puigdemont, Comín y Puig», la coincidencia sustancial de los hechos y de la cuestión jurídica controvertida permite apreciar, sin anticipar una conclusión definitiva, que «el pronunciamiento constitucional puede incidir en el fundamento de las órdenes de detención mantenidas por auto suyo de 1 de julio de 2024». Como informaba ABC este martes, la doctrina de la malversación es para todos los condenados y procesados la misma, y es precisamente esta malversación la que justifica la orden de detención e ingreso en prisión de los prófugos. El magistrado aclara que el levantamiento de la orden de detención responde al ejercicio de la facultad del juez para revisar de oficio medidas personales teniendo en cuenta la nueva situación y el derecho a la libertad reconocido por el artículo 17 de la Constitución. Pese a que el amparo del expresident todavía no se ha abordado en el TC, que ha empezado por los recursos de los condenados por ingresar en el Tribunal antes que los de los huidos, Llarena considera proporcionado dejar provisionalmente sin efecto las órdenes, «sin perjuicio de resolver después lo que resulte jurídicamente oportuno».Todavía no está amnistiado El instructor aclara que al alzamiento de las medidas no implica la aplicación de la amnistía ni extingue la responsabilidad penal ni resuelve las restantes cuestiones pendientes. Una vez conocido el texto íntegro de la sentencia, decidirá sin demora, dice, sobre la confirmación o modificación de la decisión que ahora se adopta, «mediante resolución motivada y con observancia de los trámites legalmente exigibles».El auto acuerda comunicar de manera inmediata el levantamiento de las órdenes a la Policía Nacional, Guardia Civil y Mossos d’Esquadra, y resto de autoridades a las que se hubiesen remitido, disponiendo que se abstengan de ejecutar cualquier privación de libertad fundada en ellas. También señala que una vez que disponga del testimonio íntegro de la sentencia resolverá sobre la continuidad o modificación de lo ahora acordado. El magistrado de la Sala Penal del Supremo Pablo Llarena ha dejado sin efecto las órdenes nacionales de busca y captura y detención del expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont y de los exconsellers Antoni Comin y Lluis Puig, también huidos de la Justicia desde octubre de 2017.El juez ha adoptado esta decisión nada más trascender la sentencia del TC que hoy mismo ha estimado el recurso de amparo de la exconsejera de la Generalitat Dolors Bassa frente a la resolución del Supremo que denegó la aplicación de la amnistía al delito de malversación por el que fue condenada.Llarena explica que, aunque todavía no se dispone del texto íntegro de la sentencia referida a Dolors Bassa, cuyo conocimiento será «necesario para determinar su alcance respecto de Puigdemont, Comín y Puig», la coincidencia sustancial de los hechos y de la cuestión jurídica controvertida permite apreciar, sin anticipar una conclusión definitiva, que «el pronunciamiento constitucional puede incidir en el fundamento de las órdenes de detención mantenidas por auto suyo de 1 de julio de 2024». Como informaba ABC este martes, la doctrina de la malversación es para todos los condenados y procesados la misma, y es precisamente esta malversación la que justifica la orden de detención e ingreso en prisión de los prófugos. El magistrado aclara que el levantamiento de la orden de detención responde al ejercicio de la facultad del juez para revisar de oficio medidas personales teniendo en cuenta la nueva situación y el derecho a la libertad reconocido por el artículo 17 de la Constitución. Pese a que el amparo del expresident todavía no se ha abordado en el TC, que ha empezado por los recursos de los condenados por ingresar en el Tribunal antes que los de los huidos, Llarena considera proporcionado dejar provisionalmente sin efecto las órdenes, «sin perjuicio de resolver después lo que resulte jurídicamente oportuno».Todavía no está amnistiado El instructor aclara que al alzamiento de las medidas no implica la aplicación de la amnistía ni extingue la responsabilidad penal ni resuelve las restantes cuestiones pendientes. Una vez conocido el texto íntegro de la sentencia, decidirá sin demora, dice, sobre la confirmación o modificación de la decisión que ahora se adopta, «mediante resolución motivada y con observancia de los trámites legalmente exigibles».El auto acuerda comunicar de manera inmediata el levantamiento de las órdenes a la Policía Nacional, Guardia Civil y Mossos d’Esquadra, y resto de autoridades a las que se hubiesen remitido, disponiendo que se abstengan de ejecutar cualquier privación de libertad fundada en ellas. También señala que una vez que disponga del testimonio íntegro de la sentencia resolverá sobre la continuidad o modificación de lo ahora acordado.
El magistrado de la Sala Penal del Supremo Pablo Llarena ha dejado sin efecto las órdenes nacionales de busca y captura y detención del expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont y de los exconsellers Antoni Comin y Lluis Puig.
La decisión se ha adoptado … prácticamente nada más trascender la sentencia del TC que hoy mismo ha estimado el amparo de la exconsellera Dolors Bassa frente a la resolución que denegó la aplicación de la amnistía al delito de malversación por el que fue condenada.
Llarena explica que, aunque todavía no se dispone del texto íntegro de la sentencia referida a Dolors Bassa, cuyo conocimiento será «necesario para determinar su alcance respecto de Puigdemont, Comín y Puig», la coincidencia sustancial de los hechos y de la cuestión jurídica controvertida permite apreciar, sin anticipar una conclusión definitiva, que «el pronunciamiento constitucional puede incidir en el fundamento de las órdenes de detención mantenidas por auto suyo de 1 de julio de 2024».
El magistrado aclara que el levantamiento de la orden de detención responde al ejercicio de la facultad del juez para revisar de oficio medidas personales teniendo en cuenta la nueva situación y el derecho a la libertad reconocido por el artículo 17 de la Constitución.
Pese a que el amparo del expresident todavía no se ha abordado en el TC, que ha empezado por los condenados, Llarena considera proporcionado dejar provisionalmente sin efecto las órdenes, sin perjuicio de resolver después lo que resulte jurídicamente oportuno.
El instructor aclara que al alzamiento de las medidas no implica la aplicación de la amnistía ni extingue la responsabilidad penal ni resuelve las restantes cuestiones pendientes. Una vez conocido el texto íntegro de la sentencia, decidirá sin demora sobre la confirmación o modificación de la decisión que ahora se adopta, «mediante resolución motivada y con observancia de los trámites legalmente exigibles».
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El auto acuerda comunicar de manera inmediata el levantamiento de las órdenes a la Policía Nacional, Guardia Civil y Mossos d’Esquadra, y resto de autoridades a las que se hubiesen remitido, disponiendo que se abstengan de ejecutar cualquier privación de libertad fundada en ellas. También señala que una vez que disponga del testimonio íntegro de la sentencia resolverá sobre la continuidad o modificación de lo ahora acordado.
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