La Fiscalía Togada se ha adherido al recurso presentado por el general de división Fernando Mora contra la decisión adoptada en julio por el Juzgado Togado Central Militar del Tribunal Supremo de archivar la denuncia presentada contra el actual Mando de Operaciones de la Guardia Civil (MOPS), el teniente general Luis del Castillo , por tres posibles delitos de «vejaciones, coacciones y abuso de poder».En un escrito presentado el 2 de septiembre, al que ha tenido acceso ABC, el Fiscal Togado José María Sánchez Sánchez solicita por segunda vez una «investigación mínima» que permita «esclarecer los hechos denunciados» porque entiende que la orden trasladada por el número tres de la Benemérita a su subordinado, el entonces general jefe de la zona de Madrid, de no acudir a los actos institucionales del día de la Comunidad de Madrid, el 2 de mayo de 2025, y cómo se le trasladó, en la grabación desvelada en exclusiva por este diario, podrían ser constitutivos de delito.La Sala Quinta del Supremo, competente para juzgar los hechos dado que el general Del Castillo tiene condición de aforado, desoyó el primer informe de la Fiscalía Togada y procedió al archivo al considerar «improcedente» la investigación porque los hechos «no entrañarían la suficiente gravedad», pese a que la prueba aportada por el denunciante recogía expresiones como «atente a las consecuencias», «me vas a comer la polla», «no te meto dos hostias porque no te tengo delante» o «me cago en tu puta madre».El escrito presentado hace diez días va en consonancia con el informe presentado por la misma Fiscalía Togada el pasado 1 de julio, cuando apreció que existía una «entidad suficiente y una relevancia bastante» para justificar la apertura del correspondiente procedimiento penal sobre el actual número dos del DAO, ante «la presentación de las fuentes de prueba»: la grabación telefónica y los mensajes de WhatsApp publicados por este periódico, en los que el número tres del instituto armado le trasladó a su subordinado la orden «del Ministerio del Interior y la directora de la Guardia Civil» Mercedes González de no acudir a los actos organizados por su rival política, Isabel Díaz Ayuso, a lo que éste se negó.Enmienda a la sala militarEn este nuevo pronunciamiento, el ministerio público rebate los argumentos de la Sala Quinta para el archivo y se desmarca de la supuesta «relación de confianza, familiaridad y compañerismo» existente entre el teniente general y su subordinado directo, que justificarían la utilización de «expresiones groseras, chabacanas y soeces» vertidas por el denunciado en un contexto de «familiaridad» entre ambos. «Considera esta Fiscalía Togada -al igual que el recurrente- que no existe en este momento y con los datos reflejados en la denuncia evidencia suficiente de esa relación de confianza», y afirma que de la conversación aportada y «los términos en que se produjo también podría colegirse lo contrario». Por ello, entiende que «hubiera sido deseable una mínima investigación en orden a clarificar tales extremos», ante el riesgo de «desvirtuar la relevancia penal de los hechos denunciados».La segunda enmienda que hace el fiscal a los argumentos empleados es sobre el momento de presentación de la denuncia, un año después de los hechos. «Coincidimos igualmente con el recurrente en que no hay evidencias suficientes para considerar que el transcurso de ese plazo se deba únicamente a la intención del denunciante de utilizar la grabación contra el denunciado en algún momento determinado», ya que «podrían concurrir otras circunstancias como alteración, inquietud o procurar el menor daño al servicio».Los tres magistrados de la Sala -entre los que se encuentra la esposa de Cándido Conde-Pumpido, Clara Martínez de Careaga-, archivaron la denuncia por considerar que no existían suficientes indicios de abuso de poder, trato vejatorio o humillante. En el auto se niega la existencia de una «orden política», aseguran que «no se puede apreciar abuso de autoridad alguno», y rebajan la conducta del número tres de la Guardia Civil a una «reacción airada y desabrida». Por el contrario, se reprocha duramente a su subordinado realizar una grabación «inadecuada, impertinente e irrespetuosa» a través de su teléfono móvil, que debió «dar por terminada y no grabarla sin conocimiento del denunciado».Escucha íntegra la conversación entre los dos mandos de la Guardia Civill. ABC SiLa «indefensión» del general MoraEn la presentación de su recurso, el general Mora alegó «palmaria indefensión» por dar carpetazo a la denuncia sin realizar «una investigación mínima», tomando declaración a las partes. Y denunció que los argumentos empleados por la sala, cuestionando el momento de presentación de la denuncia, sólo persiguen «cuestionar algo tan importante como es la credibilidad y afectación del denunciante».MÁS INFORMACIÓN noticia Si Un general denuncia a la cúpula de la Guardia Civil por coaccionarle para boicotear a Ayuso noticia Si «El audio revela la operación de Sánchez para controlar a la Benemérita y conquistar Madrid» noticia Si La Sala de lo Militar desoye al fiscal y archiva la denuncia del general Mora noticia Si Mandos de la Guardia Civil denuncian «alteración» en los ascensos para sancionar a generales y coroneles díscolos noticia Si La Fiscalía del Supremo avala investigar las «coacciones» del dos del DAO al general que se negó a boicotear a Ayuso noticia Si «¡No me toques los cojones!»: el ‘dos’ del DAO amenazó con cesar al general que se negó al boicotEl general de división Fernando Mora considera que la sala incurre en «valoraciones subjetivas» al hablar de una supuesta «familiaridad» entre ambos «sin aportar prueba alguna que lo acredite» y con la intención de «diluir la relación jerárquica». El denunciante, en situación de reserva desde marzo de 2026, decidió emprender acciones legales tras conocerse que el director adjunto operativo (DAO), Manuel Llamas, había trasladado la orden a los mandos de la Unidad Central Operativa (UCO) que no fueran «proactivos» y se pusieran «de perfil» ante las investigaciones sobre el hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, así como los expedientes abiertos a los agentes de la policía judicial que participaban en la investigación. Ahora es la Sala Quinta del Supremo quien debe pronunciarse, aceptar la apertura de diligencias o desoír por segunda vez al representante del ministerio público. La Fiscalía Togada se ha adherido al recurso presentado por el general de división Fernando Mora contra la decisión adoptada en julio por el Juzgado Togado Central Militar del Tribunal Supremo de archivar la denuncia presentada contra el actual Mando de Operaciones de la Guardia Civil (MOPS), el teniente general Luis del Castillo , por tres posibles delitos de «vejaciones, coacciones y abuso de poder».En un escrito presentado el 2 de septiembre, al que ha tenido acceso ABC, el Fiscal Togado José María Sánchez Sánchez solicita por segunda vez una «investigación mínima» que permita «esclarecer los hechos denunciados» porque entiende que la orden trasladada por el número tres de la Benemérita a su subordinado, el entonces general jefe de la zona de Madrid, de no acudir a los actos institucionales del día de la Comunidad de Madrid, el 2 de mayo de 2025, y cómo se le trasladó, en la grabación desvelada en exclusiva por este diario, podrían ser constitutivos de delito.La Sala Quinta del Supremo, competente para juzgar los hechos dado que el general Del Castillo tiene condición de aforado, desoyó el primer informe de la Fiscalía Togada y procedió al archivo al considerar «improcedente» la investigación porque los hechos «no entrañarían la suficiente gravedad», pese a que la prueba aportada por el denunciante recogía expresiones como «atente a las consecuencias», «me vas a comer la polla», «no te meto dos hostias porque no te tengo delante» o «me cago en tu puta madre».El escrito presentado hace diez días va en consonancia con el informe presentado por la misma Fiscalía Togada el pasado 1 de julio, cuando apreció que existía una «entidad suficiente y una relevancia bastante» para justificar la apertura del correspondiente procedimiento penal sobre el actual número dos del DAO, ante «la presentación de las fuentes de prueba»: la grabación telefónica y los mensajes de WhatsApp publicados por este periódico, en los que el número tres del instituto armado le trasladó a su subordinado la orden «del Ministerio del Interior y la directora de la Guardia Civil» Mercedes González de no acudir a los actos organizados por su rival política, Isabel Díaz Ayuso, a lo que éste se negó.Enmienda a la sala militarEn este nuevo pronunciamiento, el ministerio público rebate los argumentos de la Sala Quinta para el archivo y se desmarca de la supuesta «relación de confianza, familiaridad y compañerismo» existente entre el teniente general y su subordinado directo, que justificarían la utilización de «expresiones groseras, chabacanas y soeces» vertidas por el denunciado en un contexto de «familiaridad» entre ambos. «Considera esta Fiscalía Togada -al igual que el recurrente- que no existe en este momento y con los datos reflejados en la denuncia evidencia suficiente de esa relación de confianza», y afirma que de la conversación aportada y «los términos en que se produjo también podría colegirse lo contrario». Por ello, entiende que «hubiera sido deseable una mínima investigación en orden a clarificar tales extremos», ante el riesgo de «desvirtuar la relevancia penal de los hechos denunciados».La segunda enmienda que hace el fiscal a los argumentos empleados es sobre el momento de presentación de la denuncia, un año después de los hechos. «Coincidimos igualmente con el recurrente en que no hay evidencias suficientes para considerar que el transcurso de ese plazo se deba únicamente a la intención del denunciante de utilizar la grabación contra el denunciado en algún momento determinado», ya que «podrían concurrir otras circunstancias como alteración, inquietud o procurar el menor daño al servicio».Los tres magistrados de la Sala -entre los que se encuentra la esposa de Cándido Conde-Pumpido, Clara Martínez de Careaga-, archivaron la denuncia por considerar que no existían suficientes indicios de abuso de poder, trato vejatorio o humillante. En el auto se niega la existencia de una «orden política», aseguran que «no se puede apreciar abuso de autoridad alguno», y rebajan la conducta del número tres de la Guardia Civil a una «reacción airada y desabrida». Por el contrario, se reprocha duramente a su subordinado realizar una grabación «inadecuada, impertinente e irrespetuosa» a través de su teléfono móvil, que debió «dar por terminada y no grabarla sin conocimiento del denunciado».Escucha íntegra la conversación entre los dos mandos de la Guardia Civill. ABC SiLa «indefensión» del general MoraEn la presentación de su recurso, el general Mora alegó «palmaria indefensión» por dar carpetazo a la denuncia sin realizar «una investigación mínima», tomando declaración a las partes. Y denunció que los argumentos empleados por la sala, cuestionando el momento de presentación de la denuncia, sólo persiguen «cuestionar algo tan importante como es la credibilidad y afectación del denunciante».MÁS INFORMACIÓN noticia Si Un general denuncia a la cúpula de la Guardia Civil por coaccionarle para boicotear a Ayuso noticia Si «El audio revela la operación de Sánchez para controlar a la Benemérita y conquistar Madrid» noticia Si La Sala de lo Militar desoye al fiscal y archiva la denuncia del general Mora noticia Si Mandos de la Guardia Civil denuncian «alteración» en los ascensos para sancionar a generales y coroneles díscolos noticia Si La Fiscalía del Supremo avala investigar las «coacciones» del dos del DAO al general que se negó a boicotear a Ayuso noticia Si «¡No me toques los cojones!»: el ‘dos’ del DAO amenazó con cesar al general que se negó al boicotEl general de división Fernando Mora considera que la sala incurre en «valoraciones subjetivas» al hablar de una supuesta «familiaridad» entre ambos «sin aportar prueba alguna que lo acredite» y con la intención de «diluir la relación jerárquica». El denunciante, en situación de reserva desde marzo de 2026, decidió emprender acciones legales tras conocerse que el director adjunto operativo (DAO), Manuel Llamas, había trasladado la orden a los mandos de la Unidad Central Operativa (UCO) que no fueran «proactivos» y se pusieran «de perfil» ante las investigaciones sobre el hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, así como los expedientes abiertos a los agentes de la policía judicial que participaban en la investigación. Ahora es la Sala Quinta del Supremo quien debe pronunciarse, aceptar la apertura de diligencias o desoír por segunda vez al representante del ministerio público.
La Fiscalía Togada se ha adherido al recurso presentado por el general de división Fernando Mora contra la decisión adoptada en julio por el Juzgado Togado Central Militar del Tribunal Supremo de archivar la denuncia presentada contra el actual Mando de Operaciones de la Guardia … Civil (MOPS), el teniente general Luis del Castillo, por tres posibles delitos de «vejaciones, coacciones y abuso de poder».
En un escrito presentado el 2 de septiembre, al que ha tenido acceso ABC, el Fiscal Togado José María Sánchez Sánchez solicita por segunda vez una «investigación mínima» que permita «esclarecer los hechos denunciados» porque entiende que la orden trasladada por el número tres de la Benemérita a su subordinado, el entonces general jefe de la zona de Madrid, de no acudir a los actos institucionales del día de la Comunidad de Madrid, el 2 de mayo de 2025, y cómo se le trasladó, en la grabación desvelada en exclusiva por este diario, podrían ser constitutivos de delito.
Noticia relacionada
-
Archivada la denuncia de Fernando Mora
Ketty Garat
La Sala Quinta del Supremo, competente para juzgar los hechos dado que el general Del Castillo tiene condición de aforado, desoyó el primer informe de la Fiscalía Togada y procedió al archivo al considerar «improcedente» la investigación porque los hechos «no entrañarían la suficiente gravedad», pese a que la prueba aportada por el denunciante recogía expresiones como «atente a las consecuencias», «me vas a comer la polla», «no te meto dos hostias porque no te tengo delante» o «me cago en tu puta madre».
El escrito presentado hace diez días va en consonancia con el informe presentado por la misma Fiscalía Togada el pasado 1 de julio, cuando apreció que existía una «entidad suficiente y una relevancia bastante» para justificar la apertura del correspondiente procedimiento penal sobre el actual número dos del DAO, ante «la presentación de las fuentes de prueba»: la grabación telefónica y los mensajes de WhatsApp publicados por este periódico, en los que el número tres del instituto armado le trasladó a su subordinado la orden «del Ministerio del Interior y la directora de la Guardia Civil» Mercedes González de no acudir a los actos organizados por su rival política, Isabel Díaz Ayuso, a lo que éste se negó.
Enmienda a la sala militar
En este nuevo pronunciamiento, el ministerio público rebate los argumentos de la Sala Quinta para el archivo y se desmarca de la supuesta «relación de confianza, familiaridad y compañerismo» existente entre el teniente general y su subordinado directo, que justificarían la utilización de «expresiones groseras, chabacanas y soeces» vertidas por el denunciado en un contexto de «familiaridad» entre ambos. «Considera esta Fiscalía Togada -al igual que el recurrente- que no existe en este momento y con los datos reflejados en la denuncia evidencia suficiente de esa relación de confianza», y afirma que de la conversación aportada y «los términos en que se produjo también podría colegirse lo contrario». Por ello, entiende que «hubiera sido deseable una mínima investigación en orden a clarificar tales extremos», ante el riesgo de «desvirtuar la relevancia penal de los hechos denunciados».


La segunda enmienda que hace el fiscal a los argumentos empleados es sobre el momento de presentación de la denuncia, un año después de los hechos. «Coincidimos igualmente con el recurrente en que no hay evidencias suficientes para considerar que el transcurso de ese plazo se deba únicamente a la intención del denunciante de utilizar la grabación contra el denunciado en algún momento determinado», ya que «podrían concurrir otras circunstancias como alteración, inquietud o procurar el menor daño al servicio».
Newsletter
Los tres magistrados de la Sala -entre los que se encuentra la esposa de Cándido Conde-Pumpido, Clara Martínez de Careaga-, archivaron la denuncia por considerar que no existían suficientes indicios de abuso de poder, trato vejatorio o humillante. En el auto se niega la existencia de una «orden política», aseguran que «no se puede apreciar abuso de autoridad alguno», y rebajan la conducta del número tres de la Guardia Civil a una «reacción airada y desabrida». Por el contrario, se reprocha duramente a su subordinado realizar una grabación «inadecuada, impertinente e irrespetuosa» a través de su teléfono móvil, que debió «dar por terminada y no grabarla sin conocimiento del denunciado».
(ABC)
La «indefensión» del general Mora
En la presentación de su recurso, el general Mora alegó «palmaria indefensión» por dar carpetazo a la denuncia sin realizar «una investigación mínima», tomando declaración a las partes. Y denunció que los argumentos empleados por la sala, cuestionando el momento de presentación de la denuncia, sólo persiguen «cuestionar algo tan importante como es la credibilidad y afectación del denunciante».
El general de división Fernando Mora considera que la sala incurre en «valoraciones subjetivas» al hablar de una supuesta «familiaridad» entre ambos «sin aportar prueba alguna que lo acredite» y con la intención de «diluir la relación jerárquica». El denunciante, en situación de reserva desde marzo de 2026, decidió emprender acciones legales tras conocerse que el director adjunto operativo (DAO), Manuel Llamas, había trasladado la orden a los mandos de la Unidad Central Operativa (UCO) que no fueran «proactivos» y se pusieran «de perfil» ante las investigaciones sobre el hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, así como los expedientes abiertos a los agentes de la policía judicial que participaban en la investigación. Ahora es la Sala Quinta del Supremo quien debe pronunciarse, aceptar la apertura de diligencias o desoír por segunda vez al representante del ministerio público.
RSS de noticias de espana
