Carpetazo judicial definitivo al procedimiento judicial contra el Toro de Jubilo abierto por Pacma, en este caso por el festejo de 2023. Así lo ha acordado el Tribunal Supremo, que en una providencia de 20 de julio, firme y contra la que no cabe posibilidad de nuevos movimiento, fija la «inadmisión» del recurso interpuesto por el Partido Animalista contra la sentencia de enero de 2025 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) en la que ya se estimaron los argumentos defenidos por los Servicios Jurídicos de la Comunidad en la que ya se declaró la inadmisibilidad de la impugnación formulada por Pacma contra la solicitud de autorización administrativa del festejo taurino que se repite el sábado más próximo al 13 de noviembre en Medinaceli (Soria), enmarcado en las celebraciones de los Cuerpos Santos.Celebración contra la que se ha manifestado en numerosas ocasiones Pacma, llevando también a los tribunales la reciente declaración como Bien de Interés Cultural Inmaterial aprobada por la Junta. En este caso, el procedimiento al que la Justicia da por «definitivamente concluido» se refiere al acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Medinaceli solicitando la autorización de la celebración.El consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, ha destacado que este pronunciamiento del Alto Tribunal demuestra «el rigor y la solvencia técnica del trabajo desarrollado por los Servicios Jurídicos de la Comunidad en la defensa de la actuación de la Administración autonómica, cuya argumentación ha resultado plenamente respaldada en las distintas instancias judiciales hasta la firmeza alcanzada con la resolución del Tribunal Supremo».El fallo, que impone a Pacma el abono de 2.000 euros en costas procesales, «supone la confirmación definitiva» de la posición procesal sostenida por la Junta, resaltaban desde el Ejecutivo autonómico en una nota de prensa en la que daban a conocer el pronunciamiento. Se pone así «fin a la vía judicial» abierta por el Partido Animalista contra esta autorización, aunque no es el único que mantiene abierto contra un festejo taurino cuyo objetivo es la «abolición», según han declarado en numerosas ocasiones.«Ahora, el Tribunal Supremo considera que el recurso de casación no cumple los requisitos legalmente exigidos para ser admitido, al no justificar la existencia de un interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia», resaltaban desde la Consejería de la Presidencia al respecto. Carpetazo judicial definitivo al procedimiento judicial contra el Toro de Jubilo abierto por Pacma, en este caso por el festejo de 2023. Así lo ha acordado el Tribunal Supremo, que en una providencia de 20 de julio, firme y contra la que no cabe posibilidad de nuevos movimiento, fija la «inadmisión» del recurso interpuesto por el Partido Animalista contra la sentencia de enero de 2025 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) en la que ya se estimaron los argumentos defenidos por los Servicios Jurídicos de la Comunidad en la que ya se declaró la inadmisibilidad de la impugnación formulada por Pacma contra la solicitud de autorización administrativa del festejo taurino que se repite el sábado más próximo al 13 de noviembre en Medinaceli (Soria), enmarcado en las celebraciones de los Cuerpos Santos.Celebración contra la que se ha manifestado en numerosas ocasiones Pacma, llevando también a los tribunales la reciente declaración como Bien de Interés Cultural Inmaterial aprobada por la Junta. En este caso, el procedimiento al que la Justicia da por «definitivamente concluido» se refiere al acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Medinaceli solicitando la autorización de la celebración.El consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, ha destacado que este pronunciamiento del Alto Tribunal demuestra «el rigor y la solvencia técnica del trabajo desarrollado por los Servicios Jurídicos de la Comunidad en la defensa de la actuación de la Administración autonómica, cuya argumentación ha resultado plenamente respaldada en las distintas instancias judiciales hasta la firmeza alcanzada con la resolución del Tribunal Supremo».El fallo, que impone a Pacma el abono de 2.000 euros en costas procesales, «supone la confirmación definitiva» de la posición procesal sostenida por la Junta, resaltaban desde el Ejecutivo autonómico en una nota de prensa en la que daban a conocer el pronunciamiento. Se pone así «fin a la vía judicial» abierta por el Partido Animalista contra esta autorización, aunque no es el único que mantiene abierto contra un festejo taurino cuyo objetivo es la «abolición», según han declarado en numerosas ocasiones.«Ahora, el Tribunal Supremo considera que el recurso de casación no cumple los requisitos legalmente exigidos para ser admitido, al no justificar la existencia de un interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia», resaltaban desde la Consejería de la Presidencia al respecto.
Carpetazo judicial definitivo al procedimiento judicial contra el Toro de Jubilo abierto por Pacma, en este caso por el festejo de 2023. Así lo ha acordado el Tribunal Supremo, que en una providencia de 20 de julio, firme y contra la que no cabe posibilidad … de nuevos movimiento, fija la «inadmisión» del recurso interpuesto por el Partido Animalista contra la sentencia de enero de 2025 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) en la que ya se estimaron los argumentos defenidos por los Servicios Jurídicos de la Comunidad en la que ya se declaró la inadmisibilidad de la impugnación formulada por Pacma contra la solicitud de autorización administrativa del festejo taurino que se repite el sábado más próximo al 13 de noviembre en Medinaceli (Soria), enmarcado en las celebraciones de los Cuerpos Santos.
Celebración contra la que se ha manifestado en numerosas ocasiones Pacma, llevando también a los tribunales la reciente declaración como Bien de Interés Cultural Inmaterial aprobada por la Junta. En este caso, el procedimiento al que la Justicia da por «definitivamente concluido» se refiere al acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Medinaceli solicitando la autorización de la celebración.
El consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, ha destacado que este pronunciamiento del Alto Tribunal demuestra «el rigor y la solvencia técnica del trabajo desarrollado por los Servicios Jurídicos de la Comunidad en la defensa de la actuación de la Administración autonómica, cuya argumentación ha resultado plenamente respaldada en las distintas instancias judiciales hasta la firmeza alcanzada con la resolución del Tribunal Supremo».
El fallo, que impone a Pacma el abono de 2.000 euros en costas procesales, «supone la confirmación definitiva» de la posición procesal sostenida por la Junta, resaltaban desde el Ejecutivo autonómico en una nota de prensa en la que daban a conocer el pronunciamiento. Se pone así «fin a la vía judicial» abierta por el Partido Animalista contra esta autorización, aunque no es el único que mantiene abierto contra un festejo taurino cuyo objetivo es la «abolición», según han declarado en numerosas ocasiones.
«Ahora, el Tribunal Supremo considera que el recurso de casación no cumple los requisitos legalmente exigidos para ser admitido, al no justificar la existencia de un interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia», resaltaban desde la Consejería de la Presidencia al respecto.
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